Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN 4805 DE 2009

(diciembre 4)

Diario Oficial No. 47.556 de 7 de diciembre de 2009

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subcuentas de Compensación, Solidaridad y ECAT, vigencia fiscal 2009.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007,

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, mediante Acuerdo 405 de 2008 aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal 2009, el cual fue modificado por el Acuerdo 411 de 2009 y las Resoluciones 1481, 1797, 2051, 3034 y 3875 de 2009.

Que conforme al artículo 3o de la Ley 1122 de 2007, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, mantuvo vigentes las funciones establecidas en la Ley 100 de 1993, hasta la entrada en funcionamiento de la Comisión de Regulación en Salud, CRES.

Que según concepto de la Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública número 2009 ER3111 del 20 de marzo de 2009 “…Una vez tomen posesión de los cargos establecidos en el Decreto 4836 del 24 de diciembre de 2008, los cinco comisionados expertos que conforman la CRES, debe entenderse que la Comisión de Regulación en Salud se encuentra en funcionamiento y regulando el sector, razón por la cual, cesan correlativamente las funciones atribuidas transitoriamente al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CNSSS, independientemente que la CRES cuente para ese momento con estructura, estatutos o planta de personal, para el personal que prestará apoyo a sus labores”.

Que la posesión del último de los comisionados expertos que conforman la CRES, se llevó a cabo el 3 de junio de 2009 en consecuencia, este ente Ministerial asumió las funciones propias del Consejo de Administración del Fosyga a partir del 4 de junio del 2009.

Que el artículo 123 del Decreto 111 de 1996 establece que los recursos que se producen a favor del Fosyga en desarrollo del mecanismo de Compensación y Promoción, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación.

Que conforme al Fallo del Consejo de Estado AP-01252 del 16 de mayo de 2007, Consejero Ponente Alier E. Hernández Enríquez “(…) los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga, en tanto parafiscales, no se encuentran sujetos a apropiación presupuestal en los términos del artículo 29 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, razón por la cual no deben incorporarse al presupuesto para efectos de su ejecución.

Que revisada la ejecución presupuestal a octubre 31 de 2009, se observa en la Subcuenta de Compensación que la ejecución presupuestal de los conceptos de gasto: “Otros Eventos y Fallos de Tutela” presenta valores ejecutados al corte analizado superiores a los promedios estimados a pagar por envíos de Recobros de Medicamentos NO POS y Fallos de Tutela y en consecuencia, se hace necesario adicionar el presupuesto de gastos de este concepto en la cuantía señalada en este acto administrativo.

Que la Dirección General de Gestión de la Demanda en Salud mediante Memorando con Radicado número 13400-356934 del 12 de noviembre de 2009 solicita asignación de recursos por concepto “Subsidio a la Demanda-Régimen Subsidiado” de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga, por valor de $43.000.000.000 (cuarenta y tres mil millones de pesos) para financiar el incremento de la UPC-S en cumplimiento a la Sentencia T-760 de 2008 y el Acuerdo 005 de 2009 de la CRES, para cuya financiación se dispone de $36.500.000.000 (treinta y seis mil quinientos millones de pesos) de aportes del Presupuesto General de la Nación, por lo que se requiere la adición de $6.500.000.000 (seis mil quinientos millones de pesos) de Fondos Especiales.

Que revisada la ejecución presupuestal a octubre 31 de 2009, se observa en las Subcuentas de Compensación, Solidaridad y ECAT que la ejecución presupuestal del concepto de gasto: “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria” para estas Subcuentas, presenta valores ejecutados al corte analizado superiores al promedio estimado lo que se refleja en la facturación presentada por el Consorcio Administrador de los recursos del Fosyga y la proyección al cierre de la vigencia y en consecuencia, se hace necesario adicionar el presupuesto de gastos de este concepto para estas Subcuentas en las cuantías señaladas en este acto administrativo.

Que existen excedentes financieros con corte a 31 de diciembre de 2008 según cálculo efectuado por el Administrador Fiduciario de los Recursos del Fosyga con base en los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2008 por valor total de $1.212.366.452.690.10 de los cuales se han incorporado al presupuesto de la vigencia 2009 $721.444.403.286 siendo posible incorporar al presupuesto de la vigencia 2009 $183.000.000.000, con el fin de financiar los gastos estimados de la Subcuenta Compensación.

Que revisada la ejecución presupuestal de ingresos de la Subcuenta de Solidaridad se observa que existe mayor recaudo al estimado en el concepto de ingreso de la subcuenta de Solidaridad “Rendimientos Financieros Inversiones” que permite financiar las adiciones del gasto en esta subcuenta.

Que para disponer de la apropiación necesaria para el concepto “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria” en la Subcuenta ECAT se requiere efectuar un traslado de recursos del Proyecto “Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito - Subcuenta ECAT del Fosyga”, en la cuantía señalada en este acto administrativo.

Que el Decreto 4877 de 2007 por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2131 de 2003 determina que los recursos de la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito, ECAT, del Fosyga financian los servicios en salud de la población desplazada por la violencia, en los términos del artículo 167 de la Ley 100 de 1993 previo el cumplimiento de los requisitos establecidos y de acuerdo con la disponibilidad de recursos en cada vigencia fiscal. Así mismo determina que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud definirá el monto anual que se destinará para esos fines y los criterios a atender para su distribución y transferencia a los departamentos y distritos por parte del Ministerio de la Protección Social, definición y criterios que se encuentran establecidos en el Acuerdo 405 de 2008, modificado por el Acuerdo 411 de 2009 y las Resoluciones 1481, 1797, 2051, 3034 y 3875 de 2009.

Que la Directora de Promoción Social de este Ministerio, solicitó recursos por $10.000.000.000 (diez mil millones de pesos) para garantizar la atención de la población desplazada no afiliada en lo no cubierto con subsidios a la demanda.

Que de acuerdo al análisis efectuado, se considera necesario efectuar modificaciones al presupuesto del Fosyga aprobado para la Vigencia fiscal 2009, las cuales se fundamentan en el Oficio PPTO-031 recibido del Consorcio Fidufosyga 2005 con el Radicado número 364040 del 18 de noviembre de 2009, en el que se comunica la proyección de ingresos y gastos a 31 de diciembre de 2009 y se proponen los ajustes respectivos y el análisis de la ejecución presupuestal.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar el presupuesto de ingresos y gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fosyga para la vigencia 2009, en los siguientes rubros:

COMPENSACIONVALOR

INGRESOS

Excedentes Financieros vigencia 2008 $183.000.000.000
TOTAL INGRESOS $183.000.000.000
COMPENSACIONVALOR

GASTOS

Otros Eventos y Fallos de Tutela $170.000.000.000
Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria $13.000.000.000
TOTAL GASTOS $183.000.000.000
SOLIDARIDADVALOR

INGRESOS

Rendimientos Financieros Inversiones $7.370.000.000
TOTAL INGRESOS $7.370.000.000
SOLIDARIDAD VALOR

GASTOS

Subsidio a la Demanda -Régimen Subsidiado- Fondos Especiales $6.500.000.000
Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria $870.000.000
TOTAL GASTOS $7.370.000.000

ARTÍCULO 2o. Efectuar un traslado en la Subcuenta ECAT del Fosyga para la vigencia 2009, en los siguientes rubros:

CONTRACREDITO

ECAT VALOR

GASTOS

Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito - Subcuenta ECAT del Fosyga $4.500.000.000
TOTAL GASTOS $4.500.000.000

CREDITO

ECAT VALOR

GASTOS

Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria $4.500.000.000
TOTAL GASTOS $4.500.000.000

ARTÍCULO 3o. Establecer que, de acuerdo a las modificaciones efectuadas, el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal 2009 quedará así:

<CUADRO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN D.O. No. 47.556 de 7 de diciembre de 2009; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

ARTÍCULO 4o. RECURSOS ADICIONALES DE LA SUBCUENTA ECAT PARA FINANCIAR LA ATENCIÓN EN SALUD DE LA POBLACIÓN DESPLAZADA POR LA VIOLENCIA NO AFILIADA SIN CAPACIDAD DE PAGO. Para cofinanciar la atención en salud de la población desplazada por la violencia se destinará del presupuesto aprobado para la subcuenta ECAT en la Ley 1260 de 2008 $10.000.000.000 (diez mil millones de pesos) adicionales a los $26.000.000.000 (veintiséis mil millones de pesos) definidos en el Acuerdo 405 del CNSSS para este fin.

La distribución de estos recursos para adicionar los convenios vigentes, se efectuará con base en la información de la población desplazada de cada entidad territorial, certificada por la Agencia Presidencial para la Acción Social y Cooperación Internacional - Acción Social, el nivel de ejecución de los convenios financiados con recursos de la subcuenta ECAT del Fosyga vigentes y el número de personas afiliadas al Régimen Subsidiado de Salud, identificadas como población desplazada.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Acuerdo 405 de 2008, modificado por el Acuerdo 411 de 2009 y las Resoluciones 1481, 1797, 2051, 3034 y 3875 de 2009.

Publíquese y cúmplase.

4 de diciembre de 2009.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

×
Volver arriba