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RESOLUCIÓN 77 DE 2007

(enero 17)

Diario Oficial No. 46.522 de 25 de enero de 2007

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se adoptan los lineamientos técnicos para el programa de verificadores de las condiciones para la habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el artículo especialmente las conferidas en el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, artículo 2o del Decreto 205 de 2003, artículo 56 de la Ley 715 de 2001 y los Títulos III y IV del Decreto 1011 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al inciso 2o del artículo 20 del Decreto 1011 de 2006, los verificadores de las condiciones para la habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, deben recibir previamente la capacitación y el entrenamiento técnico necesario por parte del Ministerio de la Protección Social o de las entidades departamentales y distritales de salud en convenio con alguna entidad educativa, la cual será responsable de garantizar la calidad de dicho entrenamiento;

Que la Resolución 1043 de 2006, por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los prestadores de servicios de salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención, en el Anexo Técnico No 2 definió los perfiles de verificadores de estándares de habilitación y estableció un plazo máximo de ocho (8) meses, contados a partir de su vigencia para presentar ante la entidad territorial correspondiente, el certificado de entrenamiento a que hace referencia el artículo 20 del Decreto 1011 de 2006;

Que de conformidad con las funciones establecidas en el Decreto 1849 de 1992, el Consejo Nacional para el Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud, a través del Acuerdo 110 del 31 de octubre de 2006, creó un Grupo Consultivo integrado por las Direcciones Generales de Análisis y Política de Recursos Humanos y de Calidad de Servicios del Ministerio de la Protección Social, un delegado de este Organismo ante la Sala de Ciencias de la Salud de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad, Conaces, y la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional, para que conceptúen si los contenidos de los cursos propuestos por las entidades educativas que ofertan la formación de verificadores cumplen con los lineamientos técnicos establecidos para el efecto por el Ministerio de la Protección Social;

Que se requiere garantizar la calidad de la capacitación y entrenamiento para lo cual el Ministerio de la Protección Social ha preparado los lineamientos técnicos para el programa de formación de verificadores del cumplimiento de las condiciones de habilitación;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 2869 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> La presente resolución tiene por objeto adoptar los lineamientos de capacitación y entrenamiento técnico del equipo humano responsable de la verificación del cumplimiento de las condiciones de habilitación, en los siguientes términos:

a) Requisitos de los verificadores de las Entidades Departamentales y Distritales de Salud: Los verificadores de las Entidades Departamentales y Distritales de Salud, deberán cumplir con los lineamientos técnicos del programa de formación de verificadores del cumplimiento de las condiciones de habilitación, contenidas tanto en la presente resolución como en el anexo técnico que hace parte integral de la misma.

b) <Literal derogado por el artículo 1 de la Resolución 3126 de 2016>

ARTÍCULO 2o. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 4883 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> Las personas interesadas en ser verificadores del cumplimiento de las condiciones para la habilitación previstas en el artículo anterior, deben contar con la certificación de capacitación y entrenamiento técnico expedido por las entidades educativas reconocidas por el Estado, que hayan recibido concepto favorable del programa por parte de la Dirección General de Calidad de Servicios o la dependencia que haga sus veces.

PARÁGRAFO 1o. Para emitir el concepto favorable, la Dirección General de Calidad de Servicios contará con el apoyo de la Dirección General de Análisis y Política de Recursos Humanos, quienes conformarán un equipo técnico que se reunirá para verificar los contenidos de los programas propuestos por las instituciones educativas reconocidas por el Estado, para formar verificadores del cumplimiento de las condiciones para la habilitación de prestadores de servicios de salud, quienes deberán cumplir con los lineamientos técnicos previstos en el anexo técnico de la presente resolución.

PARÁGRAFO 2o. Los miembros del equipo técnico serán designados por las Direcciones Generales de Calidad de Servicios y de Análisis y Política de Recursos Humanos del Ministerio de la Protección Social, y de sus recomendaciones se dejará constancia mediante acta.

ARTÍCULO 3o. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 2837 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Los servidores públicos podrán realizar las actividades como verificadores de las condiciones de habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la Atención en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, si reciben capacitación y entrenamiento técnico por una entidad educativa que haya suscrito o suscriba convenios con el Ministerio de Salud y Protección Social o con las entidades departamentales o distritales de salud; lo anterior sin perjuicio de que los servidores públicos puedan obtener la certificación de capacitación y entrenamiento técnico de que trata el artículo 2o de la presente resolución.

ARTÍCULO 4o. <Resolución 1043 de 2006 derogada por el artículo 19 de la Resolución 1441 de 2013> Modifícase el numeral 2.4 del Anexo Técnico No 2 de la Resolución 1043 de 2006, en el sentido de ampliar hasta el 31 de julio del 2007 el plazo máximo de presentación, por parte de los verificadores de las condiciones para la habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud, del certificado de capacitación y entrenamiento técnico para la verificación del cumplimiento de las condiciones para la habilitación otorgados por una entidad educativa reconocida por el Estado.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el numeral 2.4 del Anexo Técnico No 2 de la Resolución 1043 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2007.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

ANEXO TECNICO.

LINEAMIENTOS TECNICOS PARA EL PROGRAMA DE FORMACION DE VERIFICADORES DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE HABILITACION DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD.

Introducción

El Sistema Unico de Habilitación constituye el ingreso al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud, su finalidad es proteger al paciente de la prestación de servicios en condiciones inadecuadas que generen ri esgo para su salud, por lo tanto es vital lograr que quienes desarrollen las actividades de verificación de las condiciones de habilitación se centren en los aspectos críticos esenciales para la protección al paciente y no se distraigan en aspectos secundarios de la evaluación de las instituciones de salud.

No obstante, en ocasiones los verificadores de habilitación no se centran en los aspectos importantes que ocasionan riesgos para el paciente, por lo cual los prestadores se quejan de que se les hace exagerado énfasis en aspectos formales que a veces no están contemplados en los estándares de habilitación.

La normatividad vigente en materia de habilitación ofrece dos (2) mecanismos para evitar la situación anterior y contar con verificadores idóneos y competentes acorde con las exigencias del sistema. Estos mecanismos son:

a) El desarrollo y aplicación del Anexo Técnico 1 de la Resolución 1043 de 2006 en cuanto se ha incluido una nueva columna que hace referencia al modo de verificación de los mencionados estándares de habilitación;

b) En segundo lugar, la implementación del artículo 20 del Decreto 1011 de 2006 que estableció: “Las Entidades Departamentales y Distritales de Salud deben contar con un equipo humano de carácter interdisciplinario, responsable de la administración del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud y de la verificación del cumplimiento de las condiciones para la habilitación, así como de las demás actividades relacionadas con este proceso, de conformidad con los lineamientos, perfiles y experiencia contenidos en el Manual o Instrumento de Procedimientos para Habilitación definido por el Ministerio de la Protección Social.

Todos los verificadores deberán recibir previamente la capacitación y el entrenamiento técnico necesarios por parte del Ministerio de la Protección Social o de las Entidades Departamentales y Distritales de Salud en convenio con alguna entidad educativa la cual será la responsable de garantizar la calidad de dicho entrenamiento”.

Dada la variabilidad en la formación del recurso humano a cargo de la verificación de los estándares de habilitación, el objeto del presente documento es establecer lineamientos básicos para formar verificadores con alta capacidad técnica para cumplir con la intencionalidad de los estándares de habilitación.

Marco conceptual de la capacitación de verificadores

El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad entiende la atención en salud como un proceso que se da en un continuo clínico-administrativo, cuya finalidad es la obtención de resultados en el cliente-paciente; el Decreto 1011, artículo 2o define la atención en salud como: “El conjunto de servicios que se prestan al usuario en el marco de los procesos propios del aseguramiento, así como de las actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se prestan a toda la población” y el artículo 3o características del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud establece que las “acciones que desarrolle el SOGCS se orientarán a la mejora de los resultados de la atención en salud, centrados en el usuario, que van más allá de la verificación de la existencia de estructura o de la documentación de procesos los cuales solo constituyen prerrequisito para alcanzar los mencionados resultados”.

Desde hace tiempo los grandes teóricos de la calidad en salud han identificado el hecho de que en el concepto de calidad en salud está inmerso el balance costo-riesgo-beneficio, y este planteamiento se recoge en el Decreto 1011 artículo 2o, en el cual se define la calidad de la atención en salud como “la provisión de servicios de salud a los usuarios individuales y colectivos de manera accesible y equitativa, a través de un nivel profesional óptimo, teniendo en cuenta el balance entre beneficios, riesgos y costos, con el propósito de lograr la adhesión y satisfacción de dichos usuarios”.

El Sistema Unico de Habilitación es un componente que claramente está dirigido a proteger al paciente de riesgos que se deriven de la prestación de servicios en condiciones inadecuadas, el artículo 6o del Decreto 1011 lo define como: “El conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las EAPB”.

El riesgo de la atención en salud es inherente a nuestro quehacer profesional: las intervenciones de atención de salud se realizan con el propósito de beneficiar a los pacientes, pero también pueden causarles daño. La combinación compleja de procesos, tecnologías e interacciones humanas que constituye el sistema moderno de prestación de atención de salud puede aportar beneficios importantes, sin embargo, también conlleva un riesgo inevitable de que ocurran eventos adversos, y efectivamente, ocurren con demasiada frecuencia, diferentes estudios nacionales e internacionales lo reafirman:

a) El estudio de la práctica médica de Harvard (1991) concluyó que un 4% de los pacientes sufre algún tipo de daño en el hospital; el 70% de los eventos adversos provoca una incapacidad temporal, pero el 14% de los incidentes son mortales;

b) Un informe del Instituto de Medicina de USA (To err is human: building a safer health system) estimó que los “errores médicos” causan entre 44 000 y 98 000 defunciones cada año en los hospitales de los Estados Unidos de América, más que los accidentes de automóvil, el cáncer de mama o el SIDA;

c) En Colombia el Hospital Universitario San Vicente de Paúl de Medellín ha encontrado que hasta el 5.47% de las defunciones podrían considerarse potencialmente evitables y un estudio realizado por profesionales de la Gerencia de Calidad del Seguro Social encontró que el 24.1% de las causas de defunción de la población colombiana se pueden incluir en la categoría de muertes por no letales;

d) El programa “Monitoría del paciente consultador crónico” evidenció que hasta en el 69.1% de las consultas médicas generales de pacientes hiperfrecuentadores se pueden identificar deficiencias en el manejo clínico que incrementan el riesgo para el paciente.

Alcance del documento

Aplica a los programas de capacitación y entrenamiento de verificadores que deseen ser avalados por el Ministerio de la Protección Social o por las Entidades territoriales, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 1011 de 2006.

Este documento solamente define características básicas del entrenamiento del recurso humano competente para cumplir lo establecido en la norma. Se trata de lineamientos de carácter básico y las entidades educativas pueden ir más allá de lo establecido por estos lineamientos.

Los verificadores tienen la formación necesaria para realizar las visitas a IPS del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud y a las IPS de Salud Ocupacional del Sistema de Garantía de Calidad de Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales conforme a la reglamentación que expida el Ministerio de la Protección Social.

Perfil del verificador

El curso busca formar profesionales con las siguientes competencias:

a) Orientación a resultados;

b) Orientación hacia la atención del usuario y el ciudadano;

c) Compromiso con la organización;

d) Aprendizaje continuo;

e) Experticia profesional;

f) Trabajo en equipo y colaboración;

g) Habilidades para la negociación;

h) Habilidad para el manejo de grupos y la coordinación de reuniones;

i) Capacidad en la toma de decisiones;

j) Habilidad en la observación y verificación del cumplimiento de las condiciones de habilitación.

Además que desarrollen valores y principios como los siguientes:

a) Transparencia;

b) Innovación;

c) Prudencia.

Prerrequisitos para la admisión en la capacitación

El grupo objetivo estará constituido por personal de las diferentes profesiones relacionadas con los estándares de habilitación y del Sistema de Garantía de Calidad.

Profesional del área de salud con postgrado en alguna de estas áreas:

a) Calidad en Salud;

b) Auditoría en Salud;

c) Salud Pública;

d) Epidemiología;

e) Seguridad Social;

f) Gerencia Hospitalaria;

g) Administración en Salud o Gerencia de Servicios de Salud;

h) Salud ocupacional o áreas afines con salud ocupacional o riesgos profesionales.

Profesional de Arquitectura o Ingeniería, Contaduría, Administración, Economía o Derecho, con algún postgrado de los definidos anteriormente o en temas relacionados con los objetos de verificación y con experiencia específica en procesos de gestión de calidad en salud, administrativos y/o financieras de entidades del sector.

Cuando no se contare con el recurso formado con las disciplinas mencionadas anteriormente se podrán incluir profesionales del área, convalidando los estudios de postgrado en las áreas relacionadas, con dos años de experie ncia específica según análisis que realizará el Grupo Consultivo del Consejo Nacional para el Desarrollo de los Recursos Humanos en Salud.

Igualmente, los expertos en áreas especializadas y específicas del conocimiento que acompañen al equipo para conceptuar acerca de aspectos puntuales de la atención, no necesitarán estar certificados, aunque es opcional para ellos tomar dicha capacitación.

Metodología

El programa debe desarrollarse con base en metodologías teórico-prácticas con un componente presencial y otro que garantice la efectividad de los resultados en cuanto a la adquisición de las competencias requeridas por los profesionales para la verificación de los requisitos y condiciones de habilitación de los prestadores de servicios de salud definidos en el Decreto número 1011 de 2006.

El programa será calificado por las diferentes entidades educativas y conducirá a la expedición de un certificado como Verificador de Habilitación. La certificación a otorgar será expedida por la entidad educativa de acuerdo a la normatividad vigente sobre el tema con base en el cumplimiento por parte del estudiante de las evaluaciones realizadas, la asistencia mínima y el desempeño en la práctica realizada.

El componente presencial del programa podrá ser apoyado con actividades de tipo virtual, siempre y cuando se garantice una tutoría adecuada a los propósitos del programa y que tenga sistemas de evaluación. El tiempo dedicado por el estudiante a las actividades de tipo virtual no podrá ser contabilizado para efectos de determinar la intensidad horaria del programa ofertado por la entidad educativa.

El programa deberá tener un componente práctico por lo menos en lo relacionado con los estándares de infraestructura, instalaciones físicas, dotación y mantenimiento, medicamentos y dispositivos médicos, gestión de medicamentos, procesos prioritarios e historia clínica-registros asistenciales. La intensidad horaria de este componente no deberá ser inferior al 50% del total de la intensidad horaria del programa.

Deberá entregarse material educativo que represente los contenidos determinados en los lineamientos básicos y sea de utilidad para el desarrollo de las actividades de verificación.

La entidad educativa, dependiendo del perfil de los estudiantes, podrá ofrecer módulos específicos de profundización en temas relacionados con los requisitos establecidos por los estándares de habilitación. Por ejemplo laboratorio clínico, servicios oncológicos, terapias alternativas, etc.

Los contenidos de este curso podrán ser incluidos en el currículum de postgrado de las entidades educativas, sin embargo para que la entidad educativa pueda expedir al egresado el certificado de Verificador de Habilitación, deberá demostrar que el currículo así ajustado cumple con la totalidad de las especificaciones contenidas en estos lineamientos.

Requisitos de la entidad educativa

Adelantar programas de diplomado o postgrado (Especializaciones, Maestrías o Doctorados) en alguna de las siguientes áreas:

a) Calidad en Salud;

b) Auditoría en salud;

c) Salud Pública;

d) Epidemiología;

e) Seguridad Social;

f) Gerencia Hospitalaria;

g) Administración en Salud;

h) Gerencia en Servicios de Salud;

i) Otros relacionados con Gestión en Servicios en Salud;

j) Salud Ocupacional o áreas afines con Salud Ocupacional o Riesgos Profesionales;

k) Higiene y Seguridad Industr ial o en áreas afines con la Higiene y Seguridad Industrial o Ingeniería

Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por el Ministerio de Educación Nacional con una vigencia no mayor de un mes.

Resolución expedida por el Ministerio de Educación del Registro Calificado para Programas de Educación Superior en algunas de las siguientes áreas de postgrado anteriormente mencionadas.

Teniendo en cuenta la transición anotada en el artículo 5o del Decreto 1001 del 2006, se tendrá en cuenta los programas que estén únicamente registrados en el Sistema Nacional de Información para la Educación Superior, SNIES. Las entidades educativas que tengan el registro calificado lo deberán aportar y las demás aclarar que se han acogido a la transición anteriormente señalada.

Contenidos curriculares mínimos

Los programas deben contener los siguientes contenidos curriculares mínimos organizados de acuerdo a los siguientes ítems:

TEMA
CONTENIDOS MÍNIMOSPERFILES
Tema 1:
Sistema Obligatorio
de Garantía de Calidad
de la Atención
en Salud
El concepto moderno de un sistema de calidad en salud.
La política nacional de prestación de servicios de Colombia.
La intencionalidad del SOGCS.
La aproximación sistémica del SOGCS: la atención en salud
se da en un continuo clínico administrativo, cuya finalidad
es la obtención de resultados en el cliente-paciente.
Características del mejoramiento continuo de la calidad
de la atención en salud.
Interrelaciones del Sistema Unico de Habilitación con los
demás componentes del SOGCS.
Enfasis: Definiciones Decreto 1011 de 2006.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional de
la salud
Tema 2:
Normatividad del
SOGCS
Leyes 100 de 1993; 715 de 2001 y 1122 de 2007.
Decreto 1011 de 2006 y normas reglamentarias.
Otras normas relacionadas.
Compatibilidad, convergencias y divergencias con otros
sistemas de calidad.
Enfasis: Contenidos artículo 8° Resolución 1043 de
2006.
Perfil del docente:
Perfil 6: Profesional del
derecho
En conjunto con:
Perfil 1: Profesional de
la salud.
Tema 3:
Marco conceptual
de la Habilitación:
Seguridad del Paciente
La calidad se define a través de una relación costo-riesgo-
beneficio.
El concepto de riesgo en la atención en salud.
La relación sobreutilización-subutilización con el riesgo
de la atención en salud.
Errores de ejecución, errores de planificación.
Estrategias para la prevención del riesgo y su relación
con la habilitación.
La vigilancia de eventos adversos y la prevención del
riesgo.
El análisis causal en la prevención del riesgo en salud.
Enfasis: Estudios internacionales sobre temas del
riesgo, eventos adversos, estudios nacionales sobre el
tema, muertes potencialmente evitables, mortalidad por
no letales y estudios nacionales de consultador crónico
(hiperfrecuentación).
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional de
la salud
Tema 4:
Metodologías para
la Verificación de
las Condiciones de
Habilitación - Identificación
del Riesgo
de la Atención en
Salud
(Genérico)
Entrevista con personal de la institución.
Revisión documental: revisión de indicadores de seguimiento
a riesgos, evaluación del manejo de fichas técnicas
de los mismos, vigilancia de eventos adversos, determinación
de la gestión para el mejoramiento de la calidad
(pruebas-resultados).
Revisión de documentos soportes, análisis de fuentes,
comités técnico científicos.
Recorrido por las instalaciones.
Entrevistas con pacientes.
Procesos de evaluación y seguimiento del cumplimiento
de las características de las acciones del SOGCS (artículo
3° del Decreto 1011).
Normas de bioseguridad.
Aspectos específicos sobre laboratorio clínico, trasplantes,
oncología, medicina alternativa.
Enfasis: Para todos los estándares establecer claramente
la correlación entre métodos de verificación y riesgo de
la atención en salud.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional de
la salud
Tema 5:
Metodologías para
planeación de la visita
de verificación
Preparación.
Alcance.
Revisión de la Inscripción en el Registro Especial de Prestadores
y reporte de visitas de verificación del cumplimiento
de las condiciones y estándares de habilitación.
Definición de líder de la visita y atribuciones de acuerdo
a servicios declarados.
Organización de instrumentos, actas y papeles de trabajo
y documentación de la evidencia.
Determinación de pruebas de auditoría a aplicar.
Notificación al prestador.
Diligenciamiento de instrumentos de verificación.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional de
la salud
Tema 6:
Estándares de habilitación
(Genérico)
Para todos los estándares:
a) Consideraciones generales de cada estándar;
b) Objeto de cada uno de los nueve estándares.
Modalidades de atención a las cuales aplica el estándar:
Intramural (ambulatoria y hospitalaria), extramural (Móvil,
Domiciliaria).
Telemedicina (Centros de Referencia e instituciones de referencia),
Centros de Atención en Drogadicción, CAD.
IPS de Salud Ocupacional: Servicios de atención a las
personas: Medicina Laboral, Psicología Ocupacional,
Ergonomía Ocupacional, Enfermería Ocupacional,
Fonoaudiología Ocupacional, Optometría Ocupacional,
Rehabilitación Profesional.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional de
la salud
Acompañado por un
Perfil 9: Profesional con
formación de postgrado
en salud ocupacional
o áreas afines en salud
ocupacional o riesgos
profesionales para la
capacitación y entrenamiento
sobre el manual
de IPS de Salud Ocupacional
Tema 7:
Recursos Humanos
Acuerdo 003 de 2003 del CNDRHS.
Hojas de vida.
Requisitos legales de formación de profesionales, Especialistas,
técnicos, tecnólogos, auxiliares.
Determinación del número de recurso humano necesario
de acuerdo con la capacidad instalada y la demanda de
atención.
Requisitos de supervisión para personal en entrenamiento.
Formas de vinculación de personal.
Convenios docente-asistenciales.
Exclusividad por servicio, permanencia, disponibilidad.
Entrenamiento certificado.
Personal en servicio social obligatorio.
Recurso humano por servicio.
Enfasis: Técnicas e instrumentos de verificación, específicos
para el estándar.
Perfil del docente:
Perfil 8: Profesional con
experiencia en manejo
de recursos humanos
en una institución de
salud
Puede estar acompañado
por un
Perfil 1: Profesional de
la salud
Tema 8:
Infraestructura
Edificaciones exclusivas para la prestación de servicios,
y servicios que se pueden prestar en ellas.
Suministro de servicios públicos (agua, energía, teléfono,
otros).
Residuos hospitalarios y de prestadores.
Pisos, paredes, techos, muros.
Lavamanos y pocetas.
Instalaciones físicas en servicios extramurales.
Requisitos de áreas específicas por servicio.
Depósitos de cadáveres.
Condiciones de áreas comunes para los servicios que lo
requieren.
Áreas e infraestructura física requerida por servicio.
Estándares para servicios de salud mental y psiquiatría.
Condiciones de las puertas de algunos servicios y ascensores.
Requisitos específicos para algunos servicios como salas
de cirugía, de obstetricia y cuidados intensivos, urgencias,
entre otros.
Habitaciones para pacientes, requisitos de las mismas
para transplantes.
Áreas de circulación, abierta y restringida.
Instalaciones físicas para el manejo de radiaciones ionizantes.
Características de los servicios, de urgencias, consulta
externa, hospitalización, ambulatorios, de rehabilitación,
domiciliarias, extramurales, de promoción y prevención.
Ambulancias.
Instalaciones físicas Profesionales Independientes.
Centros de Atención de Drogadictos, CAD.
IPS de Salud Ocupacional.
Enfasis: Teórico práctico, Riesgo asociado para la atención
en salud del incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 2: Profesional
en arquitectura o ingeniería
Tema 9:
Dotación
Equipos según servicios.
Mantenimiento de equipos biomédicos, hojas de vida de
los equipos.
Qué revisar de los equipos críticos y cómo hacerlo.
Equipos de ambulancias según modalidad.
Licencia para equipo de radiaciones ionizantes, medidas
de radioprotección.
Equipos para atención domiciliaria.
Equipos para centros, unidades de rehabilitación, Centros
de Acondicionamiento Físico, CAF; Centros de Atención
de Drogadictos, CAD; IPS de Salud Ocupacional.
Enfasis: Teórico-práctico, Riesgo asociado para la atención
en salud del incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 3: Profesional
de la salud o ingeniería
biomédica
Tema 10:
Medicamentos y dispositivos
médicos
Normatividad específica sobre la materia.
Adquisición, mantenimiento, suministro, almacenamiento,
preparación y transporte de medicamentos.
Soluciones para preservación de órganos, dispositivos
y reactivos de laboratorio, procesos relacionados con
material radiactivo.
Medicamentos para uso extramural.
Énfasis: Teórico-práctico, Riesgo asociado para la atención
en salud del incumplimiento del estándar
Perfil del docente:
Perfil 4: Químico farmacéutico
Debe estar acompañado
por un
Perfil 1: Profesional de
la salud
Tema 11:
Salud Ocupacional
y Riesgos profesionales
Para los estándares del Manual de IPS de Salud Ocupacional:
Servicio de Atención al ambiente laboral:
Higiene Industrial de campo.
Higiene analítica.
Higiene Industrial de Control.
Seguridad Industrial.
Perfil del docente:
Perfil 10: Profesional
con formación de
postgrado en higiene
y seguridad Industrial
o experiencia de 5
años en higiene y seguridad
industrial
Tema 12:
Procesos prioritarios
Elaboración de guías de atención, protocolos y procesos,
manuales y documentación de los mismos, de acuerdo con
los diferentes servicios, para IPS y profesionales independientes.
Métodos para evaluación de Guías de Práctica Clínica
Programa de control de calidad.
Enfasis: Riesgo asociado para la atención en salud del
incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 13:
Historia Clínica y registros
asistenciales
Normatividad sobre historia clínica, historia clínica ocupacional,
manejo y conocimiento de la misma, formas de
archivo de la historia clínica.
Consentimiento informado, confidencialidad de la misma,
registro de información.
Enfasis: Riesgo asociado para la atención en salud del
incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 14:
Interdependencia de
servicios
Servicios que requieren como condición para su prestación
de otros servicios, identificación y verificación de los
mismos.
Importancia y necesidad de la prestación de servicios que
requieren de interdependencia.
Enfasis: Riesgo asociado para la atención en salud del
incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 15:
Referencia y contrarreferencia
Procesos de referencia y contrarreferencia, flujos de pacientes
según servicio.
Centros de referencia.
Traslado de pacientes, medios de comunicación.
Enfasis: Riesgo asociado para la atención en salud del
incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 16:
Condiciones de suficiencia
patrimonial
y financiera
Requisitos legales de existencia y representación legal
Suficiencia patrimonial y financiera.
Condiciones técnico-administrativas.
Sistema contable.
Enfasis: Riesgo asociado para la atención en salud del
incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 5: Profesional
de las ciencias contables,
económicas o
administrativas
Tema 17:
Otros temas particulares
Ambulancia y traslado de pacientes.
Estándares de Telemedicina.
Estándares de CAD.
Estándares de CAF.
Enfasis: Riesgo asociado para la atención en salud del
incumplimiento del estándar.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 18:
Decisiones de habilitación
Procedimientos: notificación a prestadores de servicios de
salud, diligenciamiento de instrumentos de verificación,
elaboración de actas, notificación del informe y acciones
conductuales derivadas del informe.
Decisiones: suspensión temporal o definitiva de servicios,
imposición de sellos.
Teoría de negociación aplicada a la habilitación.
Proceso sancionatorio: Investigación preliminar.
Elaboración de acta de suspensión temporal o definitiva de
servicios si hay lugar a ello.
Retiro del distintivo de habilitación.
Enfasis: Decisión de habilitación del servicio asociada al
análisis de riesgos.
Perfil del docente:
Perfil 6: Profesional
del derecho
Tema 19:
Verificación de otros
componentes del
S.O.G.C.S: Sistema
de Información para
la Calidad
Sistema de Información para la Calidad: Indicadores de monitorización,
indicadores de seguimiento a riesgo, vigilancia
de eventos adversos trazadores.
Circular 075 de 2005 o la norma que la adicione o sustituya.
Indicadores del manual de IPS de Salud Ocupacional.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 20:
Verificación de otros
componentes del
S.O.G.C.S: Auditoría
para el Mejoramiento
de la Calidad de la
Atención en Salud
Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad: Autoevaluación,
métodos de priorización de procesos, determinación de
calidad esperada, metodologías para la evaluación de calidad
observada, formulación de planes de mejora y acciones de
mejoramiento.
Aprendizaje organizacional.
Estandarización de procesos.
Normas Generales de Auditoría.
Técnicas de Inspección y Verificación.
Desarrollo de Papeles de Trabajo.
Soporte de la Evidencia y Diseño de Informes.
Perfil del docente:
Perfil 1: Profesional
de la salud
Tema 21:
Ética en la habilitación
Principios de la bioética.
Aplicación a la habilitación.
Transparencia.
Imparcialidad y discreción.
Compromiso con la organización.
Experticia profesional.
Trabajo en equipo y colaboración.
Toma de decisiones.
Perfil del docente:
Perfil 7: Profesional
de las ciencias de la
salud o humanidades

Perfil del equipo docente

El equipo docente deberá estar constituido por los siguientes perfiles:

Perfil 1

Formación Académica

Profesional en áreas de la salud.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas de calidad de la atención en salud.

Perfil 2

Formación Académica

Profesional en Arquitectura o Ingeniería.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas de construcción o mantenimiento de hospitales.

Perfil 3

Formación Académica

Profesional en áreas de la Salud o Ingeniería Biomédica.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas relacionados en el manejo de equipos biomédicos.

Perfil 4

Formación Académica

Profesional en Química Farmacéutica.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas relacionados en el manejo de medicamentos y dispositivos médicos.

Perfil 5

Formación Académica

Profesional en Contabilidad o Administración o Economía.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas contables o financieros relaci onados con empresas del sector de la salud.

Perfil 6

Formación Académica

Profesional en Derecho.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con habilitación o auditoría de servicios de salud o vigilancia, inspección y control de prestadores de servicios de salud.

Perfil 7

Formación Académica

Profesional en Ciencias de la Salud o Humanidades.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con bioética o ética aplicada a los servicios de salud.

Perfil 8

Formación Académica

Profesional en Ciencias de la Salud o Administración.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Profesional con experiencia en manejo de recursos humanos en una institución de salud.

Perfil 9

Formación Académica

Profesional de las Ciencias de la Salud con formación de postgrado en Salud Ocupacional.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Profesional con experiencia en manejo Salud Ocupacional en una institución de salud.

Perfil 10

Formación Académica

Profesional con formación de postgrado en Higiene y Seguridad Industrial.

Experiencia General

Mínimo dos (2) años en temas relacionados con el objeto del área a tratar.

Experiencia Específica

Profesional con experiencia en Manejo, Higiene y Seguridad Industrial en una institución de salud o experiencia de 5 años en Higiene y Seguridad Industrial.

BIBLIOGRAFIA

Debe ofrecerse como mínimo:

1. Acceso a literatura científica de calidad en salud.

2. Acceso al menos a una publicación periódica sobre temas de calidad en salud internacional.

3. Acceso al menos a una publicación periódica nacional que aborde con regularidad temas de calidad en salud.

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