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LÍNEA DECISIONAL CRC RESOLUCIÓN 5534 DE 2018

Tema:Instalaciones esenciales
Subtema:Acceso a la instalación RAN

Resolución CRC 5534 del 02/11/2018 “Por la cual se resuelve el conflicto surgido entre COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. y COMUNICACIÓN CELULAR S.A. - COMCEL S.A., en relación con el acceso a la instalación esencial de Roaming Automático Nacional”.

(…)

“Para abordar este aspecto, es necesario revisar si existe alguna disposición regulatoria de carácter general que se refiera a un plazo específico para que el acceso a la instalación de RAN se materialice. Es así que el artículo 4.7.3.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016, modificado mediante la Resolución CRC 5107 de 2017, definió una condición específica sobre el particular, según se expone a continuación:

ARTÍCULO 4.7.3.1. CONTENIDO DE LA OFERTA. Todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles asignatarios de espectro en bandas IMT definidas por la UIT-R, deberán establecer en su Oferta Básica de Interconexión (OBI), de que trata el CAPÍTULO 1 del TÍTULO IV, las condiciones de la oferta de la instalación esencial de roaming automático nacional con observancia del Régimen de acceso, uso e interconexión de redes de telecomunicaciones contenidos en el citado capítulo, las cuales deberán incluir al menos:

(…)

4.7.3.1.3. Las actividades y sus plazos, requeridos para que el acceso a la instalación esencial de Roaming Automático Nacional se materialice. La sumatoria de los plazos asociados a dicho acceso, en ningún caso podrá superar los cuatro (4) meses, contados a partir de la presentación de la solicitud de acceso al Proveedor de Red Visitada.

(…)”

En atención al contenido del artículo transcrito, la Resolución CRC 5301 de 2018[1], “Por la cual se aprueba el contenido de la Oferta Básica de Interconexión -OBI- COMUNICACIÓN CELULAR COMCEL S.A. y se fijan las condiciones del acceso y de la interconexión”, incluyó una referencia expresa a la aprobación del contenido de la OBI de COMCEL en lo relacionado con el “[c]ronograma de actividades necesarias para habilitar el acceso y/o la interconexión, el cual no podrá ser superior a 30 días y cronograma para habilitar el Roaming Automático Nacional el cual no podrá superar 4 meses” (SFT).”

Normativa asociada: Resolución CRC 5625 de 2019

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. https://www.crcom.gov.co/resoluciones/00005301.pdf

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