RESOLUCION 189 DE 1993
(mayo 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 533 de 5 de abril de 2002>
Por medio de la cual se deroga la resolución de Gerencia No. 110 de noviembre 21 de 1986.
EL GERENTE DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA,
en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por la resolución 005 de diciembre 22 de 1986, aprobada por el Decreto Departamental 046 de enero 11 de 1989 y:
CONSIDERANDO QUE:
A. Para el eficiente y ordenado cumplimiento de los programas de archivo y microfilmación es necesario la creación de un Comité que oriente, coordine y asesore su ejecución.
B. Es indispensable aclarar quienes son los miembros del Comité de Archivo y Correspondencia debido al cambio en el organigrama interno de la Institución.
C. Por mandato constitucional las contralorías departamentales ejercerán control posterior sobre los Actos Administrativos, por lo tanto no habrá ningún delegado en el comité de archivo y correspondencia de esa Entidad.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 519 de 5 de abril de 2002 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Según los considerandos anteriores el Comité de Archivo y Microfilmación del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA, quedará integrado así:
- Por el Director Administrativo, quién será su presidente.
- Por el Director Técnico, quién lo presidirá en ausencia del Director Administrativo,
- Por un delegado de la Auditoría Interna del Instituto.
- Por el jefe o funcionario encargado del Archivo cuyos documentos se pretenda microfilmar, el cual solamente asistirá a las reuniones, con voz y voto, cuando se vayan a tratar asuntos relacionados con el archivo bajo su dirección o encargo.
- Por el Supervisor de Archivo.
- Tendrá el carácter de Secretario del Comité, con derecho a voz, el Supervisor de Archivo.
ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 519 de 5 de abril de 2002 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Serán funciones del Comité de Archivo y Microfilmación:
a) Estudiar, y recomendar cuando lo estime conveniente, los programas específicos de microfilmación que presenten los jefes u otros funcionarios del IDEA, o sugerir las modificaciones que considere pertinentes.
b) Conceptuar sobre las consultas que se le formulen en relación con los programas de Microfilmación.
c) Analizar y aconsejar cuando lo crea del caso, los procedimientos que se sometan a su consideración por el Jefe del Programa o los Funcionarios respectivos, en materia de selección y clasificación de los documentos que se pretenda microfilmar.
d) Conceptuar, con base en las disposiciones legales y las necesidades del Instituto, sobre los documentos microfilmados que deban ser conservados, o que puedan ser incinerados o destruidos mediante el procedimiento establecido o que se establezca para este fin.
e) Recomendar el orden de prioridades en la Microfilmación de los documentos existentes en los Archivos del IDEA, con base en el programa general que se adopte.
f) Asesorar al Instituto en la elaboración de los Reglamentos sobre Microfilmación.
g) Evaluar periódicamente la ejecución del programa y formular las recomendaciones que estime del caso.
h) Las demás que se le asignen.
ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 519 de 5 de abril de 2002 del Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA> Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las anteriores que le sean contrarias.
Dada en Medellín, a los diecinueve (19) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres (1993).
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE
CARLOS ANGEL JARAMILLO
El Gerente,
RAFAEL BUSTAMANTE PEREZ
El Director Administrativo
