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CIRCULAR 138 DE 2022

(Febrero 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

DE:Sesión de Comisión de contenidos audiovisuales CRC
PARA:Operadores del servicio de televisión abierta regional
REFERENCIA:Disposiciones adoptadas por el Consejo Nacional Electoral
mediante Resolución 1096 de 2 de febrero 2022

La Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en ejercicio de las funciones y facultades establecidas en la Ley 1341 de 2009(1), modificada por la Ley 1978 de 2019, se permite informar a los operadores del servicio de televisión abierta regional, las disposiciones que ha adoptado el Consejo Nacional Electoral (CNE) en materia de publicidad política mediante la Resolución CNE 1096 de 2 de febrero 2022 “Por lo cual se asigna el número y duración de los espacios para propaganda electoral gratuita a las organizaciones de víctimas, organizaciones campesinas u organizaciones sociales, incluyendo las de las mujeres, y grupos significativos de ciudadanos, así como los consejos comunitarios, los resguardos y las autoridades indígenas y las Kumpañy, que cuenten con candidatos en las elecciones para las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz de la Cámara de Representantes, para el periodo constitucional 2022 - 2026, en el servicio de televisión del Estado, para el periodo comprendido entre el 4 de febrero de 2022 y el 10 de marzo de 2022, se ordena sortear su emisión y se reglamenta su utilización.”

De conformidad con lo anterior, la CRC señala que ha publicado en la página web de la Entidad www.crcom.gov.co el texto de la citada resolución para conocimiento de todos los operadores del servicio público de televisión.

La presente Circular fue aprobada por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales según consta en Acta No. 28 del 9 de febrero de 2022.

Cordial saludo,

ERNESTO PAUL OROZCO OROZCO

Comisionado Contenidos Audiovisuales

FERNANDO PARADA RODRÍGUEZ

Comisionado Contenido

<NOTAS DE PÍE DE PAGÍNA

1. Específicamente de aquellas establecidas en los numerales 25 y 28 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009. >

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