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RESOLUCIÓN 2739 DE 2008

(diciembre 12)

Diario Oficial No. 47.279 de 2 de marzo de 2009

MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido a la Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.).

LA MINISTRA DE COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren la Ley 72 de 1989, el Decreto-ley 1900 de 1990, el Decreto 1445 de 1995, el Decreto 555 de 1998, el Decreto 1620 de 2003 y el Decreto 2805 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18 del Decreto-ley 1900 de 1990 establece que el espectro electromagnético es de propiedad exclusiva del Estado y como tal constituye un bien de dominio público, inenajenable e imprescriptible, cuya gestión, administración y control corresponden al Ministerio de Comunicaciones de conformidad con las leyes vigentes.

Que las facultades de gestión, administración y control del espectro electromagnético comprenden, entre otras, las actividades de planeación y coordinación, la fijación del cuadro de frecuencias, la asignación y verificación de frecuencias, el otorgamiento de permisos para su utilización, la protección y defensa del espectro radioeléctrico, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas, el establecimiento de condiciones técnicas de equipos terminales y redes que utilicen en cualquier forma el espectro radioeléctrico, la detección de irregularidades, perturbaciones y la adopción de medidas tendientes a establecer el correcto y racional uso del espectro radioeléctrico y a restablecerlo en caso de perturbación o irregularidades.

Que los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.), hacen parte del Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencia, adoptado por el Decreto 555 de 1998.

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 2o del Decreto 1620 de 2003 es función del Ministerio atribuir, asignar, gestionar y controlar el espectro radioeléctrico con excepción de lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución Política.

Que se hace necesario actualizar periódicamente los Planes Técnicos de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.), de conformidad con el artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, teniendo en cuenta las modificaciones necesarias de los parámetros técnicos esenciales de las estaciones de radiodifusión sonora y los cambios que fuere necesario introducir para la óptima planificación del espectro radioeléctrico atribuido al servicio,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) en el numeral 4.23.1, denominado Plan por Departamentos, el siguiente nuevo canal radioeléctrico adjudicado con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión y su respectivo distintivo de identificación para la operación de una estación de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada (A. M.) como se indica a continuación:

RISARALDA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA ( kHz)POTENCIA (kW)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CPEREIRA9801PROYECTADO314.1HKX73

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo, se actualiza también el numeral 4.23.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 2o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 6.0, denominado Altura Media sobre el nivel del Mar, registrando las modificaciones a las alturas media sobre el nivel del mar, de los siguientes municipios, quedando como se indica a continuación:

MUNICIPIOALTURA m
BOYACA
13Caldas2800
16Ciénaga2455
94Siachoque2753
CASANARE
12Recetor 775
CAUCA
41Villarrica 980
CUNDINAMARCA
23El Colegio1700
89Subachoque2650
109Vianí1625
111Villapinzón3000
HUILA
20Oporapa1800
NARIÑO
53San Pedro de Cartago2050
VALLE
18El Dovio1500

ARTÍCULO 3o. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, los siguientes nuevos canales radioeléctricos atribuidos con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión y sus respectivos distintivos de identificación para la operación de estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) como se indican a continuación:

ARAUCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA ( MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CARAUCA103.30.30045PROYECTADO315.3HJC54
CARAUCA104.3590PROYECTADO313.7HJC55

AMAZONAS

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA( MHz)POTENCIA(kW)h (m)ESTADO CANALENLACE(MHz)DISTINTIVO
CLETICIA96.95130PROYECTADO316.5HJC56

CALDAS

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA( MHz)POTENCIA(kW)h (m)ESTADO CANALENLACE(MHz)DISTINTIVO
CVICTORIA97.7190PROYECTADO326.1HJC58

CESAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA

( MHz)
POTENCIA

(kW)
h (m)ESTADO CANALENLACE(MHz)DISTINTIVO
BVALLEDUPAR102.361250PROYECTADO318.9HJC81

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA ( MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE(MHz)DISTINTIVO
CSAN BERNARDO89.10.30045PROYECTADO302.1HJC78

GUAVIARE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA ( MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
BCALAMAR98.76250PROYECTADO307.7HJC80

SAN ANDRES

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CSAN ANDRES93.55130PROYECTADO308.1HJC57

VICHADA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA ( MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
BPUERTO CARREÑO97.36300PROYECTADO309.7HJC79

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 4o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.1, denominado Plan por Departamentos, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase C, como se indica a continuación:

A. Modificación relativa a la frecuencia de operación

GUAJIRA

CLASEESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CVILLANUEVA102.7106.7590PROYECTADO

NARIÑO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CALDANA106.5106.30.400372ASIGNADO
CIPIALES101.7104.7575ASIGNADO
CTANGUA99.7100.7175ASIGNADO

NORTE DE SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CSAN CALIXTO103.789.7175PROYECTADO

RISARALDA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CBELEN DE UMBRIA106.1107.1575ASIGNADO

B. Modificación relativa a la diferencia de altura (h)

BOYACA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA(kW.)h Anterior (m.)h Actual (m.)ESTADO CANAL
CTUNJA104.1590190ASIGNADO

BOLIVAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW.)h Anterior (m.)h Actual (m.)ESTADO CANAL
CCARTAGENA99.5175168ASIGNADO

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 5o. Incorporar en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.3, denominado Plan de Estaciones clase D, el siguiente canal radioeléctrico atribuido con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión y sus respectivos distintivos de identificación para la operación de una estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase D, como se indican a continuación:

CORDOBA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA(MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
DTUCHIN94.00.20030PROYECTADO324.9HJC82

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 6o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.3, denominado Plan de Estaciones clase D, registrando las modificaciones autorizadas a los parámetros técnicos esenciales de unas estaciones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) clase D, como se indica a continuación:

A. Modificación relativa a la frecuencia de operación

MAGDALENA

CLASEESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIAAnt. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
DPIJIÑO DEL CARMEN88.4106.40.25030ASIGNADO

NARIÑO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
DCUMBAL92.592.70.20030ASIGNADO
DGUALMATAN104.1104.30.20030ASIGNADO
DIPIALES106.9105.90.20030ASIGNADO
DTUQUERRES107.3103.50.20057ASIGNADO

PUTUMAYO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADOCANAL
DVALLE DE GAMUEZ107.3101.50.25090ASIGNADO

QUINDIO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
DMONTENEGRO92.199.70.20030ASIGNADO

TOLIMA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz.)FRECUENCIA Actual (MHz.)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADOCANAL
DPIEDRAS94.5107.30.20030ASIGNADO

B. Modificación relativa a la diferencia de altura (h)

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW.)h Anterior (m.)h Actual (m.)ESTADO CANAL
DSOPETRAN105.40.2003095ASIGNADO

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW.)h Anterior (m.)h Actual (m.)ESTADOCANAL
DVIANI106.40.2003045ASIGNADO

QUINDIO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW.)h Anterior (m.)h Actual (m.)ESTADOCANAL
DQUIMBAYA91.70.2003055ASIGNADO

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 7o. Actualizar el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en el numeral 10.3, denominado Plan de Estaciones clase D, registrando las modificaciones de las frecuencias de operación del enlace entre Estudios y Sistema de Transmisión, de unas estaciones de radiodifusión sonora, según se relaciona a continuación:

ATLANTICO

CLASE DE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz).POTENCIA (kW)h (m.)ESTADO CANALENLACE Anterior (MHz)ENLACE Actual (MHz)
DPOLONUEVO96.60.10030ASIGNADO320.7L. F.

SANTANDER

CLASE DE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz).POTENCIA (kW)h (m.)ESTADO CANALENLACE Anterior (MHz)ENLACE Actual (MHz)
DGAMBITA101.40.20030ASIGNADO309.7L. F.

PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo previsto en este artículo se actualiza también el numeral 10.2 denominado Plan Nacional por Frecuencia de Operación.

ARTÍCULO 8o. Dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución, la Dirección de Desarrollo del Sector compilará, en un único documento, el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.), con sus actualizaciones.

ARTÍCULO 9o. La Subdirección Administrativa publicará en la web del Ministerio de Comunicaciones, el documento actualizado del Plan Técnico de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada y Frecuencia Modulada.

ARTÍCULO 10. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de 2008.

La Ministra de Comunicaciones,

MARÍA DEL ROSARIO GUERRA DE LA ESPRIELLA.

ANEXO: SUSTENTACION PROYECTO DE RESOLUCION.

Por la cual se adoptan medidas en materia de ordenación técnica del espectro radioeléctrico atribuido a la Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.) y Frecuencia Modulada (F. M.).

Artículo 1o. Se incorpora en el numeral 4.23.1 y 4.23.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada (A. M.), registrando un (1) canal radioeléctrico para la operación de una (1) estación de radiodifusión sonora clase C, como se citan a continuación, así:

RISARALDA

PEREIRA980 kHzMemorando No 19703726-DIC-07 (1)

Mediante Oficio con registro número 191490 de fecha 21 de noviembre de 2007, la DARC solicitó la ampliación del área de cobertura de la emisora de interés público clase D, asignada en el municipio de Pereira (Risaralda) en amplitud modulada, con la finalidad de atender el requerimiento, la Dirección de Desarrollo del Sector, presentó la viabilidad de apertura de un canal radioeléctrico clase C y una vez realizado el respectivo estudio de compatibilidad electromagnética y relaciones de protección (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) se proyectó con las siguientes características técnicas, así:

RISARALDA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (kHz)POTENCIA (kW)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CPEREIRA9801PROYECTADO314.1HKX73

Artículo 2o. Se actualiza el numeral 6,0 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), registrando unas modificaciones de las alturas medias sobre el nivel del mar, como se relacionan a continuación:

BOYACACaldas2050 a 2800Memorando No 013328-MAY-08 (2)
Ciénaga1090 a 2455Memorando No 0153 20-JUN-08 (3)
Siachoque2700 a 2753Memorando No 020012-AGO-08 (25)
CASANARERecetor750 a 775Memorando No 020112-AGO-08 (26)
CAUCAVillarrica980Memorando No 022827-AGO-08 (29)
CUNDINAMARCAEl Colegio980 a 1700Memorando No 013628-MAY-08 (6)
Subachoque2600 a 2650Memorando No 015428-MAY-08 (4)
Vianí1480 a 1625Memorando No 013428-MAY-08 (5)
Villapinzón2724 a 3000Memorando No 013528-MAY-08 (7)
HUILAOporapa1069 a 1800Memorando No 003829-FEB-08 (8)
NARIÑOSan Pedro C.1750 a 2050Memorando No 18790929-OCT-07 (9)
VALLEEl Dovio1250 a 1500Memorando No 008615-ABR-08 (10)

Mediante Oficios con registros números 217154, 224640, 229975, 234061, 234207, 218210, 224121, 224577, 218210, 221201, 204488, 184750 y 213441, de fechas 24 de abril, 6 de junio, 8 de julio, 1o de agosto, 29 de abril, 4 y 6 de junio, 29 de abril, 1o de agosto, 15 de febrero y 3 de abril de 2008 y 8 de octubre de 2007 respectivamente, la Dirección de Administración de Recursos de Comunicaciones solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en frecuencia modulada, con la modificación de las alturas medias sobre el nivel del mar de los municipios de Caldas, Ciénega, Siachoque, (Boyacá), Recetor (Casanare), El Colegio, Subachoque, Vianí, Villapinzón (Cundinamarca), Oporapa (Huila), San Pedro de Cartago (Nariño) y El Dovio (Valle). La Dirección de Desarrollo del Sector conceptuó que es viable la modificación (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las modificaciones indicadas, así:

MUNICIPIOALTURA m
BOYACA
13Caldas2800
16Ciénaga2455
94Siachoque2753
CASANARE
12Recetor 775
CAUCA
41Villarrica 980
CUNDINAMARCA
23El Colegio1700
89Subachoque2650
109Vianí1625
111Villapinzón3000
HUILA
20Oporapa1800
NARIÑO
53San Pedro de Cartago2050
VALLE
18El Dovio1500

Artículo 3o. Se incorpora en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) en los numerales 10.1 y 10.2, el registro de nuevos canales radideléctricos para la operación de nueve (9) estaciones de radiodifusión sonora clases B y C, como se citan a continuación:

ARAUCA

ARAUCA
104.3 MHzMemorando No 18666323-OCT-08 (11)
AMAZONAS

LETICIA
96.9 MHzMemorando No 18666323-OCT-08 (11)
SAN ANDRES

SAN ANDRES
93.5 MHzMemorando No 18666323-OCT-08 (11)

Mediante Oficio con registro número 184312 de fecha 4 de octubre de 2007, la DARC solicitó viabilidad para la adjudicación de canales radioeléctricos para la operación de emisoras de interés público para los municipios de Arauca (Arauca), Leticia (Amazonas) y San Andrés (San Andrés), con destino a la Universidad Nacional. La Dirección de Desarrollo del Sector realizó los estudios de compatibilidad electromagnética y el cumplimiento de las relaciones de protección, conceptuó que es viable la proyección (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando las siguientes estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada con las siguientes características, así:

ARAUCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CARAUCA104.3590PROYECTADO313.7HJC55

AMAZONAS

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)(m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CLETICIA96.95130PROYECTADO316.5HJC56

SAN ANDRES

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE(MHz)DISTINTIVO
CSAN ANDRES93.55130PROYECTADO308.1HJC57
ARAUCA

ARAUCA
103.3 MHzMemorando No 18666123-OCT-08 (12)

Mediante Oficio con registro número 184439 de fecha 5 de octubre de 2007, la DARC solicitó la viabilidad para la proyección de un canal radioeléctrico para la operación de una emisora de Interés Público en el municipio de Arauca con destino a la Unidad Educativa Simón Bolívar. Por lo anterior, una vez realizado el respectivo estudio de propagación electromagnética y cálculos de protección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptúa que es viable la proyección de la emisora para la ciudad de Arauca (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando las siguientes estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, así:

ARAUCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE(MHz)DISTINTIVO
CARAUCA103.30.30045PROYECTADO315.3HJC54
CALDAS

VICTORIA
97.7 MHzMemorando No 19703526-DIC-07 (13)

Mediante Oficio con registro número 196616 de fecha 20 de diciembre de 2007, la DARC solicitó la viabilidad para la proyección de un canal radioeléctrico para la operación de una emisora de Interés Público en el municipio de Victoria (Caldas) con destino a la Gobernación de Caldas. Por lo anterior, una vez realizado el respectivo estudio de propagación electromagnética y cálculos de protección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptúa que es viable la proyección de la emisora para el municipio de Victoria (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando la siguiente estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, así:

CALDAS

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CVICTORIA97.7190PROYECTADO326.1HJC58

CUNDINAMARCA

SAN BERNARDO89.1 MHzMemorando No 22714824-JUN-08 (14)

Mediante Oficio con registro número 225000 de fecha 10 de junio de 2008, la DARC solicitó la viabilidad para la proyección de un canal radioeléctrico para la operación de una emisora de Interés Público en el municipio de San Bernardo (Cundinamarca), con destino a la Institución Educativa Departamental Escuela Normal Superior. Por lo anterior, una vez realizado el respectivo estudio de propagación electromagnética y cálculos de protección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptúa que es viable la proyección de la emisora para el municipio de San Bernardo (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando la siguiente estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, así:

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
CSAN BERNARDO89.10.30045PROYECTADO302.1HJC78

CESAR

VALLEDUPAR102.3 MHzMemorando No 0021315-AGO-08 (27)

GUAVIARE

CALAMAR98.7 MHzMemorando No 0021315-AGO-08 (27)

VICHADA

PUERTO CARREÑO97.3 MHzMemorando No 0021315-AGO-08 (27)

Mediante Oficio con registro número 231958 de fecha 21 de julio de 2008, la DARC solicitó la viabilidad para la proyección de tres (3) canales radioeléctricos para la operación de tres (3) emisoras de Interés Público en los municipios de Valledupar (Cesar), Calamar(Guaviare) y Puerto Carreño (Vichada), con destino al Ejército Nacional. Por lo anterior,una vez realizado el respectivo estudio de propagación electromagnética y cálculos deprotección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptúa que esviable la proyección de las emisoras para los municipios de Valledupar, Calamar y PuertoCarreño (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando las siguientes estaciones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, así:

CESAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
BVALLEDUPAR102.361250PROYECTADO318.9HJC81

GUAVIARE

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
BCALAMAR98.76250PROYECTADO307.7HJC80

VICHADA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h (m)ESTADO CANALENLACE (MHz)DISTINTIVO
BPUERTO CARREÑO97.36300PROYECTADO309.7HJC79

Artículo 4o. Se actualizan los numerales 10.1 y 10.2 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), registrando los cambios autorizados a los parámetros técnicos esenciales de ocho (8) estaciones de radiodifusión sonora clase C, como se citan a continuación, así:

A Modificación de la frecuencia de operación de seis (6) emisoras clase C, así:

GUAJIRA

VILLANUEVA102.7 a 106.7 MHzMemorando No 0021304-DIC-07 (19)

Mediante Oficio con registro número 231958 de fecha 21 de julio de 2008, la DARC solicitó la proyección de tres (3) canales radioeléctricos para la operación de tres (3) emisoras de Interés Público en los municipios de Valledupar (Cesar), Calamar (Guaviare) y Puerto Carreño (Vichada) con destino al Ejército Nacional. Por lo anterior, una vez realizado el respectivo estudio de propagación electromagnética y cálculos de protección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptúa que es viable la proyección de las emisoras para los municipios de Valledupar, Calamar y Puerto Carreño, debiéndose realizar modificación de parámetros técnicos a la emisora de Villanueva (Guajira) proyectada en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las características técnicas, así:

GUAJIRA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz)FRECUENCIA Actual (kW)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CVILLANUEVA102.7106.7590PROYECTADO

NARIÑO

ALDANA106.5 a 106.3 MHzMemorando No 19293004-DIC-07 (19)
IPIALES101.7 a 104.7 MHzMemorando No 19293004-DIC-07 (19)
TANGUA99.7 a 100.7 MHzMemorando No 19293004-DIC-07 (19)

Mediante Oficio con registro número 188005, que trata sobre el informe de actividades desarrolladas, con la finalidad de definir las modificaciones de las frecuencias de operación de las estaciones de radiodifusión sonora que se encuentran en el área de frontera de Colombia con la República del Ecuador, en cumplimiento al Convenio entre el Ministerio de Comunicaciones y el Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión de la República de Ecuador, la Dirección de Desarrollo del Sector; me permito informarle que una vez revisada la información se conceptuó que es viable los cambios de las frecuencias de operación de las emisoras de los municipios de Aldana, Ipiales y Tangua (Nariño) (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características, así:

NARIÑO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz)FRECUENCIA Actual (MHz)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CALDANA106.5106.30.400372ASIGNADO
CIPIALES101.7104.7575ASIGNADO
CTANGUA99.7100.7175ASIGNADO

NORTE DE SANTANDER

SAN CALIXTO103.7 a 89.7 MHzMemorando No 19651720-DIC-07 (16)

Mediante Oficio radicado con el número 155211 de fecha 18 de mayo de 2007, el Ministerio de Defensa Nacional solicitó la proyección de un canal radioeléctrico para la operación de una estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada de Interés Público clase C, para ser adjudicada en el municipio de Ocaña (Norte de Santander). Una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptuó que es viable la proyección de la emisora de Ocaña, debiéndose realizar la modificación de parámetros técnicos a la emisora de San Calixto (Norte de Santander), proyectada en el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características técnicas , así:

NORTE DE SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. ( MHz)FRECUENCIA Actual (MHz)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CSAN CALIXTO103.789.7175PROYECTADO

RISARALDA

BELEN DE UMBRIA106.1 a 107.1 MHzMemorando No 18887302-NOV-07 (17)

Mediante oficio con registro número 186995 de fecha 24 de octubre de 2007, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora, en lo relacionado a la modificación de la frecuencia de operación de la emisora comercial “Guasca Estéreo”, asignada en el municipio de Belén de Umbría (Risaralda), que opera en la frecuencia 106.1 MHz por motivo de recibir interferencias de la emisora comercial “Fiesta FM” asignada en el municipio de Buga (Valle) que opera en el mismo canal. Una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptuó que es viable la modificación de la frecuencia de operación de la emisora de Belén de Umbría (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuído a la radiodifusión sonora) quedando con las características técnicas que se relacionan, así:

RISARALDA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. ( MHz)FRECUENCIA Actual (MHz)POTENCIA (kW.)h (m.)ESTADO CANAL
CBELEN DE UMBRIA106.1107.1575ASIGNADO

B Modificación de la diferencia de altura de dos (2) emisoras clase C, así:

BOYACA

TUNJA90 a 190Memorando No 22716224-JUN-08 (18)

Mediante Oficio con registro número 216599 de fecha 21 de abril de 2008, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en lo relacionado al aumento de diferencia de altura de la emisora de interés público asignada a la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Tunja en el municipio de Tunja (Boyacá), que opera en la frecuencia 104.1 MHz, con la finalidad de cubrir el 100% del área urbana del municipio. Una vez realizado el respectivo análisis de compatibilidad electromagnética y cálculo de protección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptuó que es viable la modificación de la diferencia de altura para la emisora de Interés Público del municipio de Tunja (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las características, así:

BOYACA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)H Anterior (m.)h Actual (m.)ESTADO CANAL
CTUNJA104.1590190ASIGNADO

BOLIVAR

CARTAGENA75 a 168Memorando No 28002-OCT-08 (33)

Mediante Oficio radicado con el registro número 244202 de fecha 24 de septiembre de 2008, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora, en lo relacionado a la modificación de la diferencia de altura de 75 a 168 metros, de la emisora de Interés Público asignada en el municipio de Cartagena a la Universidad de Cartagena. Por tal motivo, de no existir dentro del sector rural del municipio de Cartagena, diferente al Cerro La Popa, para la ubicación del sistema irradiante que permita la propagación de la señal con cubrimiento del 100% del área urbana. Por lo anterior, la Dirección de Desarrollo del Sector consideró viable la ubicación del sistema irradiante en las coordenadas geográficas Latitud 10o25'12,04” y Longitud 75o31'32,72”, con una diferencia de altura de 168 metros (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las características técnicas, así:

BOLIVAR

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (MHz)POTENCIA (kW)h Ant. (m.)h Actual (m.)ESTADO CANAL
CCARTAGENA99.5175168ASIGNADO

Artículo 5o. Se actualizan los numerales 10.2 y 10.3 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), incorporando un canal radioeléctrico atribuido con sus correspondientes parámetros técnicos esenciales, el enlace entre estudios y sistema de transmisión y sus respectivos distintivos de identificación para la operación de una (1) estación de radiodifusión sonora clase D, mediante el oficio que se cita a continuación, así:

CORDOBA

TUCHIN94.0 MHzMemorando No 026729-SEP-08 (30)

Mediante correo electrónico de la doctora Mery Guzmán Delgado, Asesora Despacho Viceministro de Comunicaciones, remitió correo electrónico radicado con el número 197503 de fecha 6 de junio de 2008, donde el señor Alfonso Manuel Méndez Hoyos solicitó la apertura de un canal radioeléctrico para la operación de una estación de radiodifusión sonora comunitaria clase D para el municipio de Tuchín (Córdoba), por motivo de la creación del municipio, mediante Ordenanza número 09 de 2007. Una vez realizado el respectivo estudio de propagación electromagnética y cálculos de protección contra interferencias, la Dirección de Desarrollo del Sector conceptúa que es viable la proyección de la emisora para el municipio de Tuchín (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las características técnicas así:

CORDOBA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANALENLACE (mhz)DISTINTIVO
DTUCHIN94.00.20030PROYECTADO324.9HJC82

Artículo 6o. Se actualizan los numerales 10.2 y 10.3 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.), registrando los cambios autorizados a los parámetros técnicos esenciales de once (11) estaciones de radiodifusión sonora clase D, mediante el oficio que se cita a continuación, así:

a) Modificación de la frecuencia de operación de ocho (8) emisoras clase D, así:

MAGDALENA

PIJIÑO DEL CARMEN88.4 a 91.0 MHzMemorando No 003729-FEB-08 (28)

Mediante oficio con registro número 204786 de fecha 19 de febrero de 2008, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora, en lo relacionado a la modificación de la frecuencia de operación de la emisora comunitaria asignada en el municipio de Pijiño del Carmen (Magdalena), que opera en la frecuencia 88.4 MHz por recibir interferencias objetables de la emisora asignada en el municipio de San Fernando (Bolívar); por lo anterior una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, la Dirección de Desarrollo del Sector consideró viable el cambio de la frecuencia de operación de la emisora comunitaria asignada al municipio de Pijiño del Carmen. (En cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las características técnicas, así:

MAGDALENA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (mhZ)FRECUENCIA Actual (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANAL
DPIJIÑO DEL CARMEN88.4106.40.25030ASIGNADO

NARIÑO

CUMBAL89.1 a 91.0 MHzMemorando No 1929304-DIC-07 (19)
GUALMATAN104.1 a 104.3 MHzMemorando No 1929304-DIC-07 (19)
IPIALES106.9 a 105.9 MHzMemorando No 1929304-DIC-07 (19)
TUQUERRES107.3 a 103.5 MHzMemorando No 1929304-DIC-07 (19)

Mediante oficio con Registro número 188005, que trata sobre el informe de actividades desarrolladas, con la finalidad de definir las modificaciones de las frecuencias de operación de las estaciones de radiodifusión sonora que se encuentran en el área de frontera de Colombia con la República del Ecuador, en cumplimiento al convenio entre el Ministerio de Comunicaciones y el Consejo Nacional de Radiodifusión y Televisión de la República de Ecuador, la Dirección Desarrollo del Sector; una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, conceptúa que es viable los cambios de las frecuencias de operación de las emisoras asignadas en los municipios de Cumbal, Gualmatán, Ipiales y Túquerres (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando las aracterísticas técnicas, así:

NARIÑO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (MHz)FRECUENCIA Actual (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANAL
DCUMBAL92.592.70.20030ASIGNADO
DGIALMATAN104.1104.30.20030ASIGNADO
DIPIALES106.9105.90.20030ASIGNADO
DTUQUERRES107.3103.50.20057ASIGNADO

PUTUMAYO

VALLE DEL GUAMUEZ107.3 a 101.5 MHzMemorando No 20933212-MAR-08 (20)

Mediante oficio con Registro número 188005, que trata sobre el informe de actividades desarrolladas, con la finalidad de definir las modificaciones de las frecuencias de operación de las estaciones de radiodifusión sonora que se encuentran en el área de frontera de Colombia con la República del Ecuador, en cumplimiento al convenio entre el Ministerio de Comunicaciones y el Consejo Nacional de Radiofusión y Televisión de la República de Ecuador, la Dirección de Desarrollo del Sector; una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, conceptúa que es viable los cambios de las frecuencias de operación de la emisora asignada en el municipio de Valle de Guamuez (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las características técnicas, así:

PUTUMAYO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (mhZ)FRECUENCIA Actual (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANAL
DVALLE DEL GUAMUEZ107.3101.50.25090ASIGNADO

QUINDIO

MONTENEGRO92.1 a 99.7 MHzMemorando No 19651620-DIC-07 (21)

Mediante oficio con Registro número 191491 de fecha 21 de noviembre de 2007, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora, en lo relacionado a la modificación de la frecuencia de operación de la emisora comunitaria asignada en el municipio de Montenegro (Quindío), que opera en la frecuencia 92.1 MHz por recibir interferencias objetables de la emisora asignada en el municipio de Salento (Quindío); la Dirección de Desarrollo del Sector una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, conceptuó que es viable el cambio de la frecuencia de operación de la emisora comunitaria asignada al municipio de Montenegro. (En cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características, así:

QUINDIO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (mhZ)FRECUENCIA Actual (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANAL
DMONTENEGRO92.199.70.20030ASIGNADO

TOLIMA

PIEDRAS94.5 a 107.3 MHzMemorando No 20934712-MAR-08 (22)

Mediante oficio con registro número 207054 de fecha 29 de febrero de 2008, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en lo relacionado a la modificación de la frecuencia de operación de la emisora comunitaria asignada en el municipio de Piedras (Tolima), que opera en la frecuencia 94.5 MHz por recibir interferencias objetables de la emisora comercial asignada en el municipio de Ibagué (Tolima); la Dirección de Desarrollo del Sector una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, conceptuó que es viable el cambio de la frecuencia de operación de la emisora comunitaria asignada al municipio de Piedras (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando las siguientes características, así:

TOLIMA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA Ant. (mhZ)FRECUENCIA Actual (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANAL
DPIEDRAS94.5107.30.20030ASIGNADO

b) Modificación de la diferencia de altura de tres (3) emisoras clase D, así:

ANTIOQUIA

SOPETRAN30 a 195 mMemorando No 22715024-JUN-08 (23)

Mediante oficio con Registro número 222679 de fecha 23 de mayo de 2008, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en lo relacionado a la modificación de la diferencia de altura de la emisora comunitaria “Sopetrán Estéreo” asignada en el municipio de Sopetrán (Antioquia), que opera en la frecuencia 105.4 MHz, por motivo de haberse modificado la diferencia de altura media sobre el nivel del mar, del municipio de Sopetrán, de 725 metros a 660 metros; la Dirección de Desarrollo del Sector una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, conceptuó que es viable la modificación de la diferencia de altura, para la emisora del municipio de Sopetrán (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características, así:

ANTIOQUIA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (mhZ)POTENCIA (Kw)h Anterior (m)h Actual (m)ESTADO CANAL
DSOPETRAN105.40.2003095ASIGNADO

CUNDINAMARCA

VIANI30 a 45 mMemorando No 23128716-JUL-08 (24)

Mediante oficio con Registro número 218210 de fecha 29 de abril de 2008, laDARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora,por motivo del traslado del sistema de transmisión, el cual modifica la diferenciaaltura de 30 a 45 metros de la emisora comunitaria asignada en el municipio de Vianí (Cundinamarca), que opera en la frecuencia 106.4 MHz; la Dirección de Desarrollo del Sector, una vez realizado el estudio de compatibilidad electromagnética y análisis de interferencia, conceptuó que es viable la modificación de la diferencia de altura, para la emisora del municipio de Vianí (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características, así:

CUNDINAMARCA

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (mhZ)POTENCIA (Kw)h Anterior (m)h Actual (m)ESTADO CANAL
DVIANI106.40.2003045ASIGNADO

QUINDIO

QUIMBAYA30 a 55 mMemorando No 02792-OCT-08 (33)

Mediante oficio con Registro número 239688 de fecha 2 de septiembre de 2008, la DARC solicitó actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en lo relacionado a la modificación de la diferencia de altura de la emisora comunitaria asignada en el municipio de Quimbaya (Quindío), que opera en la frecuencia 91.7 MHz, por motivo de haberse modificado la diferencia de altura media sobre el nivel del mar, del municipio de Quimbaya, de 1.339 metros a 1.315 metros, conforme a la Resolución No 2482, que actualizó el numeral 6.0 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora; la Dirección de Desarrollo del Sector, consideró viable la modificación de la diferencia de altura, para la emisora del municipio de Quimbaya, (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características, así:

QUINDIO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (mhZ)POTENCIA (Kw)h Anterior (m)h Actual (m)ESTADO CANAL
DQUIMBAYA91.70.2003055ASIGNADO

Artículo 7o. Se actualiza los numerales 10.2 y 10.3 del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (F. M.) registrando las modificaciones de las frecuencias de operación del enlace entre Estudios y Sistema de Transmisión, de dos (2) estaciones de radiodifusión sonora, mediante los oficios que se citan a continuación, así:

ATLANTICO

POLONUEVO320.7 MHz a L. F.Memorando No 02772-OCT-08 (31)

SANTANDER

GAMBITA309.7 MHz a L. F.Memorando No 02782-OCT-08 (32)

Mediante Oficios radicados con los Registros números 238787 y 238790 de fecha 29 de agosto de 2008, la DARC solicitó la actualización del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora, en lo relacionado a la utilización de la línea física como enlace entre el sistema de transmisión y estudios de la emisora comunitaria clase D, asignada en el municipio de Polonuevo (Atlántico) y Gámbita (Santander); la Dirección de Desarrollo del Sector consideró viable la actualización del PTNRS con la información relacionada al enlace (en cumplimiento al artículo 38 del Decreto 2805 de 2008, que contiene que el Ministerio de. Comunicaciones actualizará mediante resolución de carácter general los Planes Técnicos Nacionales, con el objeto de optimizar la planificación del espectro radioeléctrico atribuido a la radiodifusión sonora) quedando con las siguientes características, así:

ATLANTICO

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANALENLACE Anterior (MHz)ENLACE Actual (MHz)
DPOLONUEVO96.60.10030ASIGNADO320.7L. F.

SANTANDER

CLASE ESTACIONMUNICIPIOFRECUENCIA (mhZ)POTENCIA (Kw)h (m)ESTADO CANALENLACE Anterior (MHz)ENLACE Actual (MHz)
DGAMBITA101.40.20030ASIGNADO309.7L. F.

Artículos 8o, 9o y 10. Trata las disposiciones finales.

El Director de Desarrollo del Sector (E),

WILLIAM PEDRAZA PINEDA.

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