Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN 4848 DE 2008

(noviembre 28)

Diario Oficial No. 47.201 de 12 de diciembre de 2008

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Por la cual se ajusta la distribución de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga - Subproyecto Subsidio a la Demanda- Régimen Subsidiado para ampliación de cobertura de la Resolución 1031 de 2008.

EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,

en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto 205 de 2003, en el artículo 3o del Acuerdo 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud,

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdos 383 y 397 de 2008 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga para la vigencia fiscal de 2008, destinándose $287.866.982.905,03 para ampliación de cobertura en cumplimiento del Fallo de Consejo de Estado con fecha de ejecutoria del 12 de noviembre de 2007;

Que mediante Acuerdo 377 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, se establecieron los criterios de aplicación de los excedentes financieros de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía-FOSYGA para darle cumplimiento al fallo de segunda instancia de la Sección Tercera del Consejo de Estado, de fecha del 16 de mayo de 2007 y auto aclaratorio del 1o de noviembre de 2007, ejecutoriado el 12 del mismo mes y año, proferido dentro de la acción popular instaurada por el señor Luis Fanor Martínez Peñaranda contra la Nación - Ministerio de la Protección Social y otros;

Que mediante el citado Acuerdo 377, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud determinó que los excedentes financieros de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga con corte a treinta y uno (31) de diciembre de 2007 calculados en $1.370.773.970.571,71, se aplicarán para la ampliación de cobertura en el régimen subsidiado en la presente vigencia mediante la afiliación de 2.232.468 personas correspondientes a los niveles I y II del Sisbén no afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud, garantizando la sostenibilidad de la afiliación de la población beneficiaria de dichos recursos por el período de contratación que comprende los años 2008, 2009 y 2010. Para el año 2008 el costo será del orden de $287.866.982.905,03 que equivalen aproximadamente al 21% de los excedentes financieros, en el año 2009 el costo será del orden de $606.305.439.394,58, que equivalen aproximadamente al 44% y en el año 2010, será del orden de $476.601.548.272,10 que equivalen aproximadamente al 35% de los excedentes financieros del Fosyga;

Que el mismo Acuerdo 377 determinó que con el fin de alcanzar la cobertura universal en los términos del Plan Nacional de Desarrollo y la Ley 1122 de 2007, universalidad a la que también hizo referencia el fallo del Consejo de Estado, se requiere contar con los recursos de todas las fuentes de financiación previstas para ello, que es con lo que se garantiza la universalidad y la sostenibilidad como desarrollo del principio constitucional de garantizar la continuidad en la prestación del servicio público de salud, entre los cuales se encuentran los recursos de cofinanciación de las entidades territoriales y los establecidos en el Sistema General de Participaciones. Por tanto, la cifra estimada de ampliación de cobertura de 2.232.468 personas para el presente año, se verá incrementada acorde con los recursos de cofinanciación que efectivamente asignen las entidades territoriales y los establecidos en el Sistema General de Participaciones para Salud;

Que el artículo 3o del Acuerdo 384 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establece que el Ministerio de la Protección Social distribuirá mediante resolución los recursos destinados para la ampliación de cobertura del Régimen Subsidiado, de conformidad con los criterios establecidos entre otros, en el Acuerdo 384;

Que mediante Resolución 1031 de 2008 se distribuyeron recursos para la ampliación de cobertura teniendo en cuenta un valor de UPC-S adicional de $8.468 a partir del mes de abril de 2008;

Que mediante Acuerdo 395 de 2008, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud fijó el ajuste adicional de UPC-S, el cual es aplicable a partir del 1o de octubre de 2008;

Que conforme lo anterior se requiere realizar un ajuste en la asignación de los recursos del Fosyga realizada mediante Resolución 1031 de 2008;

Que la presente asignación se encuentra amparada por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal: 055 de fecha 17 de marzo de 2008, correspondiente a la vigencia 2008 y la autorización para comprometer recursos con cargo al presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga, Subcuenta de Solidaridad, para las Vigencias Fiscales de 2009 y 2010 por los conceptos Proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación al Régimen Subsidiado y Proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación al Régimen Subsidiado - Subsidio a la Demanda Régimen Subsidiado - Fondos Especiales, de fecha 14 de febrero de 2008, expedido por la Directora General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Ajustar la asignación de los recursos del Fosyga realizada mediante Resolución 1031 de 2008 para la ampliación de cobertura de la vigencia 2008, liberando recursos por valor de $3.502.727.915.00 de la asignación para el año 2008, que corresponden a la diferencia entre la UPC-S asignada y la establecida mediante Acuerdo 395 de 2008, quedando la asignación para la vigencia 2008, así:

-- Valor asignado en la Resolución 1031 de 2008: $142.106.210.427.30

-- Valor a liberar: $3.502.727.915.00

-- Valor total ajustando UPC-S del Acuerdo 395 de 2008: $138.603.482.512.30

La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por concepto de UPC-S adicional por entidad territorial se presenta en el Anexo, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. Ajustar la asignación realizada mediante Resolución 1031 de 2008 para la ampliación de cobertura de la vigencia 2008, liberando recursos por valor de $1.186.962.944.07 de la asignación para el año 2009, que corresponden a la diferencia entre la UPC-S asignada y la establecida mediante Acuerdo 395 de 2008, quedando la asignación para la vigencia 2009, así:

-- Valor asignado en la Resolución número 1031 de 2008: $199.536.066.934.65

-- Valor a liberar: $1.186.962.944.07

-- Valor total ajustando UPC-S del Acuerdo número 395 de 2008: $198.349.103.990.58

La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por concepto de UPC-S adicional por entidad territorial se presenta en el Anexo, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 3o. Ajustar la asignación realizada mediante Resolución número 1031 de 2008 para la ampliación de cobertura de la vigencia 2008, liberando recursos por valor de $706.365.188.09 de la asignación para el año 2010, que corresponden a la diferencia entre la UPC-S asignada y la establecida mediante Acuerdo número 395 de 2008, quedando la asignación para la vigencia 2010, así:

-- Valor asignado en la Resolución número 1031 de 2008: $156.850.313.815.66

-- Valor a liberar: $706.365.188.09

-- Valor total ajustando UPC-S del Acuerdo número 395 de 2008: $156.143.948.627.57

La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por concepto de UPC-S adicional por entidad territorial se presenta en el Anexo, que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 4o. Las entidades territoriales realizaran los ajustes presupuestales correspondientes de conformidad con las normas vigentes.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de noviembre de 2008.

El Ministro de la Protección Social,

DIEGO PALACIO BETANCOURT.

×
Volver arriba