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RESOLUCION 1012 DE 1999

(septiembre 30)

Diario Oficial No 43.727, del 1 de octubre de 1999

COMISION NACIONAL DE TELEVISION

<NOTA DE VIGENCIA: Subrogada por la Resolución 144 de 2000>

Por la cual se prorroga la vigencia de la Resolución 640 del 3 de marzo de 1999.

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial la señalada en el literal

b) del artículo 12 de la Ley 182 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Comisión Nacional de Televisión en desarrollo de su objeto social, dirigir, ejecutar y desarrollar las políticas generales del servicio de televisión determinadas en la ley, para lo cual podrá realizar los actos que considere necesarios para preservar el espíritu de la ley;

Que mediante Resolución 0640 del 3 de marzo de 1999, se unificaron transitoriamente unas tarifas para la concesión de espacios de televisión, como una medida de choque para afrontar los efectos adversos de la difícil situación económica que atraviesa el país y en especial, la industria de la televisión pública;

Que los Concesionarios de Espacios Públicos de Televisión solicitaron, de manera reiterada a esta entidad adoptar medidas en relación con el régimen tarifario aplicable teniendo en cuenta, que como consecuencia de la adversa coyuntura por la que atraviesa la economía colombiana, se ha producido una significativa disminución en la venta de pauta publicitaria y consecuencialmente una reducción del mercado, con los consiguientes efectos en los resultados operacionales de los concesionarios, circunstancia que pone en peligro la subsistencia de la Televisión de Operación Pública en Colombia;

Que la Comisión Nacional de Televisión, suscribió un contrato con la sociedad Inversiones e Ingeniería Financiera S. en C. (contrato número 067 de 1999), con el objeto de adelantar una estimación de los efectos que el comportamiento, económico puede tener en el desempeño del negocio de los concesionarios para la operación y explotación de los canales nacionales de operación pública;

Que el estudio objeto del contrato anteriormente mencionado, arrojó el siguiente resultado:

a) Entre junio de 1998 y junio de 1999 los resultados de los concesionarios se han deteriorado en forma importante;

b) Las razones del deterioro, además de la situación de la economía del país, se presentan por: desproporción entre las tarifas por espacio por franjas y los ingresos asignados por el mercado de las franjas; la demora en reaccionar a la situación actual; falta de estrategia respecto al bajo nivel productivo en programación y en administración; la defensa del mercado con incremento en costo de producción no ha dado resultado y no la podrán soportar por mucho tiempo;

c) La redistribución de tarifas mejora los resultados, sin embargo es imperativo que los concesionarios mejoren su productividad;

Que el anterior estudio fue analizado por los Miembros de la Junta Directiva de esta entidad, con participación de la Ministra de Comunicaciones, doctora Claudia De Francisco, el día 30 de agosto del año en curso;

Que de conformidad con el estudio realizado por el Instituto Ser de Investigación, respecto de la inversión publicitaria neta en televisión, correspondiente al primer semestre del año de 1999, presentado a los Miembros de la Junta Directiva de esta entidad el día 24 de septiembre de 1999, se refleja la difícil situación debido a la reducción de la inversión publicitaria en el sector de la televisión y consecuencialmente en la participación por franjas;

Que el Senado y la Cámara de Representantes del Congreso de la República, con proposiciones números 006 y 005 de 1999, citaron los días 23 y 8 de septiembre del mismo año, respectivamente, a los Miembros de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión, con el fin que se explicara, entre otros, qué medidas está adoptando esta Entidad, para garantizar la prestación continua del servicio público de televisión teniendo en cuenta la difícil situación económica que está afrontando la industria de la televisión, en especial los concesionarios de espacios de los canales de operación pública;

Que de conformidad con la Ley, corresponde a la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión fijar las tarifas que deben reconocer los Concesionarios de Espacios Públicos de Televisión, teniendo en cuenta los criterios que establece la propia ley;

Que después de evaluar la solicitud presentada y sopesar los elementos probatorios aportados por los concesionarios de espacios de televisión en los canales de operación pública y los estudios contratados por la Comisión Nacional de Televisión, se determinó que continúan los motivos que dieron origen a la Resolución 640 del 3 de marzo del año en curso, por lo cual es necesario prorrogar la vigencia de la mencionada resolución, por un término que se juzga razonable para superar los efectos adversos que la actual coyuntura ha generado en los concesionarios y de esta forma garantizar la prestación del servicio público de televisión, el pluralismo informativo, la competencia y evitar las prácticas monopolísticas en su operación y explotación;

Que en mérito de lo expuesto, la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión en sesión del 30 de septiembre del año en curso,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Subrogada por la Resolución 144 de 2000> Prorrogar la vigencia de la Resolución 640 del 3 de marzo de 1999, hasta el 31 de marzo del año 2000.

ARTICULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 1999.

El Director,

JORGE HERNÁNDEZ RESTREPO.

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