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CIRCULAR 76 DE 2009

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

PARA: PROVEEDORES DE REDES Y SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y SOLICITANTES DE TRÁMITES DE HOMOLOGACIÓN DE TERMINALES
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
REFERENCIA: Precisión respecto del trámite de homologación de teléfonos celulares -TMC y de Servicios de Comunicación Personal -PCS. Circulares 60 de 2007 y 67 de 2008.

Con relación al trámite de homologación de de terminales móviles (TMC y PCS), la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC- informa que el pago de sumas por concepto de la homologación de terminales móviles (TMC y PCS)(1), debe realizarse en la cuenta designada por el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones(2) para tal fin, la cual corresponde actualmente al Banco BANCAFE Cuenta de Ahorros No. 01850000-3-3.

Considerando que el número de cuenta y la entidad bancaria a las que se hace referencia en la presente circular, pueden verse modificadas por decisión del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el solicitante necesariamente deberá validar dicha información con ese Despacho con ocasión del trámite correspondiente.

En los demás asuntos, el trámite de homologación en cuestión se continuará desarrollando de acuerdo con lo establecido en la Circular 60 de 2007, modificada por la circular 67 de 2008.

La presente circular fue estudiada y aprobada por el Comité de Expertos Comisionados de la CRC, según consta en acta número 684 del 23 de octubre de 2009.

Con un cordial saludo,

CRISTHIAN LIZCANO ORTIZ

Director Ejecutivo

NOTA FINAL

(1) Circular 60 de 2007, modificada por la Circular 67 de 2008. Punto 1 literal A.

(2) Para efectos del trámite de homologación, debe recordarse que el NIT del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es 800.131.648-6.

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