RESOLUCIÓN 2955 DEL 2023
(agosto 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
Diario Oficial No. 52.487 de 14 de agosto de 2023
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
<Vigente para el año 2023>
Por la cual se actualiza el valor de las frecuencias asignadas a canales nacionales de operación privada y a estaciones locales con y sin ánimo de lucro, establecido en las Resoluciones CNTV 429 de 1997 y 111 de 1998, para el año 2023
EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 18, numeral 19, literal d y numeral 24 de la Ley 1341 de 2009, y 5, numeral 7 del Decreto 1064 de 2020, y
CONSIDERANDO QUE:
La extinta Comisión Nacional de Televisión (CNTV) expidió la Resolución 429 de 1997, “Por la cual se fijan las tarifas por asignación y uso de las frecuencias para los canales nacionales de operación privada”. Dicha Resolución estableció el valor de las frecuencias VHF y UHF, así como el esquema de reajuste anual, señalando en su artículo 2 que
“Las tarifas de que trata el artículo anterior serán reajustadas anualmente durante el término de ejecución de los contratos de concesión (...).
El reajuste de las tarifas “no podrá ser inferior al índice de precios del consumidor que certifique el Departamento Nacional de Estadísticas - DANE, anualmente”.
La extinta CNTV expidió la Resolución 111 de 1998, mediante la cual se estableció el valor de las frecuencias VHF y UHF para las Estaciones Locales con y sin ánimo de lucro, así como el esquema de reajuste anual, disponiendo en su artículo 2 que:
“Las tarifas de que trata el artículo anterior serán reajustadas anualmente a partir del 1ro de enero del año siguiente, durante el término de ejecución de la concesión (...)
El reajuste de las tarifas no podrá ser inferior al índice de precios del consumidor que certifique el Departamento Nacional de Estadísticas - DANE, anualmente”
Mediante la Ley 1507 de 2012 se ordenó la liquidación de la Comisión Nacional de Televisión y por disposición de su artículo 21 “LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS Y CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL, JUDICIAL Y ADMINISTRATIVA”, la AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN - ANTV, hoy liquidada, sustituyó a la CNTV en la posición contractual que esta ocupaba en los contratos de concesión y permisos para la prestación del servicio de televisión.
Los artículos 39 y 43 de la Ley 1978 del 25 de julio de 2019 dispusieron la supresión y liquidación de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), así como la sustitución de la posición contractual, judicial y administrativa por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en los contratos de concesión y los permisos para la prestación del servicio de televisión.
El literal d) numeral 19 del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, señala que es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, expedir y administrar las contraprestaciones que le corresponden por Ley.
El numeral 24 del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 14 de la Ley 1978 de 2019, establece que le corresponde al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fijar las tarifas, tasas y
En atención a lo establecido en las Resoluciones CNTV 429 de 1997 y 111 de 1998, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mediante la Resolución 1949 de 2022, actualizó las tarifas para la vigencia 2022 para las frecuencias VHF y UHF, para lo cual tuvo en cuenta el IPC 2021 determinando la tarifa para la frecuencia VHF en $4.432.520 y UHF en $3.989.280.
En cumplimiento de las anteriores disposiciones, es necesario actualizar las tarifas de frecuencias asignadas a canales nacionales de operación privada y para las estaciones locales con y sin ánimo de lucro para el año 2023, conforme lo previsto en las Resoluciones CNTV 429 de 1997 y 111 de 1998, teniendo en cuenta que el IPC para el año 2022 fue de 13,12%(1) para lo cual se aplicará siguiente formula:
a) Actualización valor frecuencias VHF 2023 asignadas a canales nacionales de operación privada y a las estaciones con y sin ánimo de lucro:
De conformidad con lo previsto en la sección 3 del Capítulo 1 de la Resolución MinTIC número 1857 de 2023, las disposiciones de que trata la presente resolución fueron publicadas en el sitio web del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones durante el período comprendido entre el 19 de julio y el 2 de agosto de 2023, con el fin de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas por parte de los ciudadanos y grupos de interés.
Durante el periodo en que fue publicada el texto de la resolución en el sitio web del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, no fueron presentadas opiniones, sugerencias o propuestas alternativas por parte de los ciudadanos o grupos de interés.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. ACTUALIZACIÓN VALOR DE LAS FRECUENCIAS VHF Y UHF AÑO 2023. Actualizar el valor de las frecuencias asignadas a los canales nacionales de operación privada y a las estaciones locales con y sin ánimo de lucro, así:
a) El valor de la frecuencia VHF para el año 2023 corresponde a la suma de cinco millones catorce mil sesenta y siete pesos ($5.014.067).
b) El valor de la frecuencia UHF para el año 2023 corresponde a la suma de cuatro millones quinientos doce mil seiscientos sesenta y cuatro pesos ($4.512.674).
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los once (11) días de agosto de 2023
MAURICIO LIZCANO ARANGO
MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
1. DANE, IPC información técnica (dane.gov.co) Consultado el 25 de enero de 2023.