RESOLUCIÓN 5520 DE 2010
(diciembre 3)
Diario Oficial No. 47.919 de 10 de diciembre de 2010
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
Por la cual se adicionan unos inmuebles al Plan de Enajenación Onerosa del ICBF.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,
En uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las conferidas por los artículos 62 y 66 de la Ley 75 de 1968, 39 de la Ley 7ª de 1979, y 8o de la Ley 708 de 2001, y los Decretos 4637 de 2008 y 3297 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 62 y 66 de la Ley 75 de 1968 y 39 de la Ley 7ª de 1979, determinan que el ICBF es el heredero del quinto orden sucesoral y destinatario, con las excepciones de ley, de los bienes que se declaren como vacantes o mostrencos. Los bienes inmuebles de propiedad del ICBF recibidos en desarrollo de estas normas, por no estar sometidos a la obligación de oferta de donación a favor de otras entidades públicas, deben enajenarse para ingresar a sus rentas el producido de sus ventas.
Que el artículo 2o del Decreto 4637 de 2008 definió los Planes de Enajenación Onerosa como “(...) aquellos actos a través de los cuales las entidades públicas realizan una identificación de sus bienes inmuebles fiscales que no tienen vocación para la construcción de vivienda de interés social, que no los requiere la entidad para el desarrollo de sus funciones, así como aquellos que no han sido solicitados por otras entidades para el desarrollo de programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo, y los que se encuentran incluidos en el artículo 3o del presente decreto (...).
Que el ICBF debe promover la venta de los inmuebles que no necesita para su uso, cualquiera que haya sido el título o modo de adquisición, por lo que adoptó su Plan de Enajenación Onerosa mediante la Resolución número 783 del 20 de abril de 2007, el cual fue actualizado con la Resolución número 4146 del 21 de septiembre de 2010.
Que los bienes que hacen parte del Plan de Enajenación Onerosa en el ICBF (i) no tienen vocación para la construcción de vivienda de interés social, (ii) no los requiere la Entidad para el desarrollo de sus funciones, (iii) no han sido solicitados por otras Entidades para el desarrollo de programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo, y (iv) no se encuentran dentro de los taxativamente excluidos por el artículo 3o del Decreto 4637 de 2008.
Que los inmuebles saneados que se adicionan al Plan de Enajenación Onerosa son:
| No | Regional | Municipio | Dirección | Tipo de Inmueble | No Matrícula Inmobiliaria | % de Propiedad | Avalúo comercial | Fecha Avalúo |
| 1 | Antioquia | Girardota | Carrera 13 No 4-96 | Casa | 012-73076 012-9003 | 100 | $35.235.581 | 30/08/2010 |
| 2 | Antioquia | Medellín | Calle 64 No 41-23 | Apartamento | 01N-5262166 | 100 | $41.231.567 | 26/07/2010 |
| No | Regional | Municipio | Dirección | Tipo de Inmueble | No Matrícula Inmobiliaria | % de Propiedad | Avalúo comercial | Fecha Avalúo |
| 3 | Antioquia | Santo Domingo | Carrera 10 No 09-25 | Casa | 026-001753 | 100 | $16.657.900 | 20/08/2010 |
| 4 | Antioquia | Medellín | Cl. 51 No 34-23 | Casa | 01N-178826 | 100 | $34.663.078 | 27/08/2010 |
| 5 | Antioquia | Bello | Cl. 54 No 53-11 | Local | 01N-5030578 | 100 | $42.108.699 | 07/06/2010 |
| 6 | Antioquia | Medellín | Cl. 54 No 53-13 | Apartamento | 01N-5030580 | 100 | $87.977.994 | 07/07/2010 |
| 7 | Antioquia | Medellín | Calle 64 No 41-29 | Casa | 01N-196222 | 100 | $52.768.924 | 26/07/2010 |
Que el Plan de Enajenación Onerosa del ICBF actualizado con estos inmuebles será publicado en la página web: www.icbf.gov.co y en el Diario Oficial.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar los siguientes inmuebles al Plan de Enajenación Onerosa del ICBF actualizado con la Resolución número 4146 de 21 de septiembre de 2010:
| No | Regional | Municipio | Dirección | Tipo de Inmueble | No Matrícula Inmobiliaria | % de Propiedad | Avalúo comercial | Fecha Avalúo |
| 1 | Antioquia | Girardota | Carrera 13 No 4-96 | Casa | 012-73076 012-9003 | 100 | $35.235.581 | 30/08/2010 |
| 2 | Antioquia | Medellín | Calle 64 No 41-23 | Apartamento | 01N-5262166 | 100 | $41.231.567 | 26/07/2010 |
| 3 | Antioquia | Santo Domingo | Carrera 10 No 09-25 | Casa | 026-001753 | 100 | $16.657.900 | 20/08/2010 |
| 4 | Antioquia | Medellín | Cl. 51 No 34-23 | Casa | 01N-178826 | 100 | $34.663.078 | 27/08/2010 |
| 5 | Antioquia | Bello | Cl. 54 No 53-11 | Local | 01N-5030578 | 100 | $42.108.699 | 07/06/2010 |
| 6 | Antioquia | Medellín | Cl. 54 No 53-13 | Apartamento | 01N-5030580 | 100 | $87.977.994 | 07/07/2010 |
| 7 | Antioquia | Medellín | Calle 64 No 41-29 | Casa | 01N-196222 | 100 | $52.768.924 | 26/07/2010 |
ARTÍCULO 2o. Remitir copia de este acto administrativo a Central de Inversiones S.A., dentro de los 10 días siguientes a su publicación.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de diciembre de 2010.
La Directora General,
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
