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CONCEPTO 508802 DE 2019

(abril 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

XXXXXXXXXXXXXXX

REF. Derecho de Petición. Artículo 23 Constitución Política.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 201975343, en la cual nos realiza una serie de inquietudes relacionadas con los Proveedores del Servicio de Internet (ISP, por su sigla en inglés) que se lista a continuación:

1. Que es una empresa ISP -Internet Service Provider o Proveedor de Servicios de Internet-

2. Que requisitos legales se debe tener en cuenta para constituir una sociedad ISP referentes a el numero de accionistas, objeto social, capital autorizado, suscrito y pagado, domicilio, facultades de los administradores, entre otro ítems?

3. Ei Ministerio de las TIC tiene un estudio actualizado de las ISP que funcionan en el Municipio Arjona Departamento de Bolívar, en el cual se pueda apreciar número de sociedades que prestan el servicio, número de suscriptores por estratos sociales, velocidad del servicio de internet, entre otros? En caso de una respuesta afirmativa por favor remitir el estudio.

4. Se debe tramitar ante el Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones solicitud para la habilitación o autorización para funcionar como ISP?

5. Cuales son tas obligaciones legales que debe acreditar la ISP ante el Ministerio de Tecnologías de la información y tas Comunicaciones y la Comisión de Regulación de Comunicaciones?

6. Las ISP deben efectuar el registro TIC en el Ministerio de Tecnologías de la información y las Comunicaciones?

7. Las ISP deben cancelar contraprestación periódica a favor del FONTIC?. En caso de una respuesta afirmativa, cual es la fórmula de su liquidación?

8. Que se entiende por la autoliquidación trimestral SER?

9. Para la habilitación como ISP se debe presentar alguna garantía? En caso de una respuesta afirmativa en que términos?

10. Las ISP deben realizar la contribución anual a la CRC? En caso de una respuesta afirmativa en que términos?

11. Que obligaciones especiales de tipo contable o tributario deben llevar tas ISP?

12. Que es el SIUST?

13. Cuáles son las empresas autorizadas por el Mintic para prestar el servicio de proveedores de servicio de internet en Colombia, a las cuales ISP le puedan comprar el suministro? Por favor remitir el listado.

14. Cuál es el promedio de índice de velocidad en megabytes (Mbps) de proveedores de servicio de internet en Colombia, tanto en carga y descarga de información?

15. Las tarifas para la prestación del servicio de internet a cobrar por una ISP se encuentran reguladas para los sectores residencial, comercial e industrial? Dependen de la velocidad, del estrato social, entre otros ítems?

16. Que es la tecnología 4G y 5G?

17. Las ISP hacen parte de las empresas de la económica naranja en los términos del artículo 79 de la Ley 1943 de 2018?

18. Cuál es el número mínimo de trabajadores que deberá contratar la ISP para obtener el beneficio de incentivo tributario para empresas de económica naranja?

19. Las ISP deben presentar un proyecto de inversión aten el Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura para obtener el beneficio tributario?

20. Cuál es el monto mínimo de inversión para para obtener el incentivo tributario y el plazo en que se debe mantener.

21. Ei servicio de internet para suscritores residenciales de estratos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 se encuentra excluido o exento de IVA? En caso de una respuesta afirmativa a que tarifa?

22. Las ISP se deben acreditar o inscribir como empresas de servicios públicos?

23. Existe un contrato uniforme para la prestación de servicios de internet?

24. Por favor indicar las normas jurídicas que regulen las ISP.

[sic](...)”

Con el fin de darle respuesta a su consulta, iniciamos aclarándole que usted se ha comunicado con la CRC, entidad del Estado encargada de promover la competencia, evitar el abuso de posición dominante y regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad.

I. Alcance del presente pronunciamiento.

Antes de referirnos a su consulta, debe aclararse que la CRC, al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico vigente, en particular, lo previsto en la Ley 1341 de 2009 y la legislación complementaria. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá las consecuencias que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas.

II. Respuesta a los interrogantes planteados.

A continuación, procedemos a darle respuesta a cada una de sus inquietudes, teniendo en cuenta en el orden que fueron formuladas. En los casos donde la CRC no es la entidad competente, le orientamos o damos el traslado respectivo para que pueda tener las respuestas a sus inquietudes.

Pregunta 1

CRC/ Para conocer la definición de Proveedor de Servicio de Internet (ISP por sus siglas en inglés), lo invitamos a consultar lo dispuesto por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU, por sus siglas en inglés). Organismo especializado de las Naciones Unidas para las tecnologías de la información y la comunicación - TIC. La página web de la ITU es: www.itu.int.

En todo caso, recuerde que desde el régimen de habilitación general de la ley 1341 de 2009, con independencia del servicio o la solución tecnológica empleada, cualquier persona jurídica cuya actividad comercial sea la operación de redes y/o provisión de un servicio de telecomunicaciones a terceros debe estar registrada ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) como Proveedor de Redes y Servicios de Telecomunicaciones (PRST), que es la única categorización legal para este tipo de empresas.

Pregunta 2

CRC/ La regulación expedida por esta Entidad, de acuerdo con las competencias legales otorgadas mediante el artículo 22 de la ley 1341 de 2009, no tiene como objeto determinar las características comerciales, civiles, accionarias, entre otras de una razón social para constituirse legalmente. Esta se refiere es a las condiciones técnico-económicas de la prestación de los servicios de comunicaciones para maximizar el bienestar de los usuarios.

Pregunta 3 a la 9, exceptuando la pregunta 5

CRC/ De acuerdo con los artículos 10, 15 y 18 de la ley 1341 de 2009, es MinTIC el encargado de administrar el Registro TIC junto con la garantía de los mismos. En este sentido, y teniendo en cuenta que desde la pegunta 3 hasta la pregunta 9 se realizan inquietudes relacionadas con las funciones de MinTIC, paralelo a esta comunicación, le informamos que damos traslado de su solicitud a esta entidad. En todo caso, puede consultar la página web del Ministerio para obtener mayor información: www.mintic.gov.co

Pregunta 5

CRC/ En lo relacionado con MinTIC se da traslado a esta entidad para que den la respectiva respuesta a su consulta.

En el caso de la CRC, las disposiciones regulatorias de carácter general a las cuales están obligados los PRST, entre ellos los ISP, se encuentran contenidas en la Resolución CRC 5050 de 2016. Algunas de estas obligaciones son el cumplimiento del Régimen de Protección de los Derechos a los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones (Capítulo 1 del Título II), Régimen de Calidad para los servicios de comunicaciones (Título V), Separación Contable (Título IX) y el Régimen de Reporte de Información Periódica (Título. Reportes de Información). Para un mayor detalle de estas y otras obligaciones lo invitamos a consultar la resolución en comento, a través del siguiente enlace: https://normograma.info/crc/docs/arbol/1004.htm

Pregunta 10

CRC/ La base gravable de la contribución fue establecida por el artículo 24 de la ley 1341 de 2009:

"Con el fin de recuperar los costos del servicio de las actividades de regulación que preste la Comisión de Regulación de Comunicaciones, todos los proveedores sometidos a la regulación de la Comisión, están sujetos al pago de una contribución anual hasta del uno por mil (0,1%), de sus ingresos brutos por la provisión de sus redes y servicios de telecomunicaciones, excluyendo terminales", (subrayado fuera del texto).

De igual manera el artículo 4 de la Resolución CRC 5278 de 2017 en su parágrafo, en concordancia con las definiciones de la ley 1369 de 2009, hace las siguientes definiciones:

Red de Telecomunicaciones: Conjunto de nodos y enlaces alámbricos, radioeléctricos, ópticos u otros sistemas electromagnéticos, incluidos todos sus componentes físicos y lógicos necesarios, que proveen conexiones entre dos (2), o más puntos, fijos o móviles, terrestres o espaciales, para cursar telecomunicaciones. Para su conexión a la red, los terminales deberán ser homologados y no forman parte de la misma.

Servicios de Telecomunicaciones: Servicios ofrecidos por los proveedores de redes y servicios para satisfacer una necesidad específica de telecomunicaciones de los usuarios.

Equipo Terminal: "Dispositivo que permite el acceso a una red de telecomunicaciones, que está destinado a estar conectado directamente por cualquier medio a interfaces, entendidas estas últimas como puntos de terminación de red, tanto físicos como radioeléctricos".

Cada operador debe revisar sus ingresos y determinar si tienen ingresos o por provisión de redes o servicio de comunicaciones para definir si es sujeto pasivo de la contribución.

Pregunta 11

CRC/ De acuerdo con la ley 1341 de 2009, todos los PRST legalmente habilitados se encuentran obligados a contribuir a la CRC como se explicó en la respuesta anterior, e igualmente, de acuerdo con los artículos 10 y 13 de la misma ley, deben cancelar una contraprestación periódica a favor del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FONTIC). Dicha contraprestación, sus términos y base gravable, son competencia del MinTIC por lo que lo remitimos al traslado que se hará a dicha Entidad.

Por otra parte, cualquier otra carga tributaria por ser una empresa legalmente constituida en Colombia, es competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Pregunta 12

CRC/ El SIUST es el Sistema de Información Unificado del Sector de las Telecomunicaciones. Este sistema hace parte del Sistema Integral de Información del Sector TIC - COLOMBIA TIC, el cual está a cargo y es administrado por MinTIC. En el caso de los PRST, Operadores de Televisión y Operadores de Servicios Postales, el SIUST es utilizado para realizar el pago de la Contribución a la CRC, el reporte de los formatos del Régimen de Reporte de Información Periódica de la CRC, entre otras acciones.

Pregunta 13

CRC/ Teniendo en cuenta que esta pregunta también está relacionada con las funciones de MinTIC, paralelo a esta comunicación, le informamos que, como en los casos anteriores, damos traslado de su solicitud a esta entidad.

Pregunta 14

CRC/ De acuerdo con las cifras publicadas en el Boletín Trimestral del Sector TIC para el tercer trimestre de 2018, el 45,5% de los accesos de Internet fijo tienen una velocidad de descarga (o de bajada) mayor o igual a 10 Mbps, seguido con un 33,5% por los accesos entre 5 y 10 Mbps, y con un 21% por los accesos con menos de 5 Mbps. Así las cosas, en promedio, la velocidad de descarga en Colombia es de 9,0 Mbps. En relación con la velocidad de subida (o de carga), el 62,4% de los accesos de Internet fijo tienen una velocidad menor 2 Mbps, el 28,9% entre 2 y 5 Mbps, y el 8,7% mayor a 5 Mbps. Así, la velocidad de carga en Colombia es, en promedio, de 2,2 Mbps.

No obstante, estas cifras varían de acuerdo con el segmento (Residencial o Corporativo) que se considere, según el municipio y también el operador. Por lo tanto, para mayor detalle de la información se recomienda consultar el enlace: https://colomblatic.mlntic.gov.co/679/w3- article-82350.html

Pregunta 15

CRC/ De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la ley 1341 de 2009, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones pueden fijar libremente los precios al usuario. Igualmente, se establece que la CRC sólo podrá regular tales precios cuando no haya suficiente competencia, se presente una falla en el mercado o cuando la calidad de los servicios ofrecidos no se ajuste a los niveles exigidos en la normatividad. En este sentido, actualmente, los precios del servicio de Internet fijo a nivel minorista no se encuentran regulados.

Pregunta 16

CRC/ Para conocer la definición de las tecnologías de cuarta (4G) y quinta generación (5G), lo invitamos a consultar lo dispuesto por la ITU, que supervisa, entre otros, los estándares de las redes inalámbricas. La página web de la ITU es: www.itu.int

Pregunta 17 a la 21

CRC/ En relación con las preguntas 17 a la 21, lo invitamos a consultar el Estatuto Tributario de Colombia o, a comunicarse con la DIAN, entidad del Estado encargada del recaudo de impuestos en el país, a través de la siguiente línea de atención telefónica: 057(1) 3556922 en Bogotá o, a través del Servicio en Línea de Contacto, ingresando al enlace: www.dian.gov.co

Pregunta 22

CRC/ La ley 1341 de 2009 creo un régimen legal independiente para los servicios públicos de telecomunicaciones, por lo que ya no se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la ley 142 del 1994 referente a los servicios públicos domiciliarios. En este sentido, el servicio de acceso fijo a Internet no se considera un servicio público domiciliario y el proveedor de este servicio debe cumplir las disposiciones de formalización de su habilitación general mediante Registro TIC.

Pregunta 23

Con la Resolución CRC 5151 de 2017, compilada en el Capítulo 5 del Título II de la Resolución CRC 5050 de 2016, la CRC definió el modelo de contrato único para la prestación de servicios fijos de telefonía, Internet y televisión por suscripción, con el fin de garantizar que el mismo constituya una herramienta efectiva a disposición del usuario para entender, consultar y hacer respetar sus derechos. El ámbito de aplicación y las condiciones para su implementación pueden ser consultadas en el siguiente enlace: https://normograma.info/crc/docs/resolucion_crc_5050_2016.htm#2.5.2.1.

Igualmente, el modelo de contrato puede ser consultado y descargado en el siguiente enlace: https://www.crcom.gov.co/es/pagina/contrato-servicios-fijos

Pregunta 24

CRC/ Como se mencionó anteriormente toda la regulación de carácter general de la CRC se encuentra compilada en la Resolución CRC 5050 de 2016, y esta puede ser consultada a través del siguiente enlace: https://normograma.info/crc/docs/arbol/1004.htm

Adicionalmente, la CRC cuenta con un "Buscador de normas" y un buscador por temáticas "Navega por las categorías" que le permite explorar las normas jurídicas que le aplican a los ISP. Para acceder a los buscadores puede consultar el siguiente enlace: https://normograma.info/crc/docs/arbol/1004.htm

En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Cordial Saludo,

MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO

Coordinadora de Relacionamiento con Agentes

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