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RESOLUCIÓN DE JUNTA DIRECTIVA 12 DE 2024

(diciembre 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA

Por medio de la cual se modifican parcialmente los miembros del Comité de Crédito y la denominación de las instancias de aprobación contenidas en la resolución de Junta Directiva 0025-2023

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PARA EL DESARROLLO DE ANTIOQUIA - IDEA-,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en la ley 489 de 1998 y los estatutos adoptados mediante Resolución de la Junta Directiva No. 006 de 2014 y,

CONSIDERANDO QUE

1. La Resolución de Junta Directiva No. 006 de 2014 por medio de la cual se reforman los Estatutos para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, establece lo siguiente:

“Artículo Tercero. Objeto. El objeto del IDEA es cooperar en el fomento económico, cultural y social, · mediante la prestación de servicios de crédito y garantía, y eventualmente de otros, en favor de obras de servicio público que se adelanten en el país, de preferencia las de índole Regional, las de interés común de varios municipios y /as de carácter municipal.

También podrá prestar servicios de financiación, garantía y los demás servicios financieros a los Departamentos y sus Entes Descentralizados.

El Instituto, por excepción, podrá extender sus servicios al fomento de obras en empresas públicas o privadas, que estén destinadas a la prestación de un servicio público, o tiendan a satisfacer una necesidad básica de la comunidad, que sea de especial importancia para el desarrollo de Antioquia”

2. Dentro de las facultades establecidas a la Junta Directiva en el artículo décimo tercero de la Resolución No. 006 de 2014, se encuentra la siguiente:

“5. Crear, modificar y suprimir comités que se requieran para garantizar el buen funcionamiento de la entidad y la ejecución de las diferentes actividades que se deban cumplir en atención al objeto social.

(...)

17. Fijar políticas generales de colocación y captación de recursos del crédito y las normas generales en materia de garantías admisibles por el Instituto.”

3. Mediante Resolución de Junta Directiva 0025 del 7 de noviembre de 2023 se modificaron las instancias de decisión relacionadas con los créditos otorgados por el IDEA, derogando especialmente las disposiciones contenidas en el artículo 19 de la Resolución de Gerencia No. 0567 del 14 de noviembre de 2018 y en el numeral 3.13 del Manual del Sistema de Administración de Riesgo de Crédito-SARC.

4. La Resolución de Junta Directiva 0025 del 7 de noviembre de 2023 en su artículo segundo, establece que para los municipios de categorías 4, 5 y 6, la instancia competente para decidir sobre la solicitud de nuevos créditos y modificaciones a los contratos vigentes cuando el Cliente se encuentre al día se definirá tomando en cuenta la categoría del respectivo Municipio y el LMA, de la siguiente manera:

Instancia/MunicipiosCategoría 6Categorías 4 y 5
Comité de Crédito presidido por el Gerente Comercial y de Fomento0 – 4.0000 – 8.000
Comité de Crédito presidido por el Gerente General4.001 – 10.0008.001 – 15.000
Junta Directiva>10.000>15.0090

5. El Gerente General del IDEA, mediante Resolución 20230863 del 15 de noviembre de 2023, integró y reguló los comités que intervienen en el otorgamiento de créditos, atendiendo a una delegación realizada por la Junta Directiva del IDEA en Resolución No. 0006 del 19 de mayo de 2023.

6. La Resolución 20230863 del 15 de noviembre de 2023 señala en su artículo primero, los miembros que integran el Comité de Crédito para la aprobación de operaciones de crédito, contemplando como miembro con voz y voto a el/la Gerente Comercial y de Fomento. Adicionalmente, el artículo tercero establece las funciones del Comité de Crédito presidido por el Gerente Comercial y de Fomento.

7. La Junta Directiva del IDEA, no considera adecuado que el Gerente Comercial y de Fomento tenga voto en la toma de decisiones sobre el otorgamiento de créditos, en razón a su función de gestionar las actividades comerciales y colocación al cliente externo en torno al portafolio de servicios del IDEA.

8. Dentro de la estructura del IDEA se contempla el cargo de Gerente del nivel directivo perteneciente a la Gerencia de Riesgos que dentro de sus funciones tiene “Participar en los diversos Comités del Instituto.”

9. El respectivo análisis fue realizado en sesión de Junta Directiva No. 19 de fecha 25 de noviembre de 2024, donde se aprobó la modificación al artículo segundo de la Resolución de Junta Directiva 0025 de 2023, y la modificación a la integración del Comité de Crédito contenido en Resolución 20230863 del· 15 de noviembre de 2023.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo segundo de la Resolución de Junta Directiva 0025 del 7 de noviembre de 2023, el cual quedará así:

“ARTÍCULO SEGUNDO. Para los municipios de categorías 4, 5 y 6, la instancia competente para decidir sobre la solicitud de nuevos créditos y modificaciones a los contratos vigentes, cuando el Cliente se encuentre al día, se definirá tomando en cuenta la categoría del respectivo Municipio y el LMA, de la siguiente manera:

Instancia/MunicipiosCategoría 6Categorías 4 y 5
Comité de Crédito presidido por el/la Gerente de Riesgos0 – 4.0000 – 8.000
Comité de Crédito presidido por el/la Gerente General4.001 – 10.0008.001 – 15.000
Junta Directiva>10.000>15.0090

PARÁGRAFO PRIMERO. Cuando la instancia competente sea el Comité presidido por el/la Gerente de Riesgos, este o el Director de Crédito y Cartera, de acuerdo con las condiciones financieras del respectivo municipio, considerando factores de nivel de endeudamiento, · suficiencia de fuentes de pagos, garantías y situación fiscal del municipio, podrán determinar la necesidad de que la solicitud individual de crédito sea aprobada por el Comité de Crédito presidido por el Gerente General.

PARÁGRAFO SEGUNDO. Cuando la aprobación sea de competencia de la Junta Directiva, tendrá recomendación y análisis previo por parle del Comité de Crédito presidido por el Gerente General. En todo caso, la Junta podrá apartarse de la recomendación de dicho Comité.”

ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo primero de la Resolución 20230863 del 15 de noviembre de 2023, el cual quedará así:

“ARTÍCULO PRIMERO. COMITÉ DE CRÉDITO. Integrar un comité de crédito para la aprobación de operaciones de crédito de conformidad con las atribuciones correspondientes a las normas y políticas vigentes en la Entidad, el cual estará conformado de la siguiente forma:

Con voz y voto:

- El/La Gerente General, quien lo presidirá cuando se requiera por el Límite

Máximo de Atribuciones,

- El/la Gerente de Riesgos, quien lo presidirá cuando se requiera por el Límite

Máximo de Atribuciones,

- El/La Director(a) de Portafolio de Inversiones,

- El/La Director(a) de Crédito y Cartera,

- El/La Director(a) Jurídico(a).

Con voz y sin voto:

- El/la Gerente Comercial y de Fomento, quien presentará los asuntos que se

someten a consideración;

- El/La Jefe de la Oficina de Control Interno,

PARÁGRAFO: Para la aprobación de operaciones de crédito de conformidad con las atribuciones correspondientes a /as normas y políticas vigentes en la Entidad, en cuanto al Límite Máximo de Atribuciones, cuando el Comité de Crédito sea presidido por el/la Gerente de Riesgos, el/la Gerente General y el/la Director(a) Jurídico(a) podrán participar con voz y sin voto en la respectiva sesión.

ARTÍCULO TECERO. Modificar el artículo tercero de la Resolución 20230863 del 15 de noviembre de 2023 en cuanto a la denominación de quien preside el comité, el cual quedará así: “FUNCIONES DEL COMITÉ DE CRÉDITO PRESIDIDO POR EL/LA GERENTE DE RIESGOS”

PARÁGRAFO. Si en algún acto administrativo, documento o contrato se establece una función al Comité de Crédito Presidido por el Gerente Comercial y de Fomento, deberá entenderse que ésta corresponde al Comité de Crédito Presidido por el/la Gerente de Riesgos.

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Medellín, el 2 de diciembre de 2024

BEATRIZ URIBE BOTERO

Presidente - Miembro particular

ALEJANDRA MARÍA ZAPATA HOYOS

Secretario

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Compilación Jurídica de IDEA
ISBN : [978-628-95511-1-2]
Última actualización: 
Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA - DRA © 2025

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