CONCEPTO 200550454 DE 2005
(marzo 16)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES - CRT
Almirante
XXXXX
Comandante
XXXXX
Av. Dorado xxxxxxx
Bogotá D.C.
Asunto: Asignación numeración IXY Emergencia Marítima Nacional
Respetado Almirante Soto:
La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones -CRT- ha recibido su comunicación con radicación No. 200530779 en la que solicita se asigne numeración de marcación abreviada para atención de emergencias marítimas a nivel nacional.
Al respecto le informamos que los servicios semiautomáticos y especiales de abonados - esquema de marcación 1XY, según lo establece el Artículo 29 del Decreto 25/02 tienen en cuenta que, “Esta numeración cubre la necesidad de prestar algunos servicios de interés social que por su naturaleza exijan facilidades de recordación y marcación al usuario, por lo tanto no se entiende asignada a ningún operador ni empresa prestadora de un determinado servicio. Esta numeración debe ser compartida entre varias entidades cuando estas presten el mismo servicio para el cual fue asignado el número”.
En este sentido la CRT en desarrollo de sus funciones, expidió en marzo de 2003 la Resolución 644 adicionando el Título XIII de la Resolución CRT 087 de 1997, en la que se establecen algunas disposiciones relativas la administración del recurso numérico y de acuerdo con el cuadro matriz para servicios semiautomáticos y especiales con marcación 1XY contenido en el anexo 010, se tiene que el número 146 se encuentra asignado para el uso de Emergencias fuerzas Militares, número que cuenta con acceso nacional y significancia local. La resolución citada también estableció que el número 146 se encuentra en la modalidad No. 1, que según lo define el artículo 29 del Decreto 25 de 2002 consiste en “Llamadas que no representan ningún costo para el abonado ni para la entidad prestadora del servicio, y por lo tanto, los costos deben ser asumidos por el operador. Su numeración es de carácter nacional. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios de urgencias tales como: Policía, Bomberos y Ambulancia”.
Dado lo anterior, la Armada Nacional puede hacer uso del número 146 y para ello le informamos que la coordinación del uso de dicho número entre los diferentes cuerpos armados a nivel nacional está directamente a cargo del Ministerio de Defensa Nacional. Los números geográficos a los cuales los operadores deben enrutar las llamadas de emergencia están contenidos en la Circular CRT No. 52 de 2004, la cual se adjunta a la presente comunicación.
Atentamente,
CATALINA DÍAZ GRANADOS T.
Coordinadora de Proceso de Mercadeo