CONCEPTO 513827 DE 2020
(julio 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
XXXXXXXXXXXXXXX
REF: Su comunicación con el asunto “SOLICITUD CONCEPTO”
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación radicada internamente bajo el número 2020807322, mediante la cual nos solicita emitir un concepto respecto al significado, características, diferencias por parte de la CRC, para los términos de IMSI y SIM CARD.
En primer término, se aclara el alcance del presente pronunciamiento, en donde es de mencionar que la CRC al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico vigente, en particular, lo previsto en la Ley 1341 de 2009 modificada por la Ley 1978 de 2019 y la legislación complementaria. Luego, el mencionado alcance tendrá las consecuencias que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas de acuerdo con el artículo mencionado.
Así pues, esta Comisión pone de presente para resolver el interrogante planteado, lo dispuesto en el Título I de la Resolución CRC 5050 de 2016, el cual establece, entre otras, que:
“IMSI: Código de Identificación Internacional del Abonado o Suscriptor Móvil (por sus siglas en inglés). Código único que identifica a cada abonado del servicio de telefonía móvil en el estándar GSM y en redes de nueva generación, y que adicionalmente permite su identificación a través de la red. El código se encuentra grabado electrónicamente en la tarjeta SIM.
SIM: Módulo de identidad del abonado (por sus siglas en inglés). Dispositivo electrónico que almacena información técnica de la red, así como también la información de identificación de una cuenta de servicios de telecomunicaciones.”
De igual manera, se observa que las características y diferencias de los conceptos solicitados están dados por las mismas definiciones expuestas, en el sentido de establecer su descripción en el texto mencionado. Es de señalar que, las definiciones establecidas pueden ser consultadas en el Título I de la Resolución CRC 5050 de 2016 a través del siguiente enlace: https://normograma.info/crc/docs/resolucion_crc_5050_2016.htm#T%C3%8DTULO%20I
En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.
Cordial Saludo,
MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO
Coordinadora de Relacionamiento con Agentes