RESOLUCION 142 DE 1994
(mayo 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1307 de 20 de octubre de 2004>
Por medio de la cual se crea el Comité Coordinador del Sistema de Control Interno en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
EL GERENTE DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA, IDEA,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la resolución 005 de diciembre 22 de 1986, aprobada por el Decreto Departamental 046 de enero 11 de 1989, y
CONSIDERANDO:
A. Que en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA desde el 18 de noviembre de 1992, se implementó el Sistema de Control Interno.
B. Que es necesario velar porque dicho sistema se mantenga y evolucione de acuerdo con el desarrollo del Instituto.
C. Que la Ley 87 del 29 de noviembre de 1993, en su artículo 13, exige la creación de un Comité Coordinador del Sistema de Control Interno.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1307 de 20 de octubre de 2004 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Crear el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno en el Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA.
ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1307 de 20 de octubre de 2004 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> El comité de que trata el artículo anterior, lo conformarán: El Gerente del Instituto, los Directores Técnico, Financiero y de Planeación, el Secretario General y el Auditor General.
ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1307 de 20 de octubre de 2004 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> El comité de que trata el artículo primero, tendrá las siguientes funciones:
1. Mantener y perfeccionar el sistema de control interno.
2. Responder por la aplicación de los métodos y procedimientos, al igual que por la calidad, eficiencia y eficacia del control interno.
3. Implementar los siguientes aspectos que deben orientar la aplicación del control interno, así:
a. Establecimiento de objetivos y metas tanto generales como específicas, así como la formulación de los planes operativos que sean contrarios.
b. Definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos.
c. Adopción de un sistema de organización adecuada para ejecutar los planes.
d. Delimitación precisa de la autoridad y los niveles de responsabilidad.
e. Adopción de normas para la protección y utilización racional de los recursos.
f. Dirección y administración del personal conforme a un sistema de méritos y sanciones.
g. Aplicación de las recomendaciones resultantes de las evaluaciones del control interno.
h. Establecimiento de mecanismos que faciliten el control ciudadano a la gestión de las entidades.
i. Establecimiento de sistemas modernos de información que faciliten la gestión y el control.
j. Organización de métodos confiables para la evaluación de la gestión.
k. Establecimiento de programas de inducción, capacitación y actualización de directivos y demás personal de la entidad.
l. Simplificación y actualización de normas y procedimientos.
ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 1307 de 20 de octubre de 2004 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
CUMPLASE
Dada en Medellín, el diecinueve (19) de mayo de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
El Gerente,
CARLOS ANGEL JARAMILLO
EL Secretario General,
RAFAEL BUSTAMANTE PEREZ
