RESOLUCIÓN 5374 DE 2009
(diciembre 23)
Diario Oficial No. 47.572 de 23 de diciembre de 2009
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL
Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga, Subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción, vigencia fiscal 2009.
EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 29 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 y el parágrafo 4o del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, mediante Acuerdo 405 de 2008 aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga para la vigencia fiscal 2009, el cual fue modificado por el Acuerdo 411 de 2009 y las Resoluciones 1481, 1797, 2051, 3034, 3875 y 4805 de 2009.
Que conforme al artículo 3o de la Ley 1122 de 2007, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, mantuvo vigentes las funciones establecidas en la Ley 100 de 1993, hasta la entrada en funcionamiento de la Comisión de Regulación en Salud, CRES.
Que según concepto de la Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública número 2009 ER3111 del 20 de marzo de 2009 “…Una vez tomen posesión de los cargos establecidos en el Decreto 4836 del 24 de diciembre de 2008, los cinco comisionados expertos que conforman la CRES, debe entenderse que la Comisión de Regulación en Salud se encuentra en funcionamiento y regulando el sector, razón por la cual, cesan correlativamente las funciones atribuidas transitoriamente al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud CNSSS, independientemente que la CRES cuente para ese momento con estructura, estatutos o planta de personal, para el personal que prestará apoyo a sus labores”.
Que la posesión del último de los comisionados expertos que conforman la CRES, se llevó a cabo el 3 de junio de 2009 en consecuencia, este ente Ministerial asumió las funciones propias del Consejo de Administración del Fosyga a partir del 4 de junio del 2009.
Que el artículo 123 del Decreto 111 de 1996 establece que los recursos que se producen a favor del Fosyga en desarrollo del mecanismo de Compensación y Promoción, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación.
Que conforme al Fallo del Consejo de Estado AP-01252 del 16 de mayo de 2007, Consejero Ponente Alier E. Hernández Enríquez “(…) los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga, en tanto parafiscales, no se encuentran sujetos a apropiación por la cual no deben incorporarse al presupuesto para efectos de su ejecución.
Que mediante Resolución número 5119 del 16 de diciembre de 2009, el Ministerio de la Protección Social efectuó un traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio para la vigencia 2009, del Proyecto “Ampliación renovación de la afiliación del Régimen Subsidiado - Subcuenta de Solidaridad Fosyga”, rubro presupuestal 630 - 304 - 7 - recurso 10 - Aportes del Presupuesto Nacional al Proyecto “Implementación Pago Enfermedades de Alto Costo - Previo Concepto DNP - Nacional”, rubro presupuestal 630 – 304 - 26, de acuerdo a lo concertado con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y aprobación de la Dirección del Presupuesto Público Nacional de dicho Ministerio, por valor de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000), traslado que debe ser incorporado en el Presupuesto del Fosyga para la vigencia 2009.
Que mediante Resolución número 5153 del 17 de diciembre de 2009, el Ministerio de la Protección Social efectuó un traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio para la vigencia 2009, del Proyecto “Ampliación renovación de la afiliación del Régimen Subsidiado - Subcuenta de Solidaridad Fosyga”, rubro presupuestal 630 - 304 - 7 - recurso 10 - Aportes del Presupuesto Nacional al Proyecto “Implementación Pago Enfermedades de Alto Costo - Previo Concepto DNP - Nacional”, rubro presupuestal 630 – 304 - 26, de acuerdo a lo concertado con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y aprobación de la Dirección del Presupuesto Público Nacional de dicho Ministerio por valor de quince mil millones de pesos ($15.000.000.000), traslado que debe ser incorporado en el Presupuesto del Fosyga para la vigencia 2009.
Que por lo anterior, se requiere ajustar los Aportes del Presupuesto Nacional asignados al Fosyga para la vigencia fiscal 2009 por lo que se deben efectuar unos traslados en el Presupuesto Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Solidaridad y Promoción.
Que el Ministerio de Salud (hoy Ministerio de la Protección Social) suscribió con la Unión Temporal BDO el Contrato de Consultoría número 170 de 2002 con el objeto de: “Realizar la auditoría especializada, incluyendo entre otras, las áreas de gestión, financiera de sistemas y de portafolio, al Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga - del Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS– conformado por las subcuentas de Compensación, Solidaridad, Promoción y Prevención y Seguro de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito – ECAT. En el marco de lo establecido en la Ley 100 de 1993, el Decreto 1283 de 1996 y demás normas legales vigentes sobre la materia. En ejercicio de la auditoría especializada, realizar la interventoría al Contrato de Encargo Fiduciario número 255 de 2000, mediante el cual se administran los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SGSSS”.
Que el parágrafo 1o de la Cláusula Tercera del Contrato 170 de 2002 establece: “El contratista facturara el Servicio cada mes calendario, para los años 2003 a 2005 el Ministerio cancelará la cuenta dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la correspondiente factura con los requisitos de la ley, previa certificación expedida por la interventoría del contrato, en el año 2006, el primer pago se efectuará previa presentación de un informe final y el segundo, como resultado del proceso de liquidación a satisfacción del Contrato de Encargo Fiduciario número 255 de 2000”.
Que la Unión Temporal BDO mediante Factura 162 de diciembre de 2006, presentó al Ministerio de la Protección Social el cobro del valor correspondiente al segundo pago conforme a lo establecido en el parágrafo 1o de la Cláusula Tercera del Contrato 170 de 2002 por valor de $174.000.000.
Que al no haber sido liquidado a 31 de diciembre de 2006 el Contrato de Encargo Fiduciario número 255 de 2000, no era procedente el pago a la Unión Temporal BDO, por lo que el Ministerio de la Protección Social constituyó Reserva de Apropiación al cierre de la vigencia fiscal 2006 por este valor.
Que en el Informe Final de Interventoría del Contrato 170 de 2002 los Interventores manifiestan en este sentido: “… está pendiente de pago la suma de $174.000.000, que conforme al parágrafo 1o de la Cláusula Tercera del Contrato primigenio, está sujeta a la liquidación del Contrato de Encargo Fiduciario número 255 de 2000”.
Que la Reserva de Apropiación constituida a 31 de diciembre de 2006 se financió por las Subcuentas del Fosyga con el Presupuesto de Gastos para la vigencia Fiscal 2006 del concepto “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria”, por los siguientes valores:
Subcuenta | Valor $ |
COMPENSACION | 80,040,000.00 |
SOLIDARIDAD | 53,940,000.00 |
PROMOCION | 15,660,000.00 |
SUBTOTAL | 149,640,000.00 |
ECAT | 24,360,000.00 |
TOTAL | 174,000,000.00 |
Que una vez liquidado el Contrato de Encargo Fiduciario número 255 de 2000, es procedente tramitar el pago a la Unión Temporal BDO por el saldo de $174.000.000, conforme a lo establecido en el Parágrafo Primero de la Cláusula Tercera del Contrato 170 de 2002.
Que los recursos del proyecto “Mejoramiento de la Red Nacional de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito - Subcuenta ECAT Fosyga” recurso 16 - Fondos Especiales, hacen parte del Presupuesto General de la Nación y para que proceda el pago de vigencias expiradas con estos recursos es necesario surtir previamente solicitud de aprobación ante la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, trámite que se encuentra en curso, razón por la cual procede el trámite del pago correspondiente a las otras Subcuentas del Fosyga.
Que para proceder al pago a la Unión Temporal BDO excluyendo el valor correspondiente a la Subcuenta ECAT, se requiere efectuar un traslado en el Presupuesto de Gastos del Fosyga para la vigencia 2009 en las Subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del concepto “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria” al concepto “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria - Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas”, en las cuantías señaladas en este acto administrativo.
Que mediante oficio recibido del Consorcio Fidufosyga 2005 con Radicado número 398546 del 21 de diciembre de 2009, el Consorcio informa que se requiere adelantar traslados en el Presupuesto de Gastos del Fosyga para la vigencia 2009, de acuerdo con la ejecución presupuestal a la fecha y las proyecciones para el segundo proceso de compensación del mes de diciembre de 2009, según las cuales se presenta déficit para el proceso de compensación en la Subcuenta de Compensación concepto “Régimen Especial Madres Comunitarias incluido el núcleo familiar” por valor de $7.755.214.666; en la Subcuenta de Solidaridad concepto “Subsidio a la Demanda - Atención en Salud Régimen Especial Madres Comunitarias - Rendimientos Financieros” por valor de $1.915.310.715 y en la Subcuenta de Promoción concepto “Déficit de Madres Comunitarias - Rendimientos Financieros” por valor de $224.739.225.
Que para disponer de la apropiación necesaria para el segundo proceso de compensación del mes de diciembre de 2009, se requiere realizar traslado de recursos de los rubros, que de acuerdo con la ejecución presupuestal con corte a 21 de diciembre de 2009 y a las proyecciones recibidas del Consorcio Fidufosyga 2005 presentan saldos disponibles, por los siguientes valores: Subcuenta de Compensación, concepto “Déficit Proceso de Compensación-Fosyga” por $218.307.919.298, Subcuenta de Solidaridad, concepto “Subsidio a la Demanda - Atención en Salud Régimen Especial Madres Comunitarias”, por $2.000.557.422 y la subcuenta Promoción, concepto “Programas de Promoción y Prevención EPS - Déficit Proceso de Compensación – Fosyga”, por valor de $69.985.052.498.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Efectuar un traslado en el presupuesto Ingresos del Fosyga para la Vigencia 2009 del concepto “Deuda Nación - Otros Recursos con Situación de Fondos” de la Subcuenta de Solidaridad al Concepto “Otros Recursos Con Situación de Fondos - Transferencia para la Subcuenta de Promoción” de la misma subcuenta. Así mismo trasladar en el presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Solidaridad, del concepto “Ampliación Renovación del Régimen Subsidiado Subcuenta de Solidaridad Fosyga- Aportes de la Nación” al Concepto “Transferencia para Subcuenta de Promoción - Implementación Pago Enfermedades de Alto Costo - Previo Concepto DNP- Nacional - Aportes de la Nación”.
SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD | $ |
INGRESOS |
CONTRACREDITO
Deuda Nación - Otros Recursos Con Situación de Fondos | 25,000,000,000.00 |
TOTAL CONTRACREDITO | 25,000,000,000.00 |
CREDITO
Otros Recursos con Situación de Fondos - Transferencia para la Subcuenta de Promoción | 25,000,000,000.00 |
TOTAL CREDITO | 25,000,000,000.00 |
GASTOS
CONTRACREDITO
Ampliación Renovación del Régimen Subsidiado Subcuenta de Solidaridad Fosyga- Aportes de la Nación | 25,000,000,000.00 |
TOTAL CONTRACREDITO | 25,000,000,000.00 |
CREDITO
Transferencia para Subcuenta de Promoción - Implementación Pago Enfermedades de Alto Costo - Previo Concepto DNP - Nacional - Aportes de la Nación. | 25,000,000,000.00 |
TOTAL CREDITO | 25,000,000,000.00 |
ARTÍCULO 2o. Con base en el artículo anterior, adicionar la trasferencia de la Subcuenta de Solidaridad en el presupuesto de ingresos y gastos de la Subcuenta de Promoción del Fosyga en el concepto “Transferencia de la Subcuenta de Solidaridad - Otros Recursos con Situación de Fondos” y en el concepto “Implementación Pago Enfermedades de Alto Costo - Previo Concepto DNP - Nacional - Transferencia Subcuenta de Solidaridad -Aportes de La Nación” respectivamente, así:
SUBCUENTA DE PROMOCION | $ |
INGRESOS
Transferencia de la Subcuenta de Solidaridad - Otros Recursos con Situación de Fondos | 25,000,000,000.00 |
TOTAL INGRESOS | 25,000,000,000.00 |
SUBCUENTA DE PROMOCION
GASTOS
Implementación pago Enfermedades de Alto Costo - Previo Concepto DNP - Nacional - Transferencia Subcuenta de Solidaridad - Aportes de la Nación | 25,000,000,000.00 |
TOTAL GASTOS | 25,000,000,000.00 |
ARTÍCULO 3o. Efectuar traslado en las Subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción del Fosyga del rubro “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria” del presupuesto de gastos del Fosyga de la vigencia 2009 al rubro “Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria - Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas” por los siguientes valores:
SUBCUENTA DE COMPENSACION | $ |
CONTRACREDITO |
SUBCUENTA DE COMPENSANCION
Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria | 80,040,000.00 |
TOTAL CONTRACREDITO | 80,040,000.00 |
CREDITO
SUBCUENTA DE COMPENSANCION
Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria - Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas | 80,040,000.00 |
TOTAL CREDITO | 80,040,000.00 |
SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD | $ |
CONTRACREDITO
SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD
Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria | 53,940,000.00 |
TOTAL CONTRACREDITO | 53,940,000.00 |
CREDITO
SUBCUENTA DE SOLIDARIDAD
Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria - Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas | 53,940,000.00 |
TOTAL CREDITO | 53,940,000.00 |
SUBCUENTA DE PROMOCION | $ |
CONTRACREDITO
SUBCUENTA DE PROMOCION
Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria | 15,660,000.00 |
TOTAL CONTRACREDITO | 15,660,000.00 |
CREDITO
SUBCUENTA DE PROMOCION
Apoyo Técnico Auditoría y Remuneración Fiduciaria - Pasivos Exigibles - Vigencias Expiradas | 15,660,000.00 |
TOTAL CREDITO | 15,660,000.00 |
ARTÍCULO 4o. Efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos del Fosyga, Subcuentas de Compensación, Solidaridad y Promoción para la vigencia 2009, en los siguientes conceptos:
CONTRACREDITO
COMPENSACION | VALOR $ |
Déficit Proceso de Compensación – Fosyga | 7.760.000.000.00 |
SOLIDARIDAD
Subsidio a la Demanda - Atención en Salud Régimen Especial Madres Comunitarias | 1.920.000.000.00 |
PROMOCION
Programas de Promoción y Prevención EPS - Déficit Proceso de Compensación – Fosyga | 225.000.000.00 |
TOTAL CONTRACREDITO | 9,905,000,000.00 |
CREDITO
COMPENSACION | VALOR $ |
Régimen Especial Madres Comunitarias incluido el Núcleo Familiar | 7.760.000.000.00 |
SOLIDARIDAD | $ |
Subsidio a la Demanda - Atención en Salud Déficit Madres Comunitarias – Rendimientos Financieros | 1.920.000.000.00 |
PROMOCION
Déficit Madres Comunitarias – Rendimientos Financieros | 225.000.000.00 |
TOTAL CREDITO | 9,905,000,000.00 |
ARTÍCULO 5o. Establecer que, de acuerdo a las modificaciones efectuadas, el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía – Fosyga para la vigencia fiscal 2009 quedará así:
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ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente el Acuerdo 405 de 2008, modificado por el Acuerdo 411 de 2009 y las Resoluciones 1481, 1797, 2051, 3034, 3875 y 4805 de 2009.
Publíquese y cúmplase.
23 de diciembre de 2009.
El Ministro de la Protección Social,
DIEGO PALACIO BETANCOURT.