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NOTA EXTERNA 5215 DE 2012

(diciembre 14)

Diario Oficial No. 48.648 de 18 de diciembre de 2012

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

<NOTA DE VIGENCIA: Nota derogada, a partir del 1 de marzo de 2022, por el artículo 18 de la Resolución 2262 de 2021>

PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD Y DEMÁS ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR Y ADMINISTRADOR FIDUCIARIO DEL FOSYGA
DE: DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE LA PROTECCIÓN SOCIAL OFICINA DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
ASUNTO: APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 2o DE LA RESOLUCIÓN 609 DE 2012, PARA EL PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN DE CONCILIACIÓN DE RECURSOS CUENTAS MAESTRAS Y DEL PROCESO DE GIRO Y COMPENSACIÓN DE QUE TRATA EL DECRETO 4023 DE 2011, QUE MODIFICA LA NOTA EXTERNA 4024 DEL 1o DE OCTUBRE DE 2012.
FECHA:

En virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 4023 de 2011 y el artículo 2o de la Resolución 609 de 2012, a continuación se señalan las estructuras de datos para el envío de información de la conciliación de recursos y el proceso de Giro y Compensación.

Para la presentación de los Procesos de Giro y Compensación en el marco del Decreto 2280 de 2004 según establece el artículo 28 del Decreto 4023 de 2011, las EPS-EOC deberán utilizar la estructura y formularios definidas en la Resolución 056 de 2006 y Circular 102 de 2004 o las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

Las siguientes estructuras serán adoptadas por las EPS-EOC y el Administrador Fiduciario a partir del 1o de mayo de 2013 bajo los siguientes parámetros:

La información en medio magnético debe cumplir con las siguientes especificaciones:

1. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS

-- Archivos en formato ASCII delimitados por comas.

-- Los campos de tipo fecha deben tener el formato (dd/mm/aaaa) por ejemplo, el 01 de mayo de 2013 quedará 01/05/2013. Para el caso de los nombres de los archivos que contienen fechas no debe contener slash (/).

-- Los valores numéricos deben generarse sin ningún tipo de máscara. (Sin separación de miles y no deben contener decimales).

-- Los datos alfabéticos deben ser enviados en mayúsculas.

-- Cuando el dato no lleve valor (blanco), se debe incluir el campo separado por comas (,,).

-- Ningún dato en los campos debe venir encerrado entre comillas (“”), ni ningún otro carácter especial.

-- Las longitudes contenidas en los cuadros de este anexo técnico, se deben entender como el tamaño máximo permitido para el campo.

-- Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con cero ni espacios, especialmente en los campos número de identificación, apellidos y nombres.

2. ESTRUCTURAS DE DATOS

2.1 ESTRUCTURA DE DATOS PARA HABILITAR O SALDAR CUENTAS MAESTRAS DE RECAUDO Y PAGOS DE LAS COTIZACIONES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Nombre del archivo: CUENTASCODENTIDADDDMMAAAA.TXT

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Carácter
2Tipo de movimiento1 = Habilitar

2 = Saldar
1Numérico
3Destinación de la cuenta1 = Cuenta Maestra de recaudo de cotizaciones en salud

2 = Cuenta Maestra de recaudo de cotizaciones en salud (SGP)

3 = Cuenta Maestra de Pagos
1Numérico
4Tipo de cuenta1 = Corriente

2 = Ahorros
1Numérico
5Número de cuentaNúmero de cuenta asignado por el banco o entidad financiera a las cuentas destinadas para el recaudo de las cotizaciones del SGSSS.20Carácter
6Código entidad bancariaEs el código de la entidad bancaria, asignado por la Superintendencia Bancaria que incluye el código de la sucursal.10Carácter
7Código departamentoCódigo del departamento (según DANE) donde se encuentra registrada la cuenta.2Carácter
8Código municipioCódigo del municipio (según DANE) donde se encuentra registrada la cuenta.3Carácter
9Nombre denominaciónLa denominación de la cuenta a utilizar será:

CMRC Recaudo Fosyga – Nombre de la EPS abreviado

CMRC Recaudo SGP – Nombre de la EPS abreviado

Cuenta Maestra de Pagos – Nombre de la EPS-EOC
255Carácter

Nota:

a) Para los casos en que se habiliten las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones se debe anexar certificación de la entidad financiera y copia del convenio suscrito con la entidad financiera.

b) Para los casos en que se saldan las cuentas de recaudo se debe anexar la certificación de la entidad financiera en que se señale que la cuenta tiene saldo cero.

c) Por cada cuenta la EPS-EOC debe registrar la información en la estructura de datos y reportarla al Administrador Fiduciario del Fosyga.

d) El administrador fiduciario de los recursos del Fosyga entregará el resultado de cierre o apertura de las cuentas, en un término de dos (2) días a partir de la presentación de la solicitud por parte de la EPS.

e) Desde el momento de la apertura y entrada en operación de las cuentas maestras de recaudo, las novedades a las mismas deberán ser presentadas por la EPS-EOC ante el administrador de los recursos del Fosyga únicamente durante los primeros diez (10) días de cada mes. Estas novedades afectarán el recaudo de cotizaciones en salud a partir del primer día hábil del mes siguiente.

f) Una vez efectuado cualquier cambio en las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones, la EPS-EOC deberá adelantar las gestiones correspondientes para que estas queden debidamente registradas en el Anexo 6 del Banco de la República y en el botón de pagos seguros en línea – PSE. Cuando se trate de la cuenta maestra de recaudo de SGP, adicionalmente, deberá adelantar las gestiones necesarias ante la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social para el respectivo registro en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF.

2.2 ESTRUCTURA DE DATOS ARCHIVO DE AFILIADOS COTIZANTES (Archivo ACX)

<Ver Notas de Vigencia>

Nombre del archivo: ACX4023CODENTIDADDDMMAAAA.TXT

El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la siguiente estructura de datos:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Carácter
2Fecha del Proceso de Giro y CompensaciónEspecifica la fecha en que el Fosyga efectúa el proceso de Compensación. (dd/mm/aaaa)10Carácter
3Periodo compensadoCorresponde al mes del año compensado: (mm/aaaa)7Carácter
4Tipo de Documento del cotizanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
5Número documento del cotizanteNúmero de documento16Carácter
6Tipo de CotizanteCorresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Numérico
7Tipo de Documento del aportanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
8Número documento del aportanteNúmero de documento20Carácter
9Ingreso base de cotizaciónEs el dato reportado en la planilla de autoliquidación de aportes. Sin decimales y de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente. 15Numérico
10Total días cotizadosIgual o menor a 30 y son los reportados por cada aportante y período. 2Numérico
11Valor de la cotizaciónCorresponde al valor de la cotización del período.15Numérico
12Fecha de la consignación de los aportesDebe corresponder a la fecha de consignación de aportes. (dd/mm/aaaa).10Carácter
13Código del Operador de InformaciónIdentificación del Operador de Información2Numérico
14Número de Planilla de LiquidaciónNúmero de la planilla de liquidación de aportes15Numérico
15Registro CompensadoCorresponde a la marcación de aprobación de compensación del registro. Para garantizar la trazabilidad se mantendrá la marcación (2=No) hasta la aprobación de la compensación del registro.

1 = Sí

2 = No
1Numérico
16Código de glosas para registros con inconsistencia De acuerdo con la codificación definida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Corresponderá a 6 caracteres por glosa. En caso de existir más de una glosa en el mismo registro se separará con un delimitador punto y coma (;).
60Alfanumérico
17Total días compensadosCorresponden a los días reconocidos por el Fosyga, los cuales serán iguales o inferiores a los días cotizados. Estos no podrán superar 30 días de reconocimiento. 2Numérico
18Grupo de EdadCorresponde al código de grupo de Edad del afiliado compensado según el acto administrativo que defina esta estructura. 2Numérico
19Zona GeográficaCorresponde a la zona en que se ubica el afiliado compensado, según el acto administrativo que defina estructura.

1=Zona Normal

2=Zona Especial

3=Zona Grandes ciudades y municipios Conurbados
1Numérico
20UPC ReconocidaValor de la UPC aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC7Numérico
21Provisión de IncapacidadesValor de la provisión de incapacidades por enfermedad general aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC6Numérico
22Valor Fondo Promoción y PrevenciónValor destinado para el fondo de promoción y prevención aprobado por el Fosyga para el registro compensado6Numérico
23Valor UPC Promoción y PrevenciónValor de la UPC por promoción y prevención aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC6Numérico
24Valor de Cotización Subcuenta de SolidaridadValor que corresponde al porcentaje de la cotización que se destina a la Subcuenta de Solidaridad6Numérico
25Serial BDUASerial asignado en BDUA al cotizante 16Numérico
26Serial HASerial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes16Alfanumérico

Nota: La siguiente instrucción aplica únicamente para las cotizaciones que se encuentren como saldos no compensados SNC en el Fosyga y cuyo complemento de la cotización (4% u 8.5%) es recaudado en la cuenta maestra de recaudo de SGP de la EPS-EOC.

EPS-EOC: El complemento de la cotización (4% u 8.5%) recaudado en la cuenta maestra de recaudo de SGP deberá trasladarse por la EPS-EOC al Fosyga como SNC. Ubicados ambos recursos como SNC en el Fosyga, la EPS-EOC procederá a la compensación de dichos recursos en el marco del Decreto 2280 de 2004.

Este procedimiento aplica como medida de transición para las cotizaciones mencionadas anteriormente hasta el 30 de abril de 2013. De igual forma los recursos del 8.5% que se reciban durante el mes de mayo de 2013 que correspondan a periodos anteriores, deberán trasladarse al Fosyga como SNC. La compensación de estos recursos se efectuará según el artículo 28 del Decreto 4023 de 2011.

La compensación de los recursos del SGP se efectuará según los aportes del 4 y 8.5% que se recauden en la cuenta maestra de recaudo de SGP, los valores de SGP (8.5%) se aplicarán para cada periodo por aportante hasta agotar los mismos y según el orden en que se relacionen los cotizantes en la planilla integrada de liquidación de aportes PILA.

<Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> El formulario de aceptación establecido en la Resolución 609 de 2012 se entregará en las fechas establecidas por parte del Fosyga a las EPS-EOC por cada cuenta maestra de recaudo de cotizaciones en salud, la aceptación del proceso de compensación por parte de la EPS-EOC se realizará en ambos formularios según sea el caso.

Compensación de afiliados con cargo a recursos del SGP

Para las cotizaciones que se encuentren como saldos no compensados SNC en el Fosyga y cuyo complemento de la cotización (4% u 8.5%), es recaudado en la cuenta maestra de recaudo de SGP de la EPS-EOC a partir del mes de octubre de 2013, la EPS-EOC deberá trasladar al Fosyga estas cotizaciones como SNC. Ubicados ambos recursos como SNC en el Fosyga, la EPS-EOC procederá a la compensación de dichos recursos en el marco del Decreto número 2280 de 2004.

Este procedimiento aplica como medida de transición hasta tanto la cotización del 4% y 8.5% para el mismo periodo, se haya recaudado en la cuenta maestra de recaudo de SGP de la EPS-EOC.

2.3 ESTRUCTURA DE DATOS ARCHIVO DE AFILIADOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIOS ADICIONALES (Archivo ABX)

<Ver Notas de Vigencia>

Nombre del Archivo: ABX4023CODENTIDADDDMMAAAA.TXT

El Fosyga entregará los resultados de la compensación de acuerdo con la siguiente estructura de datos:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Carácter
2Fecha del Proceso de Giro y CompensaciónEspecifica la fecha en que el Fosyga efectúa el proceso de Compensación. (dd/mm/aaaa)10Carácter
3Período compensadoCorresponde al mes del año compensado: (mm/aaaa)7Carácter
4Tipo de Documento del cotizante principalCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
5Número documento del cotizante principalNúmero de documento16Carácter
6Tipo de Documento del beneficiarioCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
7Número documento del beneficiarioNúmero de documento16Carácter
8Tipo de afiliadoCorresponden al tipo de afiliado establecido en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.

B=Beneficiario

A=Adicional
1Carácter
9Parentesco con cotizante principalCorresponden a los tipos de parentesco establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.1Numérico
10Total días compensadosCorresponden en proporción a los días reconocidos por el Fosyga al cotizante principal asociado a este beneficiario. Estos no podrán superar 30 días de reconocimiento.2Numérico
11Valor del aporte por UPC adicionalCorresponde al valor (en pesos) de la UPC adicional pagada, para el caso en que el tipo de afiliado = A. En caso contrario será cero ($0)15Numérico
12Fecha de la consignación de la UPC adicionalDebe corresponder a la fecha de consignación de aportes por UPC adicional. En formato (dd/mm/aaaa).10Carácter
13Código del Operador de InformaciónIdentificación del Operador de Información

Aplica para el recaudo de UPC Adicionales
2Numérico
14Número de la Planilla de Liquidación de aportesAplica para el recaudo de UPC Adicionales15Numérico
15Registro CompensadoCorresponde a la marcación de aprobación de compensación del registro. Para garantizar la trazabilidad se mantendrá la marcación (2=No) hasta la aprobación de la compensación del registro.

1 = Sí

2 = No
1Numérico
16 Código de glosas para registros con inconsistencia De acuerdo con la codificación definida por el Ministerio de Salud y Protección Social

Corresponderá a 6 caracteres por glosa. En caso de existir más de una glosa en el mismo registro se separará con un delimitador punto y coma (;).
60Alfanumérico
17Grupo de edadCorresponde al código de grupo de Edad del afiliado compensado según el acto administrativo que defina esta estructura. 2Numérico
18Zona GeográficaCorresponde a la zona en que se ubica el afiliado compensado, según el acto administrativo que defina esta estructura.

1=Zona Normal

2=Zona Especial

3=Zona Grandes ciudades y municipios Conurbados
2Numérico
19UPC ReconocidaValor de la UPC aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC7Numérico
20Valor UPC Promoción y PrevenciónValor de la UPC por promoción y prevención aprobada por el Fosyga para el registro compensado y reconocida a la EPS-EOC7Numérico
21Valor UPC Adicional a favor del Fosyga. Corresponde al valor que de acuerdo al marco legal se debe girar a la Subcuenta de Compensación.7Numérico
22Valor de Solidaridad UPC Adicional a favor del Fosyga.Corresponde al valor que de acuerdo al marco legal la EPS-EOC debe girar a la Subcuenta de Solidaridad del Fosyga.7Numérico
23Serial BDUASerial asignado en BDUA al afiliado beneficiario o beneficiario adicional.16Numérico
24Serial HASerial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes, será asignado para los beneficiarios adicionales.16Numérico

2.4 ESTRUCTURA DE DATOS CONCILIACIÓN DE CUENTAS MAESTRAS DE RECAUDO DE COTIZACIONES

CuentaNombre del archivo
Conciliación cuenta maestra de recaudo1CONCILIACODENTIDADDDMMAAAA.TXT
Conciliación cuenta maestra de recaudo SGP2CONCILIACODENTIDADDDMMAAAA.TXT

El Fosyga entregará los resultados de la conciliación de las cuentas maestras de recaudo de acuerdo con la siguiente estructura de datos:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Carácter
2Número de la cuenta de recaudoCorresponde al número de cuenta maestra donde se recaudó la cotización15Numérico
3Fecha del Proceso de Giro y CompensaciónEspecifica la fecha en que el Fosyga efectúa el proceso de Compensación. (dd/mm/aaaa)10Carácter
4Periodo compensadoCorresponde al mes del año que se compensado: (mm/aaaa)7Carácter
5Tipo de afiliadoCorresponden al tipo de afiliado:

B=Beneficiario C=Cotizante <Ajuste efectuado mediante Nota Externa 33210254873 de 2013>

A=Adicional
1Carácter
6Tipo de Documento del cotizanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
7Número documento del cotizanteNúmero de documento16Carácter
8Tipo de CotizanteCorresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Numérico
9Tipo de Documento del aportanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
10Número documento del aportanteNúmero de documento20Carácter
11Fecha de la consignación de los aportesDebe corresponder a la fecha de consignación o de transferencia de aportes a la cuenta maestra de recaudo. (dd/mm/aaaa).10Carácter
12Valor de la cotizaciónCorresponde al valor de la cotización del período.15Numérico
13Número de Planilla de LiquidaciónNúmero de la planilla de liquidación de aportes 15Numérico
14Código del Operador de InformaciónIdentificación del Operador de Información2Numérico
15Registro CompensadoCorresponde a la marcación de aprobación de compensación del registro. Para garantizar la trazabilidad se mantendrá la marcación (2=No) hasta la aprobación de la compensación del registro.

1 = Sí

2 = No

3 = Periodo de cotización futuro <Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013>

4 =Registro no conciliado PILA-Financiero <Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013>

5= Recaudo no incluido en procesos de compensación <Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013>

Cuando se registre la opción 4, los campos 5 al 9 y 17 de esta estructura serán reportados por el Fosyga como vacío. <Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013>
1Numérico
16Devolución de Aportes o Transferencia entre cuentas maestras de recaudo Marcación del registro de la cotización del mes según los siguientes casos se efectúen dentro del mismo periodo al que corresponde la conciliación:

1=Devolución de aportes

2=Transferencia entre cuentas de recaudo

3=Corrección de registro aprobado en la compensación <Texto eliminado por la Nota Externa 33210254873 de 2013>
1Numérico
17Serial Histórico de Aportes – HASerial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes.16Numérico

Notas:

1. El administrador fiduciario de los recursos del Fosyga entregará esta estructura de datos a la EPS-EOC el primer (1) día hábil del mes siguiente a que corresponda la conciliación, y de forma separada para cada una de las dos (2) cuentas maestras que administra. El giro al Fosyga de las cotizaciones no compensadas de la cuenta maestra de recaudo, se efectuará el mismo día de entrega de la conciliación mensual por parte del administrador fiduciario a las EPS-EOC.

2. No existirá traslado de recursos al Fosyga de la cuenta maestra de recaudo del Sistema General de Participaciones, por concepto de cotizaciones no compensadas.

3. La información de las transferencias entre cuentas maestras señaladas en el campo 16 opción 2 de esta estructura, se reportará por parte del administrador fiduciario de los recursos del Fosyga en el campo 4.8 del “Formulario de Conciliación Mensual Cuentas Maestras de Recaudo” de la Resolución 609 de 2012 o la norma que la modifique, derogue o sustituya.

4. Para la conciliación agregada de que trata el artículo 29 del Decreto 4023 de 2011 y la Resolución 609 de 2012, las EPS-EOC presentarán ante el Fosyga antes del último día hábil del mes en que inicie el nuevo proceso de compensación, el formulario definido para tal fin.

<Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:>  

La EPS-EOC deberá efectuar al Fosyga el giro de los recursos no compensados con corte al último día hábil del mes anterior al inicio del proceso de compensación Decreto número 4023-2011, a más tardar el 5o día hábil del mes de inicio de la compensación Decreto número 4023-2011. El giro de los recursos de saldos no compensados - SNC se realizará con los soportes y estructuras definidas en la Resolución 3221 de 2007 y en la Circular 096 de 2007, estos recursos serán compensados en el marco del Decreto número 2280 de 2004 según establece el artículo 28 del Decreto número 4023 de 2011, las EPS-EOC deberán utilizar la estructura y formularios definidas en la Resolución 056 de 2006 y Circular 102 de 2004 o las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

El giro al Fosyga de las cotizaciones no compensadas correspondientes al campo 4.9 del formulario de conciliación mensual de la cuenta maestra de recaudo se efectuará únicamente a la Subcuenta de Compensación del Fosyga. Una vez efectuado el proceso de compensación de estos recursos se distribuirán en las demás Subcuentas.

La apropiación de rendimientos financieros será autorizada por el Fosyga una vez el formulario de conciliación mensual de cuentas de recaudo haya sido aceptado por parte de la EPS-EOC, esta apropiación se efectuará sobre la totalidad de los rendimientos financieros generados por las dos (2) cuentas maestra de recaudo que administra la EPS-EOC.

El giro de las cotizaciones sin compensar de la cuenta maestra de recaudo se girará al Fosyga con la entrega de la conciliación mensual, el primer día hábil del mes siguiente.

2.5 ESTRUCTURA DE DATOS PARA CORRECCIÓN DE REGISTROS COMPENSADOS

Nombre del Archivo: COR4023CODENTIDADDDMMAAAA.TXT

Aplica para cotizantes y beneficiarios.

La EPS-EOC entregará al Fosyga en la fecha definida en el artículo 19 del Decreto 4023 de 2011 diligenciado la totalidad de los campos de acuerdo con la siguiente estructura de datos, así mismo el administrador fiduciario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes entregará a la EPS-EOC los resultados de la validación de este proceso:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.

Campo informativo no sujeto a corrección
6Carácter
2Periodo a compensarCorresponde al mes del año que se va a compensar: (mm/aaaa)

Campo informativo no sujeto a corrección
7Carácter
3Tipo de Documento del afiliadoCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.

Campo informativo no sujeto a corrección
2Carácter
4Número documento del afiliadoNúmero de documento

Campo informativo no sujeto a corrección
16Carácter
5Tipo de afiliadoCorresponden al tipo de afiliado:

C=Cotizante

B=Beneficiario

A=Adicional

Corresponden a los tipos de afiliado establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
2Numérico
6Tipo de Documento del aportanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
7Número documento del aportanteNúmero de documento20Carácter
8Ingreso base de cotizaciónEs el dato reportado en la planilla de autoliquidación de aportes. Sin decimales y de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente. 15Numérico
9Total días cotizadosIgual o menor a 30 y son los reportados por cada aportante y período. 2Numérico
10Total días compensadosCorresponden en proporción a los días cotizados sin que supere los 30 días de reconocimiento. 2Numérico
11Valor de la cotizaciónCorresponde al valor de la cotización del período.

En caso de corresponder a un afiliado adicional se registrará el valor recaudado.
15Numérico
12Serial BDUASerial asignado en BDUA al cotizante

Campo informativo no sujeto a corrección
16Numérico
13Serial HASerial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes

Campo informativo no sujeto a corrección
16Alfanumérico

Nota. En el resultado del proceso de corrección de registros aprobados, el administrador de los recursos del Fosyga deberá determinar si existen valores que las EPS-EOC deban girar al Fosyga y verificar que las consignaciones se efectúen, en los casos en que el registro corregido genere valores a favor de la EPS-EOC deberá girarse a la entidad como resultado de este proceso.

2.6 ESTRUCTURA DE DATOS PARA CORRECCIONES DE REGISTROS CON INCONSISTENCIAS EN.

El Fosyga con la entrega de los resultados del proceso de compensación en las estructuras definidas en la presente Nota Externa entregará a las EPS-EOC las inconsistencias de los registros que no pudieron ser compensados cuyo nombre del archivo es: CRCODENTIDADDDMMAAAA.TXT, información que deberá ser revisada y verificada por la EPS-EOC de acuerdo con sus archivos y bases de datos. La EPS-EOC entregará corregida y ajustada al Fosyga los campos respectivos en la siguiente estructura.

Esta información deberá ser entregada por la EPS-EOC en un único archivo al Fosyga el día hábil anterior al siguiente proceso de compensación antes de la 1:00 p. m., quien realizará la validación para la posterior actualización de los registros para incorporarlos al proceso de giro y compensación.

Nombre del archivo de datos entregado por la EPS-EOC:

CRCODENTIDADDDMMAAAA.TXT, donde CODENTIDAD corresponderá al código de EPS o EOC que genera y remite la estructura 2.6

La EPS –EOC deberá generar y remitir un registro por cada inconsistencia reportado en el campo 19 de esta estructura que se requiera ajustar.

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC que recibe el aporte. No podrá ser modificado por la EPS-EOC en este proceso de corrección6Alfanumérico
2Código del Operador.Identificación del Operador de Información, no es modificable.2Numérico
3Número de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.Número de la planilla de liquidación de aportes, no es modificable.15Numérico
4Serial BDUASerial asignado en BDUA al cotizante o beneficiario adicional, no es modificable.16Numérico
5Serial Histórico de Aportes - HASerial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes, no es modificable.16Numérico
6Tipo documento del cotizante o beneficiario adicionalCorresponden a los tipos de documento establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. Puede ser modificado por la EPS si es un error del aportante.2Alfanumérico
7Número documento del cotizante o beneficiario adicionalNúmero de documento. Puede ser modificado por la EPS si es un error del aportante.16Alfanumérico
Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
8Primer apellidoNo puede ser modificado por la EPS-EOC 20Alfanumérico
9Segundo apellidoNo Puede ser modificado por la EPS-EOC30Alfanumérico
10Primer nombreNo puede ser modificado por la EPS-EOC 30Alfanumérico
11Segundo nombreNo puede ser modificado por la EPS-EOC 20Alfanumérico
12Tipo de afiliadoCorresponden al tipo de afiliado:

C=Cotizante

A=Adicional

No es modificable
1Carácter
13Tipo de cotizanteCorresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya corregido por la EPS-EOC.2Numérico
14Periodo a compensarCorresponde al mes y año que se va a compensar corregido por la EPS-EOC (mm/aaaa)7Alfanumérico
15Ingreso base de cotizaciónEs el dato reportado en la planilla de autoliquidación de aportes. Sin decimales y de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente.15Numérico
16Días CotizadosCorresponden en proporción a los días cotizados sin que supere los 30 días de reconocimiento. 2Numérico
17Tipo de Documento del aportanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, corregido por la EPS-EOC.2Alfanumérico
18Número documento del aportanteNúmero de documento corregido por la EPS-EOC.20Alfanumérico
19Tipo de inconsistencia En el archivo de salida entregado por el Administrador Fiduciario, se reportará los códigos de glosas asociados a la inconsistencia.

En el archivo que devuelve la EPS debe indicar en el registro no conciliado el tipo de inconsistencia a subsanar, así:

1= Tipo documento de cotizante

2= Número documento cotizante

3= Tipo de cotizante

4= Tipo documento de aportante

5= Número documento aportante

6= Periodo de Cotización

7= Error en los días de cotización

8=Error en EPS-EOC entre el registro del aporte y la BDUA
2Numérico
20Código de la EPS a la que se debe trasladar los aportesCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC. 6Alfanumérico
21Número de transacción trasladoEste campo será diligenciado por el administrador de los recursos del Fosyga, una vez efectuado el traslado de los recursos.

Este campo es de uso exclusivo del Fosyga. Cuando no aplique deberá diligenciarse como vacío.
20Alfanumérico
22Valor de la cotizaciónCorresponde al valor de la cotización del período. No es modificable.15Numérico
23Fecha de la consignación de los aportesDebe corresponder a la fecha de consignación de aportes. (dd/mm/aaaa). No es modificable.10Carácter

Nota:

1. En ningún caso se podrá realizar modificación al código de la EPS-EOC, del campo 1.

2. Si la EPS-EOC reportada en la planilla de aportes PILA es diferente a la registrada en la BDUA, la EPS-EOC deberá verificar si corresponde a:

2.1 Inconsistencia en la afiliación:

La EPS-EOC deberá realizar las gestiones para la actualización de la BDUA y no deberá remitir ninguna información en esta estructura.

2.2 Pago errado por inconsistencia en el tipo de cotizante.

a) Si la cotización es menor a lo obligado a pagar por el tipo de cotizante correcto, el aportante debe corregir la cotización a través de una planilla “N” en PILA.

b) Si la cotización es mayor a lo obligado a pagar por el tipo de cotizante correcto, la EPS–EOC podrá corregir el tipo de cotizante en la presente estructura y tramitar la devolución de aportes por el mayor valor pagado si hay a lugar, en las estructuras definidas para tal fin.

3. El campo 20 se deberá diligenciar en los casos en que la EPS-EOC reportada en el campo 1, reciba una cotización por un afiliado que no le corresponde. En tal caso, el Fosyga informará a la EPS-EOC que recibió las cotizaciones como a la EPS-EOC que registra la afiliación del cotizante, con el fin que las entidades determinen a cuál de ellas corresponde el aporte.

Una vez establecido lo anterior, la EPS-EOC que recibió la cotización, es decir la EPS registrada en el campo 01, registrará en el campo 20 el código de la EPS-EOC a la que corresponde el recaudo y diligenciará el tipo de inconsistencia 8 en el campo 19. Esta información deberá ser remitida al Fosyga, con el fin de dar inicio al trámite de transferencia de recursos de cotización erradamente consignadas en cuenta de la EPS.

<Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> El Fosyga entregará en el campo 20 de la estructura 2.6 a título informativo, la información de la EPS-EOC que se registra en la BDUA para el cotizante por el cual se efectúo el pago errado por parte del aportante. Será responsabilidad de la EPS-EOC que recibió los recursos, informar al Fosyga la EPS-EOC a la cual se trasladarán dichas cotizaciones según la afiliación del cotizante.

2.7 ESTRUCTURA DE DATOS PARA PRESENTACIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS AL FOSYGA

<Consultar ajustes directamente en la Nota externa 33210469851 de 2014, publicada en el Diario Oficial No. 49.117 de 8 de abril de 2014>

Nombre del Archivo: PRE4023CODENTIDADDDMMAAAA.TXT

La EPS-EOC entregará al Fosyga en la fecha definida en el artículo 20 del Decreto 4023 de 2011 diligenciado la totalidad de los campos de acuerdo con la siguiente estructura de datos, así mismo el administrador fiduciario entregará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la EPS-EOC los resultados de la validación de este proceso:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Carácter
2Fecha del ProcesoEspecifica la fecha en que la EPS-EOC presenta el archivo y en que el Fosyga entrega el resultado, según sea el caso. (dd/mm/aaaa)10Carácter
3Tipo de Prestación Económica1= Licencia de Maternidad o Paternidad.

2= Incapacidad por Enfermedad General.

3= Corrección de Prestación económica glosada.

4= Corrección de Prestación económica aprobada.

La opción 4 solamente se registra cuando la EPS-EOC requiera corregir una Licencia de Maternidad o Paternidad aprobada por el Fosyga.
1Numérico
4Tipo de Documento del cotizanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
5Número documento del cotizanteNúmero de documento16Carácter
6Serial BDUASerial asignado en BDUA al cotizante 16Numérico
7Tipo de CotizanteCorresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Numérico
8Tipo de Documento del aportanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
9Número documento del aportanteNúmero de documento20Carácter
10Ingreso base de cotizaciónEs el dato sobre el cual la EPS-EOC liquidó la prestación económica de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente.

En el archivo de entrega de resultados por parte del Fosyga se reportará el IBC utilizado para liquidar dicha prestación.
15Numérico
11Tipo de Salario Campo Obligatorio

1= Fijo

2= Variable
1Numérico
12Fecha Inicio Licencia o IncapacidadFecha de iniciación (dd/mm/aaaa)10Carácter
13Fecha Terminación de la Licencia o incapacidadFecha de terminación (dd/mm/aaaa)10Carácter
14Días pagados de licencia o incapacidadDías pagados por la licencia.3Numérico
15Fecha de pago de licencia o incapacidad al aportanteFecha de pago de la licencia o incapacidad (dd/mm/aaaa)10Carácter
16Licencia o incapacidad deducida o pagada1 = Si el aportante se dedujo de la autoliquidación el valor de la licencia o incapacidad.

2= Si la licencia o incapacidad, fue pagada directamente al aportante por parte de la EPS.
1Carácter
17Valor de licencia o incapacidad deducida o pagadaValor deducido o pagado.15Numérico
18Número autorización de licencia o incapacidadNúmero interno de la EPS o EOC con que autorizó la licencia o incapacidad.15Carácter
19Tipo de Incapacidad1=Inicial (Hasta 90 días)

2=Prórroga (De 91 hasta 180 días)

3=Mayor a 180 días

4=Cumplimiento fallo de tutela <Adicionado por la Nota externa 33210469851 de 2014>
1Numérico
20Tipo de licencia1 = Maternidad

2 = Parto no Viable

3 = Paternidad

4= Parto Prematuro

5= Nacimiento Múltiple

6= Parto Prematuro y nacimiento múltiple

7= Proporcional (Acuerdo 414 de 2009)

8= Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) y parto prematuro

9= Proporcional (Acuerdo 414 de 2009), parto prematuro y nacimiento múltiple.

10=Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011)

11= Proporcional (Acuerdo 414 de 2009) y nacimiento múltiple.

12=Cumplimiento fallo de tutela <Adicionado por la Nota externa 33210469851 de 2014>
2Numérico
21Días de GestaciónCampo obligatorio si el campo 20 se diligencia con tipo 3, 7, 8, 9 y 11

En este campo y en aplicación del Acuerdo 414 de 2009 se deberá registrar el número de los días de gestación.

Cuando en el campo 20 se diligencia el tipo de licencia 3, se deberá registrar los días gestación correspondiente a la madre del menor.
3Numérico
22Días para nacimientos de niños prematurosCampo obligatorio si el campo 20 se diligencia con tipo 4, 6, 8, 9

En este campo y en aplicación del numeral 5 del artículo 1o de la Ley 1468 de 2011 se deberá registrar la diferencia en días entre la fecha gestacional y el nacimiento a término.
3Numérico
Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
23Fecha Gestacional Campo Obligatorio si el campo 20 se diligencia con tipo 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.

Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) Corresponde a la fecha del parto. En el caso de un parto no viable, esta fecha se homologa a la fecha de este evento.
10Carácter
24Fecha de nacimiento a términoCampo obligatorio si el campo 20 se diligencia con tipo 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.

Fecha de iniciación licencia (dd/mm/aaaa) Corresponde a la fecha probable del parto según el dictamen médico.
10Carácter
25Tipo de Documento de la madre cotizante fallecidaCorresponden al tipo de documento del cotizante principal establecido en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.

Este campo es obligatorio si en el campo 20 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011). Deberá registrase el tipo de identificación de la madre cotizante fallecida.
2Carácter
26Número de Documento de la madre cotizante fallecidaEste campo es obligatorio si en el campo 20 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011). Deberá registrarse el número de identificación de la madre cotizante fallecida.16Carácter
27Número autorización licencia para el caso de la madre cotizante fallecidaNúmero interno de la EPS o EOC de autorización de la licencia. Deberá registrarse el número de autorización de la licencia reconocida, asociada a la madre cotizante fallecida.

Este campo es obligatorio si en el campo 20 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011).
15Carácter
28Días faltantes de licencia madre fallecidaTiempo que falta para expirar el periodo de la licencia posterior al parto concedida a la madre.

Este campo es obligatorio si en el campo 20 se diligencia el tipo de licencia 10 Fallecimiento de madre (numeral 6 artículo 1o Ley 1468 de 2011)
3Numérico
29Aprobación de la Licencia.1=Sí

2=No

Esta información deberá ser diligenciada por el administrador de los recursos del Fosyga.
1Numérico
30Código de glosas para registros con inconsistencia De acuerdo con la codificación definida por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Corresponderá a 6 caracteres por glosa. En caso de existir más de una glosa en el mismo registro se separará con un delimitador punto y coma (;).
60Alfanumérico

Nota: Cuando la EPS-EOC diligencie en el campo 3 las opciones 3 y 4 (Corrección de prestación económica), deberá diligenciar la totalidad de los campos según la estructura de datos.

Para la corrección de prestaciones económicas aprobadas por el Fosyga, la EPS-EOC solamente podrá modificar la información de los campos 10, 11, 13, 14, 17, 20, 21, 22 y 28.

Nota. <Nota adicionada por la Nota externa 33210469851 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:>

<Inciso modificado por la Nota Externa 33210794341 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando la EPS-EOC presente al Fosyga una licencia (campo 20) correspondiente al cumplimiento de un fallo de tutela, solamente deberá diligenciar los campos 1 al 20. Los demás deberán generarse como campo vacío. Será responsabilidad de la EPS-EOC la custodia de los documentos y soportes que originaron el pago de la prestación económica mediante Fallo de Tutela. Para la corrección de estas prestaciones económicas aprobadas por el Fosyga, solamente podrá modificar la información de los campos 10, 11, 13, 14, y 17 según corresponda.

Cuando la EPS presente al Fosyga cobro de licencias correspondientes al tipo 12 “Cumplimiento Fallo de Tutela” del Campo No. 20, deberá entregar junto con la estructura de datos la siguiente certificación:

En el caso en que no se allegue la certificación, o esta sea inconsistente con lo reportado en la estructura de datos 2.7, las licencias serán glosadas en su totalidad por el Fosyga.

Los cambios establecidos para esta estructura aplicarán a partir del proceso de cobro de prestaciones económicas correspondiente al mes de junio de 2014, o sea del 20 de junio de 2014.

El Administrador Fiduciario de los Recursos de los Fosyga remitirá mensualmente a la Superintendencia Nacional de Salud los registros aprobados correspondientes a “Cumplimiento Fallo de Tutela “, para que este órgano de vigilancia y control dentro de sus competencias y si fuere necesario, realice las actuaciones administrativas a que haya lugar.

2.8 ESTRUCTURA DE DATOS SOLICITUD DE DEVOLUCION DE APORTES

Nombre del archivo: DEVOLCODENTIDADDDMMAAAA.TXT

La EPS-EOC entregará al Fosyga en la fecha definida en el artículo 12 del Decreto 4023 de 2011 diligenciando la siguiente estructura de datos, así mismo el administrador fiduciario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes entregará a la EPS-EOC los resultados de la validación de este proceso:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Carácter
2Tipo de documento del cotizanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
3Número documento del cotizanteNúmero de documento.16Carácter
4Primer apellidoPrimer apellido del afiliado.20Carácter
5Segundo apellidoSegundo apellido del afiliado.30Carácter
6Primer nombrePrimer nombre del afiliado.30Carácter
7Segundo nombreSegundo nombre del afiliado.20Carácter
8Tipo de CotizanteCorresponden a los tipos de cotizante establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Numérico
9Tipo de Documento del aportanteCorresponden a los tipos de documentos establecidos en la Resolución 1344 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.2Carácter
10Numero documento del aportanteNúmero de documento.20Carácter
11Nombre del AportanteNombre de la empresa o persona natural aportante.40Carácter
12Fecha de la radicación de la solicitud de devolución ante la EPS-EOCCorresponde a la fecha en que el aportante radicó la solicitud de aportes ante la EPS-EOC en formato (dd/mm/aaaa).10Carácter
13Número de radicado asignado a la solicitud de devolución por la EPS-EOCCorresponde al número interno de radicado asignado por la EPS-EOC a la solicitud de devolución.15Carácter
14Causal de devolución de aportes.Corresponde a los siguientes campos:

1=Pago errado por el aportante.

2=Mayor valor pagado.

3=Aporte sin estar obligado.

4=Cotizaciones correspondientes a personas fallecidas.

5=Cotizaciones correspondientes a excedentes del Sistema General de Participaciones SGP.

6=Intereses de mora de cotizaciones

7=UPC Adicional.

8=Recursos diferentes a cotizaciones.
1Numérico
15Periodo de cotizaciónCorresponde al mes y año de la cotización en formato (mm/aaaa).

Cuando se marque la opción 6 del campo 14 la EPS-EOC puede registrar el periodo en el que recibió la consignación de intereses de mora.
7Carácter
16Marco normativo del recaudoCorresponde al tipo de norma vigente en el momento del recaudo.

1=Recaudos cotizaciones Decreto 2280-04

2=Recaudos cotizaciones Decreto 4023-11.
1Numérico
17Código del Operador de InformaciónIdentificación del Operador de Información. En caso que la EPS-EOC haya recibido la cotización en un punto de recaudo directo, este campo debe ser vacío.2Numérico
18Número de Planilla de LiquidaciónNúmero de la planilla de liquidación de aportes. 15Numérico
19Fecha de pago Planilla de LiquidaciónCorresponde a la fecha en que el aportante realizó el pago de la cotización a la EPS-EOC. En formato (dd/mm/aaaa).10Carácter
20Tipo de consignaciónCorresponde al tipo de consignación:

1=SNC1

2=SNC2

3=Registros Glosados

4=Recaudo en cuentas maestras

5=Cotización no compensada en cuentas del Fosyga.

6=Intereses de mora

Los tipos 1, 2 y 3 son válidos si se marca en el campo 16 el tipo 1.

Los tipos 3 y 4 son válidos si se marca en el campo 16 el tipo 2.
2Numérico
21Fecha de consignación de aportes al FosygaCorresponde a la fecha en que la EPS-EOC giró los recursos de cotizaciones al Fosyga. En formato (dd/mm/aaaa).

Cuando marque en el campo 14 la opción 6, en este campo se debe diligenciar la fecha en la que se efectúo la consignación al Fosyga por intereses de mora.
10Carácter
22Número de Radicación Asignado por el Administrador Fiduciario a la consignación.Corresponde al número de radicación que el administrador fiduciario asignó a la consignación.

Cuando marque en el campo 14 la opción 6, en este campo se debe diligenciar el número de radicado asignado a la consignación por intereses de mora.
10Carácter
23Número de consignación Subcuenta de Compensación.Corresponde al número de consignación asignado.12Carácter
24Número de consignación Subcuenta de Solidaridad.Corresponde al número de consignación asignado.Cuando marque en el campo 14 la opción 6, este campo debe venir vacío.12Carácter
25Número de consignación Subcuenta de Promoción.Corresponde al número de consignación asignado.

Cuando marque en el campo 14 la opción 6, este campo debe venir vacío.
12Carácter
26Valor solicitado por la EPS-EOC Subcuenta de Compensación.Expresado sin decimales10Numérico
27Valor solicitado por la EPS-EOC Subcuenta de Solidaridad.Expresado sin decimales

Cuando marque en el campo 14 la opción 6, este campo debe venir vacío.
10Numérico
28Valor solicitado por la EPS-EOC Subcuenta de PromociónExpresado sin decimales

Cuando marque en el campo 14 la opción 6, este campo debe venir vacío.
10Numérico
29Aprobación de solicitud de devolución.1=Sí

2=No

Esta información deberá ser diligenciada por el administrador de los recursos del Fosyga.
1Numérico
30Recursos de SGPCuando marque en el campo 14 la opción 5, deberá especificarse a qué recursos corresponde la devolución de aportes, según los siguientes conceptos:

1=Decreto 4047 de 2006 y 3260 de 2007.

2=Decreto 2729 de 2010.

3=Vigencia 2010 en adelante.
1Numérico
31Rendimientos Financieros Excedentes SGPEste valor será calculado por la EPS-EOC según Decreto 1636 de 2006 e instrucción del administrador de los recursos del Fosyga. 10Numérico
Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
32ID sobre el cual la EPS-EOC está solicitando la devoluciónEste número lo registra la EPS-EOC de acuerdo a la línea del SNC y RG sobre el cual está solicitando la devolución y que se encuentra registrado en la base de datos del Fosyga.

Este campo se diligencia cuando corresponda en el campo 20 diligencie las opciones 1, 2 y 3.
Numérico
33Código glosas para solicitud no aprobadaCuando en el campo 29 se registre la opción 2, el administrador de los recursos del Fosyga asignará el código de la glosa respectivo.60Alfanumérico
34Serial HASerial asignado en el proceso de registro en el histórico de aportes.16Alfanumérico
35Concepto devolución recursos diferentes a cotizaciones Cuando en el campo 14 diligencie el concepto 8, la EPS-EOC deberá registrar la causal de la solicitud.30Carácter

Notas:

Devoluciones de Excedentes de SGP. Cuando la EPS-EOC diligencie en el Campo No. 14 la opción 5 (Cotizaciones correspondientes a excedentes del Sistema General de Participaciones SGP) solamente deberá diligenciar los campos 9 a 13, del 20 al 28 y 30, y si es del caso el campo 31. Los demás deberán generarse como campo vacío.

Devoluciones de Aportes Decreto 2280 de 2004. Para las cotizaciones anteriores a la entrada en operación de las cuentas maestras, los aportantes solo podrán solicitar ante la EPS o la EOC la devolución de cotizaciones, hasta el 28 de octubre de 2012, según el artículo 12 del Decreto 4023 de 2011.

Para las cotizaciones posteriores a agosto de 2012, los aportantes solamente tendrán doce meses a partir de la fecha de pago para solicitar ante la EPS-EOC la devolución de cotizaciones.

Devoluciones de Intereses de Mora. Cuando se trate de devolución de intereses de mora, el aportante deberá entregar el detalle por cotizante de la liquidación de dichos intereses a las EPS-EOC. Para las devoluciones de aportes por concepto de intereses de mora no deberán diligenciarse los campos 24, 25, 27, 28, 30, 31 y 32, los cuales deben generarse como campo vacío.

Recursos diferentes a cotizaciones: Cuando se trate de devolución por este concepto la EPS-EOC deberá diligenciar los campos 1, 9, 10 a 14, 16, y 20 a 28, los demás deberán registrarse como campo vacío.

Causal de Devolución de Aportes. En el caso de tramitar devolución de aportes por más de una causal para el mismo cotizante, se deberá presentar la información completa en un registro para cada causal.

<Texto adicionado por la Nota Externa 33210254873 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> Para los registros que en el campo 16 (marco normativo del recaudo) se marque con la opción 2, es decir 4023; los valores del campo 27 (Valor solicitado por la EPS-EOC por la subcuenta de Solidaridad) y campo 28 (Valor solicitado por la EPS-EOC por la subcuenta de Promoción) deben ser 0 (cero). Para este caso, el valor total solicitado se registrará en el campo 26 (Valor solicitado por la EPS-EOC por la subcuenta de Compensación), por tanto los campos 24 (Número de consignación subcuenta de Solidaridad) y campo 25 (Número de consignación subcuenta de Promoción) deben venir vacíos.

Para los registros que en el campo 20 (Tipo de consignación) se marque con la opción 4 (recaudo cuentas maestra), los campos 21, 22, 23, 24 y 25 deben venir vacíos. Los campos 27 y 28 deben venir en cero.

Para los registros que en el campo 16 (marco normativo del recaudo) se marque 1 y en el campo 14 (Causal de Devolución de aportes) se marque 5, el campo 15 (Período de cotización) debe contener el período correspondiente.

La longitud del campo 32 (ID sobre el cual la EPS-EOC está solicitando la devolución), es de longitud: 15.

Para todas las causales de devolución, campo 14, debe ir el código de la EPS o EOC en el campo 1.

Para todas las causales de devolución, campo 14, debe ir el marco normativo en el campo 16.

Para la causal 7 (UPC adicional), en el campo 14 (Causal de devolución), los datos que se deben diligenciar en los campos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 deben ser los del cotizante principal.

Los demás campos corresponden a la información del pago de UPC adicional.

2.9. ESTRUCTURA DE DATOS PARA PRESENTACIÓN DE COSTOS DE RECAUDO DE COTIZACIONES <Estructura adicionada por la Nota Externa 8821 de 2014. El nuevo texto es el siguiente:> Nombre del Archivo: CRC4023CODENTIDADMMAAA.TXT

La EPS-EOC entregará al FOSYGA el último día hábil de la cuarta semana del mes, diligenciado la totalidad de los campos de acuerdo con la siguiente estructura de datos:

Campo NoNombreDescripciónLongitudTipo de Campo
1Código de la EPSCorresponde al código asignado por la Superintendencia Nacional de Salud a la EPS o EOC.6Caracter
2Fecha Especifica en la cual se presenta la información al Fosyga (dd/mm/aaaa)10Caracter
3PeriodoSe registra el mes del año al que corresponde los costos de recaudo reportados: (mm/aaaa)7Caracter
4Rendimientos Financieros Corresponde al valor total de los rendimientos financieros de las cuentas maestras de recaudo para el periodo. 15Numérico
5Apropiación Rendimientos FinancierosCorresponde al valor total de los rendimientos financieros apropiados por las EPS para el periodo según el porcentaje establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social.15Numérico
6Costo Servicios FinancierosCorresponde al valor total pagado a las entidades financieras para el período, por concepto de servicios financieros de las cuentas maestras de recaudo de cotizaciones en salud.15Numérico
7Costo PILA - ElectrónicaCorresponde al valor total pagado a los Operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA para el período, por concepto de procesamiento de datos a través de la PILA electrónica.15Numérico
8Costo PILA - AsistidaCorresponde al valor total pagado a los Operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA para el período, por concepto de procesamiento de datos a través de la PILA asistida.15Numérico
9Costo Gestión de Cobro de Cotizaciones – Papelería e InsumosCorresponde al valor total pagado por el periodo por concepto papelería e insumos, en la elaboración de estados de cuenta, certificación de aportes, devolución de aportes, etc.15Numérico
10Costo Gestión de Cobro de Cotizaciones – Servicio de Correo Corresponde al valor total pagado por el periodo por concepto de servicio de envío de documentos a los aportantes.15Numérico
11Costo Gestión de Cobro de Cotizaciones – Personal y/o InfraestructuraCorresponde al valor total pagado por el periodo por concepto personal y/o servicios dedicados a funciones de conciliación del recaudo, devolución de aportes y gestión de cartera, ya sea contratado directamente por la EPS –EOC o a través de terceros (subcontratado).15Numérico
12Costo Gestión de Cobro de Cotizaciones – Procesos JudicialesCorresponde al valor total pagado por el periodo por concepto personal y/o servicios dedicados a funciones de cobro de aportes mediante procesos judiciales, ya sea contratado directamente por la EPS – EOC o a través de terceros (subcontratado).15Numérico
13Total Costos Recaudo de cotizaciones en saludCorresponde a la suma del valor total pagado por la EPS–EOC en el periodo, según los campos 6 al 12 de esta estructura.15Numérico

Los cambios establecidos para esta estructura aplicarán a partir del último día hábil de la cuarta semana del mes de enero de 2015, o sea del 30 de enero de 2015, en esta fecha las EPS-EOC entregarán al Fosyga la información correspondiente a los meses de octubre de 2013 a diciembre de 2014, para cada mes la EPS deberá entregar un archivo.

La información correspondiente al mes de enero de 2015 se entregará al Fosyga el 27 de febrero de 2015 y así sucesivamente en las fechas establecidas el último día hábil de la cuarta semana del mes.

La información establecida en la estructura 2.9 “ESTRUCTURA DE DATOS PARA PRESENTACIÓN DE COSTOS DE RECAUDO DE COTIZACIONES” deberá entregarse al Fosyga junto con la certificación del revisor fiscal o quien haga sus veces en la EPS-EOC, donde se indique por lo menos el nombre del archivo entregado, el periodo a que corresponde, el valor total de los costos de recaudo (campo 13) y que la información contenida en la mencionada estructura corresponde a la realidad de la EPS de acuerdo con los registros, archivos y soportes de la entidad.

Esta información deberá ser validada por el administrador de los recursos del Fosyga y entregados los resultados a las EPS-EOC dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción.

Cordialmente,

El Director de Administración de Fondos de la Protección Social,

JOSÉ OSWALDO BONILLA RINCÓN.

El Jefe Oficina de la Tecnología de la Información y Comunicación,

HÉCTOR DARÍO DUQUE CIFUENTES.

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