RESOLUCIÓN 386 DE 2020
(febrero 26)
Diario Oficial No. 51.247 de 5 de marzo 2020
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se aprueba la Emisión Filatélica “Conmemoración de los 100 años de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias”.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009 y demás normas concordantes, y
CONSIDERANDO QUE:
De conformidad con el inciso 3 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es el encargado de fijar las políticas, directrices y lineamientos que reglamentan la prestación del servicio filatélico, así como el fomento de la cultura filatélica, a través de los sellos y los productos filatélicos.
Mediante la Circular Informativa número 01 del 14 de marzo de 2011, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones estableció los criterios de aprobación para la emisión de estampillas y marcas postales.
De conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre otras, recomendar la emisión de estampillas al despacho del Ministro.
De acuerdo con el numeral 8 del artículo 16 del Decreto número 1414 de 2017, es función de la Subdirección de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre otras, definir e implementar procesos y procedimientos, para la emisión y custodia de estampillas, que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa como miembro de la Unión Postal Universal.
I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD
El 24 de enero de 2020, a través de la comunicación radicada bajo el número 201003691, el Serenísimo Gran Maestro de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias, solicitó a este Ministerio una emisión filatélica conmemorativa por los 100 años de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias.
En la citada comunicación se indicó que la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias, es una organización iniciática y filantrópica que cumplió sus 100 años el 1 de enero de 2020; así mismo se expresó que, entre sus miembros durante este centenario, se encuentran próceres de la Independencia de la Nueva Granada, expresidentes y personas que se han destacado como ciudadanos ejemplares en la dirección política, cultural y social.
Al respecto, la señora Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones informó al peticionario que la solicitud sería atendida favorablemente, cuya emisión hace parte del plan anual 2020.
II. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Frente a la solicitud de emisión de estampilla presentada por el Serenísimo Gran Maestro de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias, el Subdirector de Asuntos Postales emitió concepto favorable toda vez que cumple con lo señalado en la Circular Informativa número 01 del 14 de marzo de 2011 y recomendó su aprobación en los siguientes términos:
(…) De manera atenta y previa revisión de la comunicación citada en la referencia, en la que se solicita la emisión filatélica que busca conmemorar los 100 años de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias, se procede a emitir concepto favorable, toda vez que se ajusta a los criterios de aprobación establecidos en la Circular Informativa número 01 del 14 de marzo de 2011, expedida por la Subdirección de Asuntos Postales de este Ministerio.
Lo anterior por tratarse de una emisión que conmemora el centenario de una organización que tiene carácter filantrópico y que fomenta la información y el conocimiento en la sociedad (…)”.
La Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias, constituida por la Asamblea Masónica Nacional el 1 de enero de 1920, es una de las potencias francmasónicas regulares de Colombia, cuyo objetivo es la búsqueda de la verdad a través del estudio filosófico de la conducta humana, la moral universal, las ciencias y las artes, basados en la libertad, igualdad y fraternidad, que se ha destacado por ser un cuerpo defensor de la regularidad masónica y por mantener de forma permanente relaciones fraternales con la mayoría de las grandes logias regulares del mundo.
Por tanto, resulta procedente resaltar la importancia de Gran Logia Nacional de Colombia con sede en Cartagena de Indias, a través de una emisión filatélica conmemorativa en sus 100 años de esfuerzo y aportes a las humanidades y al conocimiento de la sociedad, así como por tratarse de una organización que tiene carácter filantrópico.
De acuerdo con lo anterior, se encuentra que la solicitud de emisión se ajusta y cumple con los presupuestos de legalidad y pertinencia, que conforme a lo previsto en el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 3o de la Ley 1437 de 2011, que rigen la función y las actuaciones administrativas, por tal razón el Ministerio de TIC atenderá favorablemente la misma, en procura de la efectividad de la actuación administrativa.
Por las razones anteriormente expuestas, es procedente la aprobación de la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 100 años de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en la ciudad de Cartagena de Indias”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los 100 años de la Serenísima Gran Logia Nacional de Colombia con sede en la ciudad de Cartagena de Indias”.
ARTÍCULO 2o. Autorícese al Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S.A. 4-72, la producción de estampillas de que trata el artículo 1o de esta resolución, en la vigencia del 2020, en la cantidad y valor facial que será determinado de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. El Operador Postal Oficial Servicios Postales Nacionales S.A. 4-72, pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla aprobada.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2020.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Sylvia Constaín.