RESOLUCIÓN 1013 DE 2015
(mayo 29)
Diario Oficial No. 49.541 de 12 de junio de 2015
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por medio de la cual se modifica la Resolución 2634 de 2010.
LA VICEMINISTRA GENERAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial de las que le confieren la Ley 1341 de 2009, la Ley 1369 de 2009 y el Decreto 2618 de 2012 y el Decreto 1003 de 2015.
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 17 de la Ley 1341 de 2009, asigna como función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la de definir las políticas y ejercer la gestión, planeación y administración de los servicios postales.
Que el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, señala que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el único autorizado para emitir sellos postales con carácter oficial, para lo cual deberá regirse por la normatividad internacional de la Unión Postal Universal (UPU), que establece las condiciones para tal efecto.
Que el artículo 18 de la Ley 1369 de 2009, en su numeral 3, establece que es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la de reglamentar lo concerniente a la filatelia.
Que según el artículo 19 del Decreto 2618 de 2012, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, establece que es prerrogativa exclusiva del Gobierno de Colombia, como Estado miembro de la Unión Postal Universal, la producción de sellos postales o estampillas en el territorio nacional.
Que en consonancia con las disposiciones contempladas en el Decreto 555 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones expidió la Resolución 2634 de 2010, aprobando de la impresión de Estampillas Operativas.
Que mediante comunicación radicada bajo el número 673882 del 28 de mayo de 2015, Servicios Postales Nacionales, en su calidad de Operador Postal Oficial, solicitó modificación a la Resolución número 2634 de 2010 en el sentido de autorizar la emisión de estampillas operativas para la combinabilidad de su inventario.
Que mediante comunicación radicada bajo el número 674016 del 29 de mayo de 2015, Servicios Postales Nacionales, informa que para utilizar el inventario de estampillas existente requiere estampillas operativas con valor facial de $100, $200, $500, $1.000, $2.000, $5.000, $10.000, y $20.000.
Que de acuerdo a las necesidades manifestadas por el Operador Postal Oficial, la Subdirección de Asuntos Postales encuentra viable la modificación de la Resolución No. 2634 de 2010, en el sentido de autorizar la impresión de “Estampillas Operativas con valores faciales de $100, $200, $500, $1.000, $2.000, $5.000, $10.000, y $20.000 de acuerdo a las necesidades operativas del Operador Postal Oficial,
Por las razones anteriormente expuestas, la Viceministra General, encargada de las funciones del despacho del Ministro,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución número 2634 de 2010, el cual quedará así:
Aprobar la impresión de “Estampillas Operativas con valores faciales de $100, $200, $500, $1.000, $2.000, $5.000, $10.000, y $20.000 de acuerdo a las necesidades operativas de Servicios Postales Nacionales S.A.
ARTÍCULO 2o. Ordénese al Operador Postal Oficial la producción y puesta en circulación de la impresión a la que se refiere el artículo anterior.
ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial informará al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el número de impresiones realizadas y su impacto en la combinabilidad requerida.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
29 de mayo de 2015.
La Viceministra General encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
MARÍA CAROLINA HOYOS TURBAY.