RESOLUCIÓN 2021910010015572-6 DE 2021
(noviembre 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Por la cual se crea el Grupo de Secretaría de Investigaciones Administrativas y Archivo de Gestión
LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 33, 34 y 38 del artículo 7o del Decreto 1080 de 2021 y conforme la delegación contenida en el numeral 12 del artículo 2 de la Resolución 20218000013040-6 de 2021 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 dispuso que los representantes legales de la Entidad podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.
Que, para la creación y organización de grupos internos de trabajo se debe fijar en el acto administrativo correspondiente las tareas, responsabilidades y funciones necesarias para su funcionamiento.
Que el artículo 8o del Decreto 2489 de 2006,[1] dispone que la integración de los grupos de trabajo no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente.
Que el Decreto 1080 del 10 de septiembre de 2021, publicado en el Diario Oficial 51.793 de la misma fecha, modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud y determinó las funciones que ejercerán sus dependencias
Que, en atención a los planes y programas a cargo del Despacho del Superintendente Delegado de Investigaciones Administrativas, así como por el volumen de actividades de responsabilidad de esta Dependencia, se requiere la creación del siguiente Grupo Interno de Trabajo:
| 1 | Despacho del Superintendente Delegado de Investigaciones Administrativas |
| 1.1 | Grupo de Secretaría de Investigaciones Administrativas y Archivo de Gestión |
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTICULO 1. Crear, organizar, conformar y asignar funciones al siguiente Grupo Interno de Trabajo en el Despacho del Superintendente Delegado de Investigaciones Administrativas:
| 1 | Despacho del Superintendente Delegado de Investigaciones Administrativas |
| 1.1 | Grupo de Secretaría de Investigaciones Administrativas y Archivo de Gestión |
PARÁGRAFO - El Grupo Interno de Trabajo señalado, tendrá un coordinador, quien será el responsable de dirigir, proponer, gestionar, controlar, organizar, ejecutar, supervisar, avalar y efectuar el seguimiento de las funciones asignadas al grupo que coordina de conformidad con el acto administrativo que reglamente la materia.
ARTICULO 2. FUNCIONES TRANSVERSALES AL GRUPO CREADO POR LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
1. Coordinar la actualización de la documentación del sistema integrado de gestión y sus componentes, así como de los planes, programas, políticas, sistemas y subsistemas a que haya lugar en lo de su competencia, conforme a las normas legales vigentes, las necesidades de la institución y la estructuración de indicadores de gestión, que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia del grupo.
2. Ejercer la supervisión de los contratos y convenios, cuando haya sido designado de conformidad con la Ley, y el manual de contratación y supervisión de la Entidad.
3. Responder por la correcta organización y archivo de los documentos soporte derivados de la operación del grupo interno de trabajo.
4. Tramitar de manera oportuna los documentos asignados y generados a través del SGDEA.
5. Presentar los informes propios de su gestión internos y externos, así como los que le sean solicitados.
6. Responder por la confiabilidad, análisis, estudio y objetividad de la información, soportes, actos administrativos como demás documentos elaborados y/o proyectados por el Grupo.
7. Identificar, medir y controlar los riesgos operativos de gestión y corrupción relacionados con los procesos que se desarrollan en el Grupo.
8. Atender la realización de los ejercicios de auditoría interna y externa de todo tipo sobre la gestión del área.
ARTÍCULO 3. GRUPO DE SECRETARÍA DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS Y ARCHIVO DE GESTIÓN. El Grupo de Secretaría de Investigaciones Administrativas y Archivo de Gestión, adscrito al Despacho del Superintendente Delegado de Investigaciones Administrativas, desarrollará las funciones que se relacionan a continuación:
1. Gestionar el flujo de gestión de los expedientes administrativos y los proyectos de actos administrativos relacionados con las investigaciones que se adelanten en la Delegada y sus Direcciones, incluyendo el reparto de estos a la Dirección de Investigaciones competente, así como aquellos expedientes que sean remitidos para la firma del Superintendente Delegado o del Superintendente Nacional de Salud, cuando aplique.
2. Realizar el reparto y asignación de la correspondencia que llegue de manera interna o externa a la Delegatura para Investigaciones Administrativas y sus Direcciones, para su oportuno trámite.
3. Remitir mediante el sistema de gestión documental los actos administrativos firmados electrónicamente por el Superintendente Delegado para Investigaciones Administrativas y los Directores, para los efectos de realizar la correcta y oportuna notificación o comunicación de los mismos según corresponda.
4. Remitir de manera oportuna en el marco de los acuerdos de nivel de servicios suscritos, los recursos de apelación al Despacho del señor Superintendente Nacional de Salud.
5. Remitir de manera oportuna en el marco de los acuerdos de nivel de servicios suscritos, las sanciones debidamente ejecutoriadas al Grupo de Cobro Coactivo o el que haga sus veces en la Superintendencia Nacional de Salud
6. Realizar el seguimiento a los procesos de notificación de los actos administrativos expedidos por la Delegatura para Investigaciones Administrativas y sus Direcciones, respecto de los riesgos asociados a los términos de notificación y caducidad.
7. Solicitar a la Dirección Administrativa la expedición de la constancia de ejecutoria de los actos administrativos de materias de competencia de la Delegatura y sus Direcciones, en condiciones de oportunidad, calidad y dentro de los términos dispuestos por la normativa y los procedimientos de la Entidad.
8. Llevar el registro mensual de los actos administrativos expedidos por la Delegatura para Investigaciones Administrativas y sus Direcciones.
9. Atender los derechos de petición de personas naturales y jurídicas, así como las solicitudes de información y/o documentos que eleven otras Dependencias, Entidades y Entes de Control, en relación con los asuntos de competencia de la Delegada y sus Direcciones.
10. Desempeñar las demás funciones y asuntos que le sean asignados por la autoridad competente o la normatividad vigente, de acuerdo con la necesidad del servicio para la operación de la dependencia y de la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTICULO 4. COMUNICACIÓN. Comunicar la presente resolución a los siguientes:
| Dependencia | Correo electrónico |
| DESPACHO SUPERINTENDENTE DELEGADO DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS | andres.mora@supersalud.gov.co |
| DIRCCION DE INVESTIGACIONES PARA OPERADORES LOGÍSTICOS, GESTORES FARMACEUTICOS, ENTES TERRITORIALES, GENERADORES, RECAUDADORES Y ADMINISTRADORES DE RECURSOS DEL SGSSS | juan.trujillo@supersalud.gov.co |
| ADMINISTRADOR SUPERARGO | requerimientossuperargo@supersalud.gov.co |
| RFSOLUCIONES | rfsoluciones@supersalud.gov.co |
| SOPORTE OTI | soporte.oti@supersalud.gov.co |
| DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO | talentohumano@supersalud.gov.co |
ARTÍCULO 6. PUBLICACIÓN. La presente resolución se publicará en la página web y la intranet de la Entidad.
ARTÍCULO 7. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 12 días del mes de 11 de 2021.
Ginna Fernanda Rojas Puertas
Secretaria General
1. Decreto 2489 de 2009 “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del Orden Nacional y se dictan otras disposiciones”.