CIRCULAR 150 DE 2023
(julio 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
De: | Sesión de comisión de contenidos audiovisuales - CRC |
Para: | Operadores del servicio de televisión abierta |
Referencia: | Disposiciones adoptadas por el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución 0332 del 12 de enero de 2023 |
La Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), en ejercicio de las funciones y facultades establecidas en la Ley 1341 de 2009[1], modificada por la Ley 1978 de 2019, se permite informar a los operadores del servicio de televisión abierta, las disposiciones que ha adoptado el Consejo Nacional Electoral (CNE) mediante la Resolución CNE 0332 del 12 de enero de 2023 “Por la cual se señala el número máximo de cuñas en televisión de que pueden hacer uso las campañas electorales en las elecciones para Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Juntas Administradoras Locales, que se lleven a cabo en el año 2023.”
De conformidad con lo anterior, la CRC señala que ha publicado en la página web de la Entidad www.crcom.gov.co el texto de la citada resolución para conocimiento de los operadores del servicio de televisión abierta.
La presente Circular fue aprobada por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la CRC según consta en Acta No. 65 del 4 de julio de 2023.
Cordial saludo,
LUIS CLEMENTE MARTÍN CASTRO
Comisionado Contenidos Audiovisuales
ERNESTO PAUL OROZCO OROZCO
Comisionado Contenidos Audiovisuales
SERGIO URQUIJO MORALES
Comisionado (E) Contenidos Audiovisuales
1. Específicamente de aquellas establecidas en los numerales 25 y 28 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009.