RESOLUCIÓN SSPD-20211000096695 DE 2021
(abril 19)
Diario Oficial No. 51.651 de 20 de abril de 2021
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS
Por la cual se modifican las Resoluciones números SSPD 20101300043985 del 18 de noviembre de 2010, 20201000057315 y 20201000057305 del 9 de diciembre de 2020.
LA SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,
en ejercicio de las facultades delegadas por el numeral 15 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 8o numeral 18 del Decreto 1369 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución número SSPD 20101300043985 del 18 de noviembre de 2010, la Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios (e.) actualizó y determinó las firmas autorizadas para la correspondencia oficial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Que, por medio de Resolución número SSPD 20201000057315 del 9 de diciembre de 2020 modificada por la Resolución SSPD 20201000057965 del 14 de diciembre de 2020, se autorizó el uso de la firma mecánica en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Que, a través de la Resolución número SSPD 20201000057305 del 9 de diciembre de 2020, la Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios autorizó el uso de la firma digital para los documentos que deban ser suscritos con esta clase de firma bajo las previsiones contenidas en la Ley 527 de 1999.
Que, mediante el artículo 1o de la Resolución número SSPD 20211000012995 del 29 de marzo de 2021, se delegó en la Oficina Asesora Jurídica la facultad de representar judicial y extrajudicialmente a la Superintendencia de Servicios Públicos, lo cual incluye la posibilidad de otorgar poderes especiales y generales para los distintos procesos y procedimientos.
Que, de acuerdo con la facultad delegada, la jefe de la Oficina Asesora Jurídica otorga poder a los apoderados que pertenecen a su dependencia para dar respuesta y atender las tutelas que se reciben en contra de la Superintendencia y atender los procesos de defensa judicial.
Que, los documentos de respuesta a las acciones de tutela deben ser suscritos por los apoderados, con el fin de atender de manera oportuna y eficiente dichas acciones.
Que, bajo las anteriores consideraciones, se hace necesario autorizar la firma de la correspondencia oficial relacionada con los trámites de las acciones de tutela; sea en su modalidad mecánica o digital en el Sistema de Gestión Documental, a los apoderados que tengan la facultad especial o general de atender esta clase de acciones, en nombre de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo segundo de la Resolución número SSPD 20101300043985 del 18 de noviembre de 2010, con el fin de incluir el numeral 2.6 el cual quedará así:
“Artículo 2o. Excepcionalmente, los siguientes colaboradores están autorizados para firmar correspondencia externa:
2.6. Los apoderados de la Oficina Asesora Jurídica que conforme al poder otorgado se encuentren facultados para atender las acciones de tutela en contra de la entidad y atender los procesos de defensa judicial, mientras tengan una relación laboral o contractual con la Superintendencia”.
ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo primero de la Resolución número SSPD 20201000057315 del 9 de diciembre de 2020 y el artículo segundo de la Resolución número SSPD 20201000057305 del 9 de diciembre de 2020, con el fin de incluir dentro de los servidores autorizados para suscribir documentos con firma mecánica o digital según corresponda, a los apoderados de la Oficina Asesora Jurídica que conforme al poder otorgado se encuentren facultados para atender las acciones de tutela en contra de la entidad y atender los procesos de defensa judicial, mientras tengan una relación laboral o contractual con la Superintendencia.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de abril de 2021.
La Superintendente de servicios Públicos Domiciliarios,
Natasha Avendaño García.
Centro Normativo Keralty
n.d.
Última actualización: 30 de diciembre de 2025
